Hacienda
El delito fiscal tiene una característica muy peculiar que le diferencia de los demás. Y es que, aunque pasen 20 años, no es tan fácil que prescriba, por lo que se puede enjuiciar a la persona que supuestamente ha cometido tal ilegalidad. Foto: Confilegal.

Penal Económico: Los delitos fiscales no son tan fáciles de prescribir 

30 / 04 / 2023 06:48

El delito fiscal tiene una característica muy peculiar que le diferencia de los demás. Y es que, aunque pasen 20 años, no es tan fácil que prescriba, por lo que se puede enjuiciar a la persona que supuestamente ha cometido tal ilegalidad.

Y es que la prescripción opera individualmente, es decir, que se le puede aplicar a algunos pero a otros no a pesar de que hayan cometido el mismo delito. 

Todo comenzó cuando en 1996 el Juzgado de Instrucción Nº38 de Madrid comenzó a investigar a Enrique, Braulio y Edmundo (nombres ficticios) tras la denuncia del Ministerio Fiscal. 

Dicha denuncia hacía referencia a 88 operaciones de venta de locales comerciales realizadas entre los años 1990 y 1993, lugares adquiridos por Caja Madrid y en los que intervenían 14 sociedades que tenían como administrador único a Edmundo.

Dinero opaco

En la citada denuncia se indicaba que las sociedades administradas por este último no habían declarado los ingresos obtenidos por los pagos que Caja Madrid les había realizado. También se explicó que estas sociedades se utilizaban para ocultar dinero llegando a quedar opaco 4.637.743.000 pesetas (27.873.396,8 euros)

Además, las 14 sociedades tampoco declararon el impuesto sobre Sociedades por las cesiones de opción de compra sobre los locales comerciales a favor de Caja Madrid ni declararon las cuotas de IVA correspondiente. 

Pero Edmundo falleció y la responsabilidad cayó sobre los propietarios de los locales comerciales adquiridos por Caja Madrid, que habrían ocultado la verdadera plusvalía obtenida en las ventas defraudando cuotas de IRPF o Sociedades.

La responsabilidad cayó también en Enrique y Braulio, que intervinieron como representantes de Caja Madrid. Pero como se citó a los acusados en el año 2000 y ya habían pasado más de cinco años desde que se cometieron los hechos sin que la causa se dirigiera contra los mismos -porque hay que recordar que tuvieron lugar entre 1990 y 1993- se decretó la prescripción del delito.

La Audiencia Provincial decretó la prescripción del delito

La Audiencia Provincial de Madrid declaró a través de un auto la acusación extinguida por prescripción la responsabilidad de Basilio, Enrique y Caja Madrid por los delitos contra la hacienda pública.

Los magistrados consideraron que el principio acusatorio y el derecho a la defensa imponen que la persona contra la que se formula una denuncia o querella pueda conocer con cierta precisión el hecho punible y, en este caso, en la denuncia “no se refleja con precisión el alcance y los límites de la imputación”. 

Además destacaron que a los cooperadores necesarios no se les informó de su participación en un delito fiscal. 

Sin embargo, tanto el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado, que eran los que le imputaban en las diligencias previas decidieron recurrir el auto ante el Tribunal Supremo por infracción de ley. Y hubo un giro de los acontecimientos.

Esta sentencia, que es la 267/2014 de 3 de abril de 2014 ha sido analizada por el exmagistrado y abogado especialista en penal económico del despacho Kepler-Karst, Eduardo de Urbano, en su libro Derecho penal económico: 101 casos resueltos por el Tribunal Supremo”.

Una vez más, la prescripción se ha convertido en la cuestión principal de un proceso penal. Y es que tanto la Fiscalía como el Abogado del Estado manifestaron, respecto a la falta de comunicación, que no era cierto que no se les explicasen los hechos objetos de la imputación. Tampoco que ignorasen el ejercicio fiscal, ni la cuota defraudada, ni el obligado tributario.

Los magistrados del Alto Tribunal declararon que no era necesario que existiese una absoluta precisión en los términos de denuncia porque el juez debe investigar y practicar actuaciones cuando se abre un proceso penal. 

Aún así relataron que “muy difícil sería que con los datos de la denuncia se pudiera dudar de los hechos que se les atribuye a los imputados”.

Por lo que la Sala del Supremo decidió estimar los recursos, dejar sin efecto el auto recurrido y celebrar el juicio oral.

Recordaron que “el instituto de la prescripción opera individualmente respecto a cada uno de los posibles responsables penales, pudiendo ocurrir que unos mismos hechos en los que han tenido igual participación diversos sujetos, con relación a alguno prescriba su responsabilidad mientras que otros la mantengan viva”. 

Noticias relacionadas:

El Supremo anula la multa de 862.496 euros impuesta por el Tribunal de Cuentas a Vox por sus actividades promocionales

El nombramiento como jueza de paz de su mujer lleva al senador del PSOE Alfonso Carlos Moscoso ante el Supremo

Entró con un machete en la empresa, pero el Supremo tumba el intento de homicidio: no se pueden «releer» las pruebas sin ver al acusado

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas

Que tu empresa te proteja por edad ante un riesgo de salud no es discriminación, según el Supremo

Lo último en Tribunales

synlab

La AN avala 152 despidos en SNB y rechaza que formara grupo laboral con Anapath pese a pertenecer ambas a Eurofins

carrera popular

Las carreras populares también tienen que cumplir con la protección de datos

Villarejo

Pino y Villarejo se atrincheran: ‘Kitchen’ fue legal y Rajoy los engañó a todos

tsxg sentencias inventadas

El TSXG abre expediente a un abogado por llenar su recurso con 24 sentencias inventadas por una IA

despido improcedente

«Cotilleó» la casa de su jefe, se llevó dinero, y el despido fue improcedente porque no le abrieron expediente contradictorio