JOAQUÍN SABINA
No cabe recurso contra la decisión, ya que las cuestiones que plantea el recurso de Sabina «han de entenderse esencialmente resueltas» en la jurisprudencia del alto tribunal.

El Supremo inadmite el recurso de Sabina y confirma su obligación de pagar 2,5 millones a Hacienda por derechos de autor

2 / 08 / 2023 13:04

Actualizado el 03 / 08 / 2023 08:16

El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso del cantautor Joaquín Sabina contra la sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó que debía pagar 2,5 millones de euros en impuestos por el IRPF de los años 2008, 2009 y 2010 en concepto de derechos de autor, cedidos a empresas familiares. No cabe recurso contra la decisión, ya que las cuestiones planteadas «han de entenderse esencialmente resueltas» en la jurisprudencia del alto tribunal, según la providencia emitida por los magistrados.

En este sentido, el tribunal no aprecia un interés casacional que amerite el pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo por lo que no ha entrado a analizar el fondo del recurso que hizo el cantante para intentar que se enmendara la sentencia de la Audiencia Nacional que en junio de 2022 dio la razón a la Agencia Tributaria. Previamente, Sabina había reclamado sin éxito por vía administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC).

Sabina era socio o administrador de tres empresas con las que gestionaba sus derechos de autor, inmuebles en Madrid y Rota, un velero y libros antiguos en conjunto con familiares. Sus nombres eran Ultramarinos Finos, Relatores y El Pan de Mis Niñas, y generaron más de 12 millones de euros en ingresos de explotación durante los tres años que abarca la inspección tributaria.

«Todos estos ingresos tienen una relación directa con el demandante, ya sea por servicios facturados o por cobro de derechos de autor (cedidos por el demandante a la sociedad), con las actividades profesionales en las que la intervención» de Sabina «constituía el elemento esencial y personalísimo de la prestación del servicio correspondiente (realización de galas, ‘royalties’, ventas nacionales de discos, colaboraciones en prensa, etc.)», según los magistrados.

Sabina alegaba que no tenía relación con alguna de esas sociedades, si bien los magistrados de la AN citan sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declararon «inverosímil» ese argumento y que determinaron que el cantante tuvo una tributación inferior a la que le correspondía por aplicación del valor normal de mercado, «lo que hubiera determinado un tipo de gravamen superior al del Impuesto sobre Sociedades, y un consiguiente aumento de la renta a imputar» al cantante por el IRPF.

Hacienda, en su liquidación a Sabina, acordó incrementarle la base imponible del IRPF después de que el cantante hubiera pagado menos tributos con sus empresas por el Impuesto de Sociedades.

Noticias relacionadas:

Cobrar la mitad de la pensión de jubilación por ser autónomo no «reduce» el complemento de maternidad

El TS cierra la puerta a OVB Allfinanz y confirma su responsabilidad en la venta de ‘unit linked’ engañosos

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno prorroga seis meses la investigación del caso Koldo

Interior ordena instalar elementos de contención en el mar de Ceuta y Melilla tras el fallo del Supremo

Comodato o precario: la cesión gratuita de una vivienda llega hasta el Supremo porque la inquilina no quería devolverla

La AN responde si se puede obligar a un tribunal a revelar si ha utilizado IA para redactar la sentencia

Lo último en Tribunales

jubilación autónomo complemento maternidad

Cobrar la mitad de la pensión de jubilación por ser autónomo no «reduce» el complemento de maternidad

Real Madrid Santiago Bernabeu

El Real Madrid afronta tres frentes judiciales por el Bernabéu: conciertos, ruido y aparcamientos

desconexión digital

La letra pequeña de la desconexión digital: no es un apagón absoluto ni una barra libre

Guardia civil de espaldas.

No toda brecha acaba en multa: la AEPD archiva el caso de la Guardia Civil civil que afectó a los datos de 50.000 agentes

16/07/2026 Un hidroavión trabaja en las tareas de extinción del incendio de Lozoyuela, a 16 de julio de 2026, en Lozoyuela, Madrid (España). La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112) ha activado la Situación Operativa 2 del Plan de Protección Civil contra Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA) ante un incendio registrado en el término municipal de Lozoyuela. El incendio se ha originado sobre las 16.00 horas en una zona de vegetación donde por el momento trabajan 10 dotaciones terrestres y seis medios aéreos de Bomberos de la Comunidad de Madrid en colaboración con Agentes Forestales.
POLITICA 
Mateo Lanzuela - Europa Press

Madrid se persona por primera vez como acusación popular en una causa por un incendio forestal