Mentir diciendo que te han robado en casa y que tienes problemas judiciales para quedarte 40.000 euros de tu ex es estafa
Un hombre ha sido condenado a dos años de prisión por utilizar diversas argucias falsas para quedarse con dinero de su pareja y de la familia de ésta.

Mentir diciendo que te han robado en casa y que tienes problemas judiciales para quedarte 40.000 euros de tu ex es estafa

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01/9/2023 06:33
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Actualizado: 02/9/2023 10:06
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Últimamente se ha hablado mucho sobre las estafas amorosas por internet. Por ejemplo, en junio se dio a conocer la historia de una persona que se hizo pasar por Brad Pitt para beneficiarse de 170.000 euros de una mujer.

Otro caso es el de Simon Leviev, o más conocido como ‘El timador de Tinder’, que logró engañar a diversas mujeres a través de la aplicación de citas para beneficiarse de unos 10 millones de dólares. La historia dio tanto de que hablar que Netflix hizo un documental y se convirtió en el más visto en 90 países cuando se estrenó en febrero de 2022.

Sin embargo, este tipo de estafas también se dan en persona aprovechando una relación sentimental. En este caso, un hombre ha sido condenado a dos años de prisión por utilizar diversas argucias falsas para quedarse con 40.000 euros de su pareja y de la familia de ésta.

Además de la pena de cárcel por la comisión de un delito de estafa continuada, tendrá que indemnizarles con un total de 36.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

La condena fue impuesta por la Audiencia Provincial de Asturias y confirmada ahora por el Tribunal Superior de Justicia de esa Comunidad en la sentencia 25/2023 de 25 de julio. Está firmada por los magistrados Jesús María Chamorro González, José Ignacio Pérez Villamil e Ignacio Vidau Argüelles.

Tribunal Superior de Justicia de Asturias, lugar en el que se ha revisado la sentencia.

40.000 euros que nunca más vieron en sus cuentas bancarias

José inició una relación de noviazgo con Margarita (nombres ficticios) en 2016. En muy poco tiempo se ganó la confianza de sus suegros y la de la abuela, por lo que le acogieron como a un miembro más de la familia a pesar de que nunca llegó a convivir en el domicilio familiar. 

Por ello, decidió aprovecharse de la familia para obtener dinero de forma ilícita. Durante 2016 les hizo creer, sobre todo a su pareja, que necesitaba imperiosamente dinero para solventar diversos problemas que tenía. 

Se inventó que había sido víctima de un robo en su casa y que necesitaba instalar un sistema de alarma, que tenía que pagar una intervención médica tras sufrir un accidente, reformar su domicilio, pagar las responsabilidades derivadas de asuntos judiciales en los que estaba inmerso y resolver asuntos con su anterior novia.

El dinero lo solicitó con el compromiso de devolverlo, por lo que toda la familia se unió para prestárselo llegando a alcanzar la cifra de 40.000 euros, pero nunca volvieron a ver ese dinero en sus cuentas bancarias.

Tras la condena en primera instancia, decidió recurrir en busca de su absolución. 

Alegó que no había pruebas de cargo suficientes para condenarle

José relató que no había pruebas de cargo suficientes como para condenarle y que se había llevado a cabo un juicio sin motivación. Pero la sentencia de la Audiencia de Asturias indicaba claramente las fuentes de la prueba y su naturaleza incriminatoria.

Las declaraciones de su expareja, que eran claras y sin contradicciones, sumadas a las de sus padres y su abuela, fueron suficientes. En el juicio utilizaron la declaración que la abuela había prestado en instrucción porque había fallecido.

Además, los magistrados del TSJA recordaron que en la apelación no se trata de realizar una nueva valoración del material probatorio reunido en el juicio, sino de comprobar la coherencia y racionalidad de la valoración ya practicada en la primera instancia por el órgano que presenció la prueba.

Y, este recurso, según explica el tribunal, “lo que hace es una nueva y propia interpretación de la prueba practicada”, Por lo que, en este caso, “existe motivación de la decisión condenatoria” porque se analiza detenidamente la existencia del engaño a través de una “hábil preparación de un sistema defraudatorio que surtió efecto en la víctima motivando el correspondiente desplazo patrimonial que consumó la estafa”.

Todo ello con el “claro sentimiento de enamoramiento y cariño que la víctima sentía hacia él”. 

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