La Justicia concede la incapacidad total a un traductor con agorafobia y depresión
Desde 2016 estaba diagnosticado de agorafobia, que es el miedo intenso a estar en lugares abiertos o en zonas en las que es difícil escapar, pero el INSS no le concedió la incapacidad.

La Justicia concede la incapacidad total a un traductor con agorafobia y depresión

10 / 09 / 2023 06:31

Actualizado el 10 / 09 / 2023 08:28

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha concedido definitivamente la incapacidad permanente total a un hombre de 42 años que trabajaba como traductor tras padecer diversas patologías físicas y psíquicas a pesar del rechazo del Instituto Nacional de la Seguridad Social. 

Así lo han determinado los magistrados de la Sala de lo Social Francisco José de Prado Fernández, Isolina Paloma Gutiérrez Campos, María Paz Fernández Fernández y José Luis Romero en la sentencia 1039/2023 de 25 de julio.

Desde 2016 estaba diagnosticado de agorafobia, que es el miedo intenso a estar en lugares abiertos o en zonas en las que es difícil escapar. Las personas que padecen dicho trastorno tienen miedo a las multitudes y pueden padecer de ansiedad o ataques de pánico. Asimismo, sufría de depresión severa.

Por otro lado, también tenía problemas de articulación en la cadera, fibromialgia, dolores en la rodilla e hipoacusia, es decir, pérdida en la sensibilidad auditiva. Al no encontrarse bien, decidió solicitar la incapacidad permanente a la Seguridad Social.

Tribunal Superior de Justicia de Asturias, lugar en el que se ha revisado la sentencia.

El INSS consideró que sus dolencias no alcanzaban el grado suficiente como para darle la incapacidad

Tras las actuaciones administrativas pertinentes, el 13 de enero de 2022 la Dirección Provincial de Asturias de la Seguridad Social le denegó, a propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades, la prestación al considerar que no alcanzaba el grado suficiente de disminución de su capacidad laboral a pesar de que le había reconocido sus problemas físicos y mentales.

Como no se la concedieron, acudió a los tribunales, y ya en primera instancia le dieron la razón. El Juzgado de lo Social Nº2 de Oviedo le declaró en situación de incapacidad permanente total con derecho a percibir una pensión vitalicia en cuantía equivalente al 55% de una base reguladora de 1.500 euros mensuales.

Hay que recordar que total significa que no puede realizar su trabajo habitual pero sí otros. Si el afectado es menor de 55 años, cobrará el 55 % de su base reguladora de cotización, y si tiene más y no recibe más ingresos, el 75%.

Por profesión habitual se entiende no un determinado puesto de trabajo, sino aquella que el trabajador está cualificado para realizar y a la que la empresa le haya destinado o pueda destinarle en la movilidad funcional

La Seguridad Social, al no estar conforme con la sentencia, decidió recurrirla ante el TSJ de Asturias. 

Entendían que las lesiones que padecía no le afectaban a sus funciones esenciales como traductor porque, además, el informe del perito presentado en el juicio relató que el tratamiento farmacológico pautado -que eran antidepresivos y antipsicóticos- reducía “drásticamente el cuadro de agresividad”, que era “la principal secuela de la patología psíquica sufrida”.

Qué dice la ley sobre las incapacidades permanentes

La sentencia dictada por el TSJA analiza el artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social, el cual analiza en tres puntos los rasgos que debe tener una persona para que se le conceda la incapacidad permanente.

En primer lugar, que las reducciones anatómicas o funcionales sean objetivables o que se puedan demostrar médicamente de forma indubitada. En segundo lugar, que sean previsiblemente definitivas, incurables o irreversibles.

Por último, que las reducciones sean graves y que disminuyan o anulen su capacidad laboral.

Para los magistrados, el recurso no puede se estimado porque la jueza de primera instancia llegó a la conclusión tras analizar toda la documentación que las patologías de tipo psíquico que sufría el empleado no mejoraban. Es más, incidían de forma importante en su labor como traductor, que implica mantener la concentración y la atención de forma continua.

Asimismo, los magistrados explicaron a lo largo de la sentencia que también se tendría que hacer una valoración de los efectos secundarios que el tratamiento farmacológico le puede causar, por lo que han confirmado la sentencia dictada en primera instancia.

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