“Estamos ante un caso de alarma sanitaria porque produce numerosas secuelas: hemorragias abundantes, alopecia e incluso cáncer de útero”, señala este letrado.
Se disparan las demandas contra Bayer por “los daños” causados por el dispositivo anticonceptivo Essure: son 80.000 perjudicadas en España
El abogado José Luis Ortiz Miranda, director del Bufete Ortiz, que lleva un centenar de estas demandas, explica el caso en Confilegal
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14/9/2023 00:45
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Actualizado: 14/9/2023 11:11
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En España se han disparado las demandas contra la multinacional Bayer Pharma AG por “los daños” causados por el dispositivo anticonceptivo Essure.
En nuestro país hay 80.000 mujeres afectadas, según informa a Confilegal el abogado José Luis Ortiz Miranda, director del Bufete Ortiz, de Cádiz, que lleva un centenar de estos pleitos.
Denuncia que este producto “defectuoso” ha producido numerosas secuelas, como hemorragias, alopecia e incluso cáncer.
“Se trata del denostado y controvertido método anticonceptivo Essure, que sustituía al DIU, y se colocaba de forma permanente dentro del útero de la mujer”, explica Ortiz.
Este letrado ya ha presentado 50 demandas y está ultimando otras 30.
Essure era un dispositivo de barrera que impide que el óvulo y el espermatozoide se encuentren físicamente.
Señala que este dispositivo anticonceptivo estaba hecho -ya ha sido retirado del mercado- con barritas de níquel y tenía dos brazos largos que taponaban las trompas de falopio para evitar que la mujer se quedara embarazada.
“Ese níquel en contacto con los tejidos autógenos de las mujeres produce una reacción tóxica y una metrorragia -abundantes sangrados vaginales-, lo que provoca fatiga crónica, así como alopecia. Y hay varios casos de cáncer de cuello de útero”, expone.
Ortiz destaca que las víctimas “están pasando por un auténtico calvario”.
E indica que la extirpación de este dispositivo es complicadísima, “porque conlleva una cirugía mayor, con riesgos iatrogénicos -riesgos de la cirugía de implantación del dispositivo intrauterino Essure y de su explantación cuando se supo que era peligroso para la salud”.
NO HUBO CONSENTIMIENTO INFORMADO
Además, denuncia que este método, “pese a ser invasivo, se ha implantado en la práctica sin el obligatorio consentimiento informado, donde se advirtiera a la mujer de todos los daños contraproducentes y de todos los riesgos típicos y atípicos, ya que el fabricante no lo facilitaba con el producto”.
Como consecuencia de estos casos, se ha creado la Asociación Española de Afectadas por Essure, que tiene como primer y principal objetivo la elaboración de un protocolo de extracción a nivel nacional a coste cero, que asuma la Seguridad Social.
Según informa José Luis Ortiz, la avalancha de reclamaciones contra el fabricante Bayer produjo que la Agencia Española del Medicamento tomará cartas en el asunto, “pusiera pie en pared y en 2017 dictara una resolución retirando del mercado este dispositivo”.
SENTENCIA PIONERA QUE RECONOCE MÁS DE 220.000 EUROS DE INDEMNIZACIÓN
Hay una sentencia pionera sobre este caso, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Orihuela (Alicante) en 2021 que reconoce una indemnización de 226.000 euros a una de las mujeres perjudicadas.
De las demandas presentadas por el abogado José Luis Ortiz ya le han sido admitidas a trámite 25. En ellas denuncia que Essure es un producto defectuoso y pide una indemnización por daños.
La última admitida a trámite es una que puso ante los Juzgados de Puerto Real (Cádiz), dado que la implantación se realizó en el Hospital Universitario de dicha localidad. En ella reclama una indemnización de 260.000 euros.
En el citado caso, la víctima se implantó este dispositivo anticonceptivo “cuando tenía 30 y tantos años, actualmente tiene 40, y está viviendo una auténtica pesadilla. Le ha quedado incapacidad para procrear y le ha producido un cáncer de cuello de útero. Essure le ha destrozado la vida, hasta el punto de que le han tenido que hacer una histerectomía -extirpación del útero- y una doble salpingectomía y/o anexectomía -extirpación de ambas trompas de falopio completas, no parciales, privándole de la capacidad de concebir a futuro-”, indica su abogado
Basándose en la sentencia pionera de Alicante, el llamado caso centinela por ser el primero, José Luis Ortiz está arbitrando con este colectivo la acción del artículo 127 de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece que todo producto sanitario puesto en el mercado que no produzca la seguridad que cabe legítimamente esperar, se retirará y su fabricante tendrá que responder frente al consumidor de los daños y perjuicios producidos por el mismo.
En las demandas, Ortiz cuenta con el aval de un perito ginecológico y de un químico que “establecen la relación de causalidad entre el níquel y los efectos nocivos que ha tenido en la salud de tantísimas mujeres”.
“Esto es un caso de alerta sanitaria, como el tema de las prótesis mamarias texturizadas que producen cáncer linfático. Hay casos a lo largo y ancho de toda la geografía nacional”, concluye.
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