Condenan por coacciones al cliente de un abogado que lo acosó con llamadas y con mensajes de WhatsApps
La Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado así la sentencia de la primera instancia. Foto: Confilegal.

Condenan por coacciones al cliente de un abogado que lo acosó con llamadas y con mensajes de WhatsApps

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18/9/2023 00:45
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Actualizado: 18/9/2023 10:29
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El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado la condena contra el cliente de un abogado por un delito leve de coacciones. El hombre llamó 11 veces a su abogado de oficio en un espacio de 15 minutos y después, en los 22 minutos siguientes, le envió 35 WhatsApps, con lo que se pasó de castaño oscuro.

El letrado no se lo pensó dos veces y presentó una denuncia ante la Policía.

El castigo, según informa el Diario de Navarra, ha consistido en una multa de 240 euros, por una parte, y en una indemnización de 200 euros para el abogado, por la otra.

El profesional de la abogacía, que acumulaba a sus espaldas más de 30 años de experiencia, había representado al cliente en un caso de estafa informática, por el que fue finalmente condenado. En 2022 comenzó el proceso de ejecución de la sentencia.

Fue a raíz de esa circunstancia cuando comenzó a llamar de forma «reiterada e insistente» a su abogado. En concreto, a partir del 22 de septiembre de 2022.

Le animaba, según dice la sentencia, la intención de «perturbar y menoscabar el libre quehacer profesional» del abogado.

La catarata de llamadas y de mensajes de WhatsApp se produjo 18 días más tarde, cuando el abogado estaba en una reunión. Fueron 37 minutos de auténtico agobio. Lo que le llevó a poner la denuncia después.

La condena correspondió al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Tafalla. En la sentencia de apelación el tribunal de la Audiencia Provincial recoge las explicaciones del encausado, que trató de minimizar lo sucedido.

El cliente reconoció haberse comportando de manera «impertinente y pesada» con su abogado por el «desasosiego» que genera ser acusado, pero que no lo hizo sin ninguna intención más allá de comprobar cómo marchaban sus casos.

Para el tribunal, su situación de desasosiego «no amparaba esa reiteración de sucesivas llamadas y mensajes, que no cesaron ni cuando el letrado se lo pidió, lo que denota una «vis compulsiva» que excede de lo que pudiera considerarse ordinario en la relación profesional entre abogado y cliente.

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