El promotor disciplinario del CGPJ abre diligencias al magistrado Ruiz de Lara por sus opiniones personales en X sobre Sánchez
Manuel Ruiz de Lara expresó su punto de vista sobre Sánchez y Bolaños, ninguno de los dos tienen relación con los casos sobre los que dictar sentencia en su juzgado. Foto: Confilegal.

El promotor disciplinario del CGPJ abre diligencias al magistrado Ruiz de Lara por sus opiniones personales en X sobre Sánchez

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22/11/2023 17:09
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Actualizado: 22/11/2023 22:54
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El promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Ricardo Conde, ha abierto unas diligencias informativas al magistrado Manuel Ruiz de Lara por sus opiniones, expresadas a través de su cuenta en la red social X –antes Twitter–, en las que describió  al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, como un “psicópata sin límites éticos”.

«Era lógico que un mentiroso patológico como Pedro Sánchez eligiese al siervo mentiroso patológico Félix Bolaños al frente del Ministerio de Justicia para que manipulase, omitiese las exigencias del Consejo de Europa y continuase la senda de ataque al Poder Judicial”, publicó Ruiz de Lara.

Las diligencias informativas, abiertas por el promotor Ricardo Conde, forman parte de un proceso de valoración para determinar si tales declaraciones pueden tener alguna trascendencia disciplinaria.

Declaraciones que no fueron realizadas a guisa de magistrado del Juzgado de lo Mercantil 11, del que es titular, y que, por lo tanto, no tienen relación con su faceta jurisdiccional sino personal, de mero ciudadano. Ni Sánchez ni Bolaños tienen relación con ninguno de los casos que lleva en su Juzgado.  

En un comunicado, el CGPJ dice que “a la vista de lo publicado en los últimos días por los medios de comunicación” –en concreto en el diario El País– en relación a su actividad en redes sociales, el promotor de la Acción Disciplinaria ha abierto unas diligencias “para establecer el alcance disciplinario de los hechos y de la eventual participación del magistrado en los mismos”.

A estos efectos, Conde ha remitido la consiguiente comunicación al magistrado Ruiz de Lara para escuchar sus explicaciones, tras lo cual tomará una decisión, de archivar o de continuar con el procedimiento.

JOSÉ LUIS CONCEPCIÓN, UN PRECEDENTE

Recientemente el mismo promotor archivó unas diligencias informativas –mismo procedimiento que este- a José Luis Concepción, presidente en funciones del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, por las declaraciones que realizó, el pasado 15 de febrero, en la emisora de televisión la 8 Burgos de Castilla y León Televisión en la que aseguró que la democracia estaba “en solfa” debido a la presencia del “Partido Comunista” en el Gobierno de España.

En su resolución, el CGPJ avaló esa decisión, fundamentada en que las palabras de Concepción estaban amparadas por la libertad de expresión y suponían una «opinión personal sobre un determinado partido político» que no estaba dirigida «ni a autoridades, ni a poderes ni a funcionarios o corporaciones» y, en consecuencia, no se daban «los presupuestos de la falta disciplinaria».

Esas palabras, decía el CGPJ, no constituían «una de las conductas que integran los tipos disciplinarios que actúan como límites a la libertad de expresión de un magistrado» y, aunque «la entrevista obedece a su condición de presidente del TSJ de Castilla y León, no se realizan en ejercicio de la potestad jurisdiccional, tampoco se vinculan a ninguna causa concreta y determinada».

El promotor de la Acción Disciplinaria, además, hacía mención a que “reiteradamente”, tanto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como el Tribunal Constitucional han señalado que “los jueces y magistrados no están privados del derecho constitucional a la libertad de expresión, por lo que puede entenderse que toda manifestación expresada por un miembro de la carrera judicial, ya sea favorable o desfavorable, deba entenderse como una censura o felicitación con relevancia disciplinaria pues ello significaría vaciar de contenido ese derecho”.

En este caso la diligencia archivada tuvo su origen en las quejas que formuló la ahora ya exvocal del CGPJ, Concepción Sáez, y el Foro de Abogados de Izquierdas y Red de Abogados Demócratas, que incardinaban esas declaraciones en el artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que califica como falta grave “dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez o sirviéndose de esa condición”.

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