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Opinión | ¿Es constitucional hacer pruebas psicométricas a los empleados públicos?

Opinión | ¿Es constitucional hacer pruebas psicométricas a los empleados públicos?
Teresa Gálvez Dávila es funcionaria y autora del manual técnico “Cómo opositar, todas las claves para los procesos de estabilización, consolidación y funcionarización”. En su columna analiza el Real Decreto-ley 6/2023 y lo que suponen las pruebas psicométricas a los aspirantes a empleados públicos. Foto: Confilegal.
06/1/2024 06:32
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Actualizado: 07/1/2024 11:40
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Nuestra norma básica para los empleados públicos, el Estatuto Básico del Empleado Público, (en adelante TREBEP), establece que los procesos selectivos podrán incluir pruebas de:

• Comprobación de conocimientos.

• Capacidad analítica de aspirantes.

• Realización de ejercicios de habilidades y destrezas.

• Comprobación del dominio de lenguas extranjeras.

• Pruebas físicas.

Y podrán completarse con:

• Superación de cursos.

• Periodo de prácticas.

• Exposición curricular de los candidatos.

• Pruebas psicotécnicas.

• Realización de entrevistas.

• Reconocimientos médicos.

El Real Decreto-ley 6/2023 por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo fue aprobado en Consejo de Ministros el día 19 de diciembre, publicado el 20.

Entró en vigor el jueves 21 de diciembre.

Con el Real Decreto-ley se incorpora la valoración a los aspirantes de “competencias profesionales” para adecuar el contenido de los procesos selectivos y las funciones a desarrollar.

Adiciona a las pruebas selectivas del TREBEP anteriormente citadas:

Herramientas y soluciones de las tecnologías de la información y las comunicaciones informáticas.

Los aspirantes podrán tener que acreditar de forma práctica, como se ha requerido a los aspirantes de la evaluación piloto del modelo por Competencias” de la Generalitat Valenciana.

PRUEBAS PSICOMÉTRICAS

Me chirría el penúltimo párrafo de la página 167956 del BOE:

Pruebas psicométricas para valorar la personalidad, habilidades y capacidades de los aspirantes.

Entre los tests que se utilizan para realizar pruebas psicométricas se encuentran:

• Las “Pruebas 16PF” valoran la personalidad de los aspirantes.

• El Test Ferman se utiliza para la medición de la inteligencia.

• El comportamiento con el test Koslick.

• El test Cleaver refleja la actuación del aspirante ante situaciones límite.

• La prueba de los líderes es el test Moss para determinarla capacidad del candidato de tomar decisiones, evaluar problemas, saber delegar actividades, etc.

• El test Zavic permite conocer los valores e intereses del postulante para determinar si se adecúan a los de la empresa.

Son psicólogos, y psicometras los que realizan estas evaluaciones en los departamentos de Recursos Humanos de las empresas privadas; existen empresas especializadas a las que solicitar servicios de evaluación y reclutamiento de personal.

Los departamentos de personal de las Administraciones públicas son operativos, gestionan nombramientos, situaciones administrativas, nóminas, concursos de méritos, convocatorias, etc.

No evalúan personal.

Los empleados públicos, hasta la fecha, no disponen de formación ni experiencia en Recursos Humanos para efectuar pruebas psicométricas.

En este momento, habría que licitar un contrato de “servicios” a empresas privadas, determinando en los pliegos de cláusulas cláusulas técnicas qué perfiles requieren ser evaluados con  pruebas psicométricas tanto para el acceso a la Administración pública, o, para la promoción interna.

En el reciente artículo titulado hacer link al artículo publicado el 23 de diciembre “La evaluación “por competencias” de los empleados públicos, un tsunami que nadie quiere ver” transmití que este tipo de valoración tenía matices muy subjetivos.

Tomando en cuenta lo divergente de los postulados de los partidos políticos, nos podemos encontrar que lo que permita acceder a un aspirante, le puede hacer dejar su puesto con la evaluación del “desempeño”.

No solamente sería un perjuicio para los afectados, también se debilitaría la estructura de esa Administración Pública.

Uno de cada dos euros del PIB español es gestionado por las Administraciones públicas.

La votación para la convalidación del Real Decreto-ley 6/2023 se efectuará en el Pleno del Congreso de los Diputados de este miércoles, 10 de enero.

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