El Supremo tumba la primera y segunda instancia y falla en contra del desahucio de un inquilino porque fue en plena pandemia
El alto tribunal frena así la demanda de desahucio que pesaba contra el inquilino. Foto: Europapress

El Supremo tumba la primera y segunda instancia y falla en contra del desahucio de un inquilino porque fue en plena pandemia

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11/1/2024 06:30
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Actualizado: 10/1/2024 17:36
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Un desahucio en Mataró, Barcelona, ha acabado en el Tribunal Supremo. Un recurso de casación en el que el alto tribunal ha tomado la decisión de defender los intereses el inquilino frente a las pretensiones de sus caseros. Todo ello, a pesar de contar ya con dos sentencias en contra.

La vivienda se encontraba en régimen de alquiler desde el 2 de noviembre de 2017. Una fecha en la que el inquilino firmaba un contrato de alquiler con un plazo de duración de tres años, teniendo como fecha final el 2 de noviembre de 2020.

Sin embargo, casi cuatro meses antes de la finalización del contrato, el 10 de julio de 2020, los arrendatarios decidían no renovar el alquiler. Y así se lo hacían saber al inquilino, a través de un burofax.

Misiva que repetían, ante la falta de respuesta, en octubre del mismo año, y que el inquilino respondía con la intención de acogerse «a la prórroga extraordinaria» contemplada en el Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo.

«El real decreto ley establece, entre otras medidas, la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual» destaca esta normativa, implantada durante la pandemia del Covid-19 en el país.

Una respuesta que no satisfizo a los propietarios de la vivienda. Y es que, ante esta petición de seis meses de prórroga, los caseros decidieron presentar una demanda de juicio verbal de desahucio ante el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Mataró.

Tribunal que, en la sentencia 61/2021, de 9 de abril, estimaba la demanda de los caseros en contra del inquilino. Así pues, el juzgado «consideró que no se daba el supuesto de hecho para la aplicación de la norma invocada».

Decisión que también compartió la sección 4ª de la Audiencia Provincial de Barcelona. Y es que este segundo tribunal desestimó el recurso de apelación del inquilino en la sentencia 115/2022, de 17 de marzo.

El Supremo tumba las dos sentencias que favorecían el desahucio

Una situación de indefensión judicial del inquilino ante el desahucio que ahora ha sido revocada por el Tribunal Supremo.

En concreto, por la Sala de lo Civil del alto tribunal que, en la sentencia 1820/2023, ha revocado las dos decisiones judiciales anteriores.

«Negar la posibilidad de adicionar una prórroga de seis meses sobre la duración mínima de los tres años carece de justificación». Así lo expone el tribunal, compuesto por los magistrados Francisco Marín Castán (presidente), José Luis Seoane Spiegelberg y Antonio García Martínez.

El Supremo asegura que «carece igualmente de justificación que un pacto de duración que, exclusivamente, beneficia al arrendador le impida disfrutar de una prórroga excepcional del contrato. Prórroga derivada de una legislación de emergencia surgida por el impacto económico y social de la pandemia internacional provocada por el COVID-19″.

Normativa ante la que, destacando que el contrato no se encontraba vencido, el alto tribunal defiende los intereses del inquilino. En concreto, recordando que la ley «impone a los arrendadores la obligación de aceptar la prórroga del contrato».

Decisión del Supremo que revoca la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Mataró. También la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Algo que pone en relevancia el derecho de este inquilino a prorrogar su contrato de alquiler. Incluso, a pesar de los intentos de desahucio de sus caseros.

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