Los magistrados indicaron que la ley fija que quien ocupa este puesto debe ser «jurista de reconocido prestigio» y tener experiencia en asuntos de Estado, siendo necesarios ambos requisitos.Foto: Confilegal

El Supremo refrenda su decisión de anular el nombramiento de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado

2 / 02 / 2024 15:52

Actualizado el 02 / 02 / 2024 15:52

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el incidente de nulidad contra la sentencia que anuló el nombramiento de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado, por no reunir el requisito legal de «jurista de reconocido prestigio» que exige la ley orgánica que regula la institución.

Así consta en un auto donde, además, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS reprocha a la Abogacía del Estado que «no diga absolutamente nada sobre la cuestión de fondo», centrándose únicamente en si la Fundación Hay Derecho –que fue quien recurrió la designación de Valerio– tenía legitimación para impugnar dicho nombramiento.

Cabe recordar que el Supremo ya rechazó el pasado enero el incidente de nulidad presentado por la propia Valerio. Entonces, los magistrados explicaron que en su día renunció a formar parte del caso, dejando su defensa en manos de la Abogacía del Estado, por lo que ahora no podía tenerse en cuenta su petición de nulidad.

Los incidentes de nulidad son acciones excepcionales basadas en la vulneración de derechos fundamentales durante el procedimiento judicial que rara vez prosperan. Además, constituyen el paso previo para acudir en amparo al Tribunal Constitucional (TC).

NO ES UNA «JURISTA DE RECONOCIDO PRESTIGIO»

Fue el pasado 30 de noviembre cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS anuló el nombramiento de Valerio estimando un recurso presentado por Hay Derecho al considerar que no cumple uno de los dos requisitos legales: el de ser «jurista de reconocido prestigio».

Los magistrados indicaron que la ley fija que quien ocupa este puesto debe ser «jurista de reconocido prestigio» y tener experiencia en asuntos de Estado, siendo necesarios ambos requisitos.

Sobre este segundo, afirmaron que no hay duda de que Valerio cumple, dada su «notoria y sobresaliente trayectoria» como ministra, diputada, consejera, teniente de alcalde y concejal, entre otras responsabilidades públicas.

No obstante, señalaron que esa «carrera funcionarial meritoria» no es suficiente para considerarla jurista de reconocido prestigio, algo que «solamente se gana con el tiempo, con una práctica prolongada gracias a la cual se mantiene y acrecienta el crédito obtenido».

Noticias relacionadas:

El Supremo obliga a Google a retirar los enlaces sobre un guardia civil indultado por haber perdido interés informativo

El Supremo mantiene la orden de detención de Puigdemont y rechaza aplicarle la amnistía

La AJFV sale en defensa del Supremo por la «Ley de Nietos» y pide al CGPJ que proteja la independencia judicial

La JEC ordena verificar quién puede votar por la «ley de nietos» tras las cautelares del Tribunal Supremo

El TS justifica su decisión de la «ley de nietos» ante el «peligro fundado» de que afecte a la transparencia electoral

Puente acusa a algunos jueces de querer «gobernar el país por detrás» y señala a María Tardón y al Supremo

Lo último en Tribunales

anboto Miguel Ángel Blanco

La Fiscalía de la AN se opone de nuevo a la semilibertad de ‘Anboto’ por aproximarse al tercer grado

Una mala carta de despido libra a un trabajador de Carrefour de la extinción laboral: hizo la vista gorda ante un hurto

Carrefour, condenada a indemnizar con 1.200 euros a una mujer que se resbaló al entrar

Villarejo

La Policía no halla en los audios de Villarejo conversaciones con Cospedal que aporten indicios de delito

acoso

«Cada vez más guapa» o «deberías maquillarte más»: acoso disfrazado de piropo que acaba en despido

Macarena

La echan por “consumir droga” después de pillarle una tarjeta de crédito en el uniforme: el despido es nulo