Los magistrados indicaron que la ley fija que quien ocupa este puesto debe ser «jurista de reconocido prestigio» y tener experiencia en asuntos de Estado, siendo necesarios ambos requisitos.Foto: Confilegal

El Supremo refrenda su decisión de anular el nombramiento de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado

2 / 02 / 2024 15:52

Actualizado el 02 / 02 / 2024 15:52

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el incidente de nulidad contra la sentencia que anuló el nombramiento de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado, por no reunir el requisito legal de «jurista de reconocido prestigio» que exige la ley orgánica que regula la institución.

Así consta en un auto donde, además, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS reprocha a la Abogacía del Estado que «no diga absolutamente nada sobre la cuestión de fondo», centrándose únicamente en si la Fundación Hay Derecho –que fue quien recurrió la designación de Valerio– tenía legitimación para impugnar dicho nombramiento.

Cabe recordar que el Supremo ya rechazó el pasado enero el incidente de nulidad presentado por la propia Valerio. Entonces, los magistrados explicaron que en su día renunció a formar parte del caso, dejando su defensa en manos de la Abogacía del Estado, por lo que ahora no podía tenerse en cuenta su petición de nulidad.

Los incidentes de nulidad son acciones excepcionales basadas en la vulneración de derechos fundamentales durante el procedimiento judicial que rara vez prosperan. Además, constituyen el paso previo para acudir en amparo al Tribunal Constitucional (TC).

NO ES UNA «JURISTA DE RECONOCIDO PRESTIGIO»

Fue el pasado 30 de noviembre cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS anuló el nombramiento de Valerio estimando un recurso presentado por Hay Derecho al considerar que no cumple uno de los dos requisitos legales: el de ser «jurista de reconocido prestigio».

Los magistrados indicaron que la ley fija que quien ocupa este puesto debe ser «jurista de reconocido prestigio» y tener experiencia en asuntos de Estado, siendo necesarios ambos requisitos.

Sobre este segundo, afirmaron que no hay duda de que Valerio cumple, dada su «notoria y sobresaliente trayectoria» como ministra, diputada, consejera, teniente de alcalde y concejal, entre otras responsabilidades públicas.

No obstante, señalaron que esa «carrera funcionarial meritoria» no es suficiente para considerarla jurista de reconocido prestigio, algo que «solamente se gana con el tiempo, con una práctica prolongada gracias a la cual se mantiene y acrecienta el crédito obtenido».

Noticias relacionadas:

Félix Bolaños califica de «bulo» la interpretación de la sentencia del Tribunal Supremo

El Supremo niega que un cambio de sexo posterior a los hechos pueda neutralizar una condena por violencia de género

Que la empresa ponga límites y condiciones en el reparto de las vacaciones no afecta a las condiciones laborales

El Supremo limita a 2.000 € las ganancias de un abogado en un caso en el que las costas ascendían a 41.000 €

Manel Espinosa: «El cártel de coches dejó de ser un problema jurídico hace años; hoy es un problema de acceso»

Opinión| Sobre el recurso del Partido Popular ante el Tribunal Supremo a raíz de la crisis de Ceuta

Lo último en Tribunales

Mladic

Muere Ratko Mladic, el «carnicero de Bosnia», condenado a cadena perpetua por el genocidio de Srebrenica

conductor cesta de navidad

El TSJ de Cataluña obliga a indemnizar al único trabajador excluido de la cesta y la cena de Navidad por reclamar sus derechos

Meta(1)

Meta pone precio a una década de negar el daño a la infancia: 18.000 millones de dólares de compensación

Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón, en imagen de archivo

El juez archiva la querella de Errejón contra Mouliaá por calumnias: llamar «extorsión» a su conducta fue una crítica, no la imputación de un delito

jéssica rodríguez aldama ábalos caso mascarillas

De testigo a investigada: por qué Anticorrupción cree que Jéssica Rodríguez no puede escapar del caso Koldo