Indemnizaciones de 170.000 euros y decenas de sentencias: la Fiscalía de la AN investiga el medicamento Ala Octa

Indemnizaciones de 170.000 euros y decenas de sentencias: la Fiscalía de la AN investiga el medicamento Ala Octa

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04/2/2024 06:31
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Actualizado: 03/2/2024 22:01
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El medicamento Ala Octa acumula decenas de sentencias en los tribunales de toda España. Un producto sanitario que ahora se enfrenta a una querella de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

El perfluoroctano, con nombre comercial Ala Octa, se utilizaba en los quirófanos con motivo de la cirugía de retina. Un producto que se utilizaba “desde siempre”, pero que comenzó a acumular casos de pacientes que se quedaban ciegos debido a este producto.

Pérdida de visión que se pudo demostrar que era provocada por este medicamento, fabricado por una empresa alemana. Así pues, varios ensayos demostraron la toxicidad del Ala Octa, que fue finalmente retirado del mercado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en 2015.

Demasiado tarde, sin embargo, para más de 100 pacientes que se habían sometido a estas cirugías oculares.

Y es que, a pesar de que las operaciones habían salido satisfactoriamente, este producto acabó por provocar ceguera irreversible en muchos de estos pacientes. Ello, a pesar de que el medicamento había conseguido el sello CE, por lo que, de acuerdo con la normativa comunitaria, Ala Octa podía ser comercializado libremente dentro de la UE.

Ala Octa medicamento querella fiscalía Audiencia Nacional
El medicamento Ala Octa.

Indemnizaciones que superan los 100.000 euros

Consecuencias del uso de este medicamento tóxico que han llevado a decenas de pacientes ante los tribunales. Procesos judiciales que han acabado con condenas a la empresa de miles de euros, condenando a los responsables de Ala Octa por daños y perjuicios contra los pacientes.

Así pues, entre los muchos casos que existen en los tribunales contra este medicamento, encontramos sentencias por gran parte de la geografía española.

El Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Madrid condenaba, en su sentencia 1214/2018, al pago de una indemnización por daños y perjuicios de 170.054,43 euros a uno de los afectados.

Un hombre que se sometió a una operación en el ojo derecho, empleándose Ala Octa entre enero y marzo de 2015. “El efecto del producto tóxico fue casi inmediato, necrosando las células retinianas”, explica la sentencia del caso.

Del mismo modo, otro paciente afectado por el medicamento conseguía una indemnización de 81.059,47 euros. Sentencia 291/2017 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 de Santa Cruz de Tenerife que da de nuevo la razón al paciente de cara a la toxicidad del medicamento.

Unas consecuencias del uso del perfluoroctano que también han supuesto una condena para la administración pública. Y es que, en algunos casos, los tribunales también han entendido que las diferentes administraciones públicas de Sanidad tenían responsabilidad ante el uso de este medicamento tóxico.

“El servicio se ha prestado por la Administración. Y a ella corresponde responder frente al paciente”. Así se pronunciaba el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en su sentencia 30/2021.

Decisión judicial en la que se estipula que, a pesar de que se desconocieran los efectos nocivos del medicamento, la administración tiene una responsabilidad patrimonial ante esta situación. Es decir, entre el daño sufrido por el paciente, y el servicio sanitario recibido. Consideración que lleva al tribunal a imponer una indemnización de 8.000 euros a pagar por la administración demandada en este pleito.

Sin embargo, este parecer no es compartido por todos los tribunales que han tenido casos de Ala Octa. Y es que, en otras sentencias, los juzgados han entendido que se debe rechazar cualquier responsabilidad de la Sanidad pública de cara a la toxicidad de este medicamento.

“La Administración sanitaria no debe responder de las lesiones causadas a un paciente como consecuencia de la utilización de un producto sanitario defectuoso, cuya toxicidad se descubre y alerta con posterioridad a su utilización”, explica la sentencia 2775/2021 de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

“La realidad es que el riesgo no deriva de la aplicación del producto defectuoso, del acto médico, sino de la fabricación del mismo por su productor”, sostiene, en el mismo sentido, el TSJ de Madrid, en su sentencia 272/2022 del 3 de marzo.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se querella contra Ala Octa

Repercusiones del uso de este medicamento que han sido investigadas por la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

La teniente fiscal de la AN, Marta Durantez, ha presentado en este mes de enero una querella contra la empresa alemana. Querella en la que pide al tribunal que se recaben de los centros sanitarios afectados los nombres de los pacientes que sufrieron lesiones.

Unas declaraciones que serán claves, de cara a las futuras acciones que acontezcan a este respecto contra el producto Ala Octa en los tribunales. Acciones en las que, además, Durantez ha puesto el foco en las posibles personas físicas y jurídicas que puedan ser consideradas responsables.

En concreto, desde la Fiscalía se entiende que estos hechos pueden ser constitutivos de delitos contra la salud pública. Ello, debido a la fabricación, importación, suministro y comercialización de Ala Octa.

“El producto ocasionó a los pacientes efectos adversos para la salud”, destaca el Ministerio Público.

Un producto que ha afectado a más de 100 personas en el territorio español, que han perdido la vista debido a un medicamento tóxico descontrolado. Un producto que ha supuesto fuertes indemnizaciones en los tribunales, pero sin que se puedan aportar soluciones médicas para los afectados por Ala Octa.

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