El TJUE concede 2.000 euros a un empresario eslovaco por el tratamiento ilícito de datos de Europol y su país 
No es necesario que esa persona demuestre, además, a cuál de esas dos entidades es imputable ese tratamiento ilícito, dice el TJUE.

El TJUE concede 2.000 euros a un empresario eslovaco por el tratamiento ilícito de datos de Europol y su país 

5 / 03 / 2024 11:40

Actualizado el 05 / 03 / 2024 16:12

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha concedido al empresario eslovaco Marián Kočner una indemnización de 2.000 euros en concepto de reparación del daño por el tratamiento ilícito de sus datos. 

Son responsables solidarios del daño Europol y el propio país.

Para que se genere esa responsabilidad solidaria, la persona física afectada únicamente debe demostrar que, con motivo de la cooperación entre Europol y el Estado miembro de que se trate en virtud de dicho Reglamento, se hizo un tratamiento ilícito de datos que le ha causado un perjuicio. 

No es necesario que esa persona demuestre, además, a cuál de esas dos entidades es imputable ese tratamiento ilícito

El caso

Todo comenzó a raíz del asesinato en Eslovaquia el 21 de febrero de 2018 de un periodista llamado Jàn Kuciak y de su prometida Martina Kušnírová cuando las autoridades de dicho país comenzaron a llevar a cabo una investigación. 

Dichas autoridades pidieron a Europol que extrajeran los datos de dos teléfonos móvil de Marián Kočner, un empresario eslovaco de 60 años criminal convicto al creer que era sospechoso de su muerte. 

Europol remitió a las citadas autoridades sus informes forenses y les entregó un disco duro que contenía los datos codificados extraídos.

Pero en 2019 la prensa eslovaca publicó comunicaciones íntimas procedentes de dichos teléfonos y que afectaban a Kočner. Además, en uno de sus informes, Europol indicó que se encontraba en prisión provisional por presunto delito financiero desde 2018 y que su nombre estaba directamente relacionado con las denominadas «listas de mafiosos» y con los «Papeles de Panamá».

De modo que el empresario interpuso ante el Tribunal General una demanda de indemnización de 100.000 euros como reparación por Europol del daño moral que consideraba haber sufrido por el tratamiento ilícito de sus datos. Pero su petición fue desestimada el 29 de septiembre de 2021.

En un primer momento desestimaron su petición

El Tribunal General manifestó que no había demostrado que las lista de mafiosos las hubiese elaborado Europol, por lo que, disconforme con esta sentencia, Kočner presentó un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia. 

El TJUE declara que el Derecho de la Unión establece un régimen de responsabilidad solidaria de Europol y del Estado miembro en el que se haya producido el daño como consecuencia de un tratamiento ilícito de datos efectuado en el marco de la cooperación entre aquellos. 

En una primera fase, la responsabilidad solidaria de Europol o del Estado miembro de que se trate puede cuestionarse ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o ante el tribunal nacional competente, respectivamente. 

En su caso, puede tener lugar una segunda fase ante el Consejo de Administración de Europol a fin de determinar la «responsabilidad última» de Europol y/o del Estado miembro de que se trate en relación con la indemnización concedida a la persona física perjudicada.

El TJUE considera que dicho tratamiento ilícito vulneró el derecho del Kočner al respeto de su vida privada y familiar, así como de sus comunicaciones, y atentó contra su honor y su reputación, causándole un daño moral.

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