Turno de oficio vigo huelga
La institución de Cartagena ha reconocido el derecho de huelga de sus letrados. Foto: Confilegal

El Colegio de Abogados de Cartagena rechaza abrir un expediente disciplinario a una abogada de oficio por ejercer su derecho a huelga

4 / 04 / 2024 14:42

Actualizado el 04 / 04 / 2024 14:44

“Estando Venia constituido válidamente como sindicato, el mismo tiene, prima facie, legitimación para ejercitar el derecho de huelga”. Así se ha pronunciado el Colegio de Abogados de Cartagena con respecto a la huelga convocada por el sindicato Venia de cara a los abogados de turno de oficio.

Una legitimación que, para el Colegio de Abogados, supone que no sea posible plantear “la ilegalidad o imposibilidad del ejercicio de derecho de huelga de los letrados y procuradores adscritos al turno de oficio”.

Reconocimiento de la Junta de Gobierno que llega tras la situación particular de una abogada de turno de oficio.

Letrada de la que se había informado su incomparecencia en una vista en el Juzgado de lo Penal nº2 de Cartagena. Ausencia que se producía porque la letrada se encontraba siguiendo la huelga convocada.

Un motivo que, para el Colegio de Abogados, no es susceptible de ser sancionable.

“Esta Junta de Gobierno ha resuelto […] no acceder a la apertura de expediente disciplinario alguno, al no concurrir las condiciones y requisitos para ello”.

Un derecho legítimo a huelga de los letrados de turno de oficio

“Previamente habías solicitado la suspensión (de la vista) por encontrarte ejercitando tu legítimo derecho de huelga”, destaca la Junta a la letrada.

Un “derecho individual” sobre el que el Colegio de Cartagena asegura no tener “competencia alguna” para delimitarlo. Razón por la que no concibe la posibilidad de sanción para la abogada.

“Esta Junta de Gobierno entiende no procede la apertura de expediente disciplinario alguno”, insisten en un comunicado oficial desde el Colegio de Abogados. Y es que, tal y como recuerdan en la misiva, “el simple hecho de esa apertura, aunque finalizara sin sanción alguna, puede significar un ataque al derecho individual de huelga de cada letrado”.

Un derecho a huelga que, tal y como recuerda el Colegio, sí ha sido respetado en otras huelgas. “Esta corporación pública, al igual que respeta el derecho de huelga de los LAJ, en la misma medida debe respetar el derecho a huelga de sus propios letrados”.

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