Las palabras tuvieron lugar cuando se encontraba con un directivo hablando de un asunto laboral de modificación de condiciones laborales de otro trabajador.
Securitas Seguridad, condenada por vulnerar la libertad sindical de uno de sus miembros al llamarle “mono” y “tonto»
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10/7/2024 06:30
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Actualizado: 09/7/2024 21:48
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El titular del Juzgado de lo Social Nº11 de Sevilla, Juan Rite, ha condenado a la empresa Securitas Seguridad España a indemnizar con 1.500 euros a un miembro del Sindicato Profesional de Vigilantes de Sevilla por haberle insultado en una reunión en la que actuaba como representante de los trabajadores.
Según se explica en la sentencia 335/2024 de 21 de junio, se ha vulnerado su derecho fundamental a la libertad sindical.
Todo comenzó cuando A.C.P, vigilante de seguridad y miembro del Comité, mantuvo una reunión con uno de los directivos de la empresa en aras de tratar un asunto de modificación de condiciones laborales de otro empleado al que iban a trasladar a otro centro de trabajo. Ese encuentro tuvo lugar el 2 de agosto de 2023.
Encuentro al que el representante de los trabajadores acudió con una libreta para hacer anotaciones sobre todo lo que se estaba hablando.
Al ver que tomaba apuntes, el directivo le dijo: “quieras dejar de mover la cabeza, que pareces un mono, es que pareces tonto, deja ya de hacer el gilipollas”, haciendo, a continuación, un gesto imitando el actuar de un primate.
El directivo de Securitas pidió perdón
La reunión se recondujo a tonos más cordiales y, finalmente, le pidió perdón. Pero A.C.P no aceptó las disculpas. Por lo que días después decidió presentar una denuncia a través del canal habilitado por Securitas Seguridad por acoso moral.
La Comisión de Valoración de Securitas Seguridad España respondió que, al tratarse de un hecho puntual y al haberse disculpado, no era acoso moral. Por tanto, no procedía activar el protocolo a pesar de ser expresiones ciertas. Aunque reconocieron que iban a apercibir al directivo.
Así las cosas, el sindicalista decidió acudir a la Justicia de la mano del letrado Alberto López Vela, del despacho Exculpa Abogados para presentar una demanda de tutela de derechos fundamentales por acoso laboral y por vulneración del derecho a la libertad sindical contra Securitas Seguridad.
Finalmente el juez les dio la razón por la segunda petición.
El demandante manifestó que se había atentado contra su libertad sindical al haber interferido en ella mientras estaba representando a un trabajador afectado por unas condiciones laborales..
Indemnización por vulnerar la libertad sindical
Por lo que consideró que era procedente reconocerle una indemnización de los daños y perjuicios derivados de la vulneración de su libertad sindical.
El juez recordó, a la hora de graduar la cuantía, que la vulneración del derecho de información, audiencia y consulta del representante de los trabajadores está tipificada en el artículo 7.7 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) castiga las infracciones graves, en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros.
En su grado medio de 1.501 a 3.750 y en su máximo grado de 3.751 a 7.500 euros. El titular del juzgado consideró que, en este caso, la cuantía debía ser de 1.500 euros.
Pues tuvo en cuenta dos elementos. Por un lado, que el directivo de Securitas Seguridad se disculpó al terminar la reunión de manera voluntaria y que reconoció los hechos ante la Comisión de Valoración y en el propio juicio. “Por lo que se estima que desde el primer momento ha intentado reparar el daño”.
De modo que ha sido condenado tanto el superior de forma solidaria como la empresa.
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