La Audiencia Provincial al confirmar la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal de Cartagena que absolvió al acusado por falta de pruebas.

Pone a un perro como «prueba incriminatoria» de que su expareja le hizo una fotografía desnuda

8 / 08 / 2024 12:23

Actualizado el 09 / 08 / 2024 07:28

Una mujer que denunció que su pareja le tomó una fotografía desnuda cuando dormía y que la envió a otra una vez rota la relación sentimental. Para ello, puso como prueba al perro de él, que aparecía en esa misma imagen, en el recurso que presentó contra la sentencia que lo absolvió de un delito contra la intimidad.

La apelación ha sido desestimada por la Audiencia Provincial al confirmar la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal de Cartagena que absolvió al acusado por falta de pruebas.

El juzgado declaró probado que la mujer que aparecía en la fotografía era la denunciante, pero añadió que, por el contrario, en el juicio no quedó acreditado que el autor fuera el acusado ni que este la hubiera remitido a otra mujer, que, a su vez, la reenvió a la denunciante.

La sentencia, ahora confirmada por la Audiencia, tuvo en cuenta al dictar la sentencia absolutoria las malas relaciones existentes entre denunciante y denunciado y la otra mujer, que se han cruzado entre ellos varias denuncias, algunas, por la difusión de imágenes íntimas, lo que resta credibilidad a sus testimonios.

Falta de pruebas

En su apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia la denunciante pidió la nulidad de la resolución recurrida y la condena del acusado, al considerar que existían pruebas incriminatorias contra el mismo.

Y añadió que en la fotografía en cuestión, captada en el dormitorio de la vivienda de él, aparecía la mascota de este y el mobiliario, lo que permitía concluir que el autor tenía que haber sido el mismo.

“Prueba diabólica”

Igualmente, se quejó de que el juzgado la obligara a acreditar esas circunstancias, lo que consideró que era una “prueba diabólica”, ya que quien podía demostrar que el perro y el mobiliario eran suyos era el acusado.

Sin embargo, la Sala, cuyo ponente ha sido el magistrado Álvaro Castaño-Penalva, dice al confirmar la sentencia recurrida que la mujer que recibió la fotografía y la reenvió a la denunciante, aseguró en el juicio que no recordaba cómo había llegado a su poder.

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