Un juzgado reconoce el derecho de una madre de una familia monoparental a acumular las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor reconocidas a los dos progenitores
El Tribunal Supremo ha desestimado la demanda de los padres, pese a las lesiones presentadas por el bebé tras el parto. Foto: Confilegal

Unos padres pierden la batalla judicial contra Mapfre después de que su bebé sufriera lesiones en el parto

19 / 08 / 2024 05:40

Actualizado el 20 / 08 / 2024 00:39

El nacimiento de un bebé es uno de los momentos más felices de una familia. Sin embargo, este momento se convirtió en una pesadilla para una pareja, que veía cómo una aparente mala praxis provocaba lesiones a su recién nacido. Una cuestión que ha llegado hasta el Tribunal Supremo que, sin embargo, ha desestimado las pretensiones de indemnización de la familia frente a la aseguradora médica, Mapfre.

En 2015, Marcelina (nombre ficticio) daba luz a su pequeña bebé, Teodora. Un proceso de parto en el que los facultativos utilizaron el procedimiento de ventosa.

Parto en el que la recién nacida «presentó una distocia de hombro y posteriormente, se le apreció una lesión del plexo branquial izquierdo».

Daños en la menor recién nacida ante los que los padres no dudaron en presentar una demanda contra Mapfre, aseguradora de responsabilidad civil médica del Servicio Murciano de Salud. En concreto, los padres solicitaban una indemnización de 76.917,70 euros. Ello, por «29 días impeditivos, secuelas consistentes en monoparesia, perjuicio estético medio, e incapacidad permanente parcial, por la limitación que la lesión va a suponer en la niña».

Demanda que caía sobre el Juzgado de Primera Instancia nº64 de Madrid. Juzgado que, en su sentencia 98/2019, desestimaba las pretensiones de los padres. Ello, debido a que consideró «que no se había acreditado una mala praxis médica».

«Desconociéndose el origen de la lesión del plexo branquial, y no acreditándose un error en la decisión de llevar a cabo el parto vaginal, procede desestimar la demanda», destaca la sentencia.

El Supremo niega la indemnización a los padres del bebé

Tras la decisión del Juzgado de Primera Instancia, los progenitores presentaron un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Tribunal que, sin embargo, volvía a desestimar la demanda de los progenitores del bebé.

Así pues, aseguró el tribunal que «no fue incorrecta la elección del parto vaginal. Fue adecuado el uso de la ventosa, y no consta que fuera la causa de la lesión del plexo branquial».

Situación que llegaba hasta el Supremo. En concreto, ante la sala de lo civil compuesta por los magistrados Ignacio Sancho Gargallo, Rafael Sarazá Jimena y Pedro José Vela Torres (ponente).

«La parte recurrente argumenta, resumidamente, que la sentencia recurrida no aplicó el mencionado principio, que debía haberle llevado a la inversión de la carga de prueba, con la consiguiente indefensión». En concreto, entendiendo que la sentencia yerra considerando que el historial clínico incompleto no «perjudique a la demandada, en tanto que era quien debía probar que ese daño era ajeno a la prestación médica».

Alegato que rechaza el alto tribunal en su sentencia 870/2024. Ello, entendiendo que los datos de la historia clínica del bebé y la madre no son la única base de la sentencia recurrida, «que tiene en cuenta otros elementos distintos».

Decisión por la que los padres de la bebé quedan sin indemnización ante los tribunales por el complicado nacimiento de su hija. Y, especialmente, las duras consecuencias de este parto.

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