El Tribunal Constitucional considera que esta medida sitúa a los VTC en una desventaja competitiva frente a los taxis, sin ofrecer una justificación adecuada o una protección real al consumidor. Foto: EP.

El Tribunal Constitucional tumba la exigencia de precontratar VTC con 30 minutos de antelación en Baleares

10 / 09 / 2024 21:29

Actualizado el 10 / 03 / 2026 11:00

En esta noticia se habla de:

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional la norma del Gobierno de las Illes Balears que obligaba a precontratar los servicios de vehículos con conductor (VTC) con una antelación mínima de 30 minutos.

En una sentencia unánime, con el magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla como ponente, el Alto Tribunal ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo, que consideraba que esta medida vulneraba la libertad de empresa recogida en el artículo 38 de la Constitución Española.

El origen de la controversia radica en un Decreto-ley balear que imponía la pre-contratación de VTC con una antelación mínima de 30 minutos, con el objetivo de equilibrar la competencia entre el sector del taxi y el de VTC, además de mejorar la gestión de la movilidad de viajeros.

Sin embargo, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo entendió que esta normativa podría limitar injustificadamente la actividad empresarial de las VTC.

El Constitucional, tras analizar las diferencias entre la regulación de taxis y VTC, concluye que la medida afecta al ejercicio de la actividad empresarial de estos últimos y, por tanto, debe someterse a un doble escrutinio.

El TC reconoce que los fines perseguidos por el Decreto-ley son legítimos, como la búsqueda de un equilibrio entre ambos sectores y la mejora de la movilidad, concluye que la imposición de un lapso de 30 minutos entre la contratación y la prestación efectiva del servicio de VTC no está justificada.

En primer lugar, el Tribunal debía determinar si el objetivo de la norma era constitucionalmente legítimo, y en segundo lugar, si la medida era adecuada para alcanzar dicho objetivo.

Si bien el TC reconoce que los fines perseguidos por el Decreto-ley son legítimos, como la búsqueda de un equilibrio entre ambos sectores y la mejora de la movilidad, concluye que la imposición de un lapso de 30 minutos entre la contratación y la prestación efectiva del servicio de VTC no está justificada.

El Alto Tribunal señala que no existe una explicación clara sobre cómo esa exigencia contribuye a alcanzar los fines perseguidos.

Asimismo, el Tribunal Constitucional considera que esta medida sitúa a los VTC en una desventaja competitiva frente a los taxis, sin ofrecer una justificación adecuada o una protección real al consumidor.

Por ello, declara que la norma vulnera el artículo 38 de la Constitución, que protege la libertad de empresa, al obstaculizar de manera desproporcionada la actividad de los VTC.

Con esta decisión, el Tribunal Constitucional refuerza la necesidad de que cualquier restricción a la libertad de empresa debe estar debidamente justificada y ser proporcionada, especialmente en un sector tan competitivo como el del transporte de viajeros.

Noticias relacionadas:

El Tribunal Constitucional avala la Ley de Vivienda y rechaza el recurso del Parlament de Cataluña

El TC valorará si la negativa de Sánchez a declarar por el accidente de Adamuz vulnera la Constitución

Opinión | Un tribunal de amparo… que no ampara: Yo acuso

El presidente del TEDH alerta que las amenazas a los jueces ponen en riesgo la democracia en su visita al Constitucional

Multa de 200.000 euros a una empresa de VTC por obligar a los conductores a descargarse hasta cuatro «apps» en sus móviles personales para trabajar

El TC falla a favor de un ciudadano, detenido por el presunto quebranto de medidas cautelares, por vulnerarse el «habeas corpus»

Lo último en Tribunales

prisión soto del real aepd funcionarios de prisiones

La AEPD investiga la prisión de Soto de Real por el uso de datos personales de los trabajadores en el registro horario

El TS obliga al BBVA a indemnizar con más de 13 millones a una empresa a la que endosó un producto estructurado complejo

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo