El TC declara inconstitucional la diferencia salarial entre letrados coordinadores del Gabinete Técnico del TS
Campo presentó su abstención porque cuando era ministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez dijo que la amnistía era «claramente inconstitucional» en los informes sobre los indultos a los condenados por el ‘procés’. Foto: EP

El Constitucional acepta la abstención de Campo y admite la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo sobre la amnistía

11 / 09 / 2024 13:02

Actualizado el 24 / 09 / 2024 15:48

El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto este miércoles por unanimidad aceptar la abstención del magistrado Juan Carlos Campo y admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad que planteó el Tribunal Supremo (TS) sobre la aplicación de la ley de amnistía al delito de desórdenes públicos.

Tal y como se preveía, el Pleno de la corte de garantías –con el apoyo de sus 12 magistrados (los 7 progresistas y los 5 conservadores)– ha admitido tanto la solicitud de Campo de apartarse como la consulta elevada por el Supremo.

Campo presentó su abstención porque cuando era ministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez dijo que la amnistía era «claramente inconstitucional» en los informes sobre los indultos a los condenados por el ‘procés’.

No es la primera vez que el magistrado decide apartarse en deliberaciones sobre la amnistía, puesto que ya se abstuvo en noviembre de 2023 –cuando la ley se estaba negociando– de un recurso de amparo presentado por un particular.

Argumentó que lo hacía para salvaguardar la «imparcialidad» del Constitucional.

La abstención de Campo, encuadrado en el sector progresista del tribunal, no afectaría a la correlación de fuerzas entre los bloques, que quedaría 6 a 5, con lo que los conservadores seguirían en minoría.

Primer asunto sobre la ley de amnistía

El Pleno del TC, además, ha dado trámite al primer asunto relativo a la ley de amnistía aprobada el pasado mayo.

Se trata de la cuestión de inconstitucionalidad que el pasado julio le trasladó el TS al considerar que el artículo 1 de la medida de gracia vulnera el derecho constitucional a la igualdad y los principios de seguridad jurídica, proscripción de la arbitrariedad y exclusividad jurisdiccional.

El Supremo decidió acudir al Constitucional tras estudiar el caso de dos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia que condenó al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros líderes del ‘procés’.

UN FALLO CLAVE

Una vez admitida, la respuesta al TS tardará en llegar entre seis meses y un año y, aunque no se podrá extender automáticamente al resto de cuestiones de inconstitucionalidad y recursos que puedan llegar, porque el contenido impugnado y los argumentos expuestos pueden variar, lo cierto es que marcará el camino.

De acuerdo con las fuentes del TC consultadas por Europa Press, cuando se resuelvan las dudas manifestadas por el Supremo, será el turno de los recursos de inconstitucionalidad. De momento, el TC tiene en sus manos los presentados por el PP y varias autonomías gobernadas por los de Alberto Núñez Feijóo, como Madrid o Andalucía.

El magistrado conservador José María Macías se ocupará de la ponencia sobre el recurso firmado por ‘Génova’, según ha tocado por turno de reparto.

Las fuentes aseguran que no sopesa abstenerse, a pesar de que se pronunció contra la ley de amnistía como vocal del CGPJ.

De los demás recursos de inconstitucionalidad registrados por las comunidades ‘populares’, Campo ha recibido el de Cantabria, pero se espera que se abstenga y, por turno, recaiga en su compañero conservador César Tolosa.

Al margen de las abstenciones, ya son varios los recursos acompañados de recusaciones contra tres magistrados: el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez y Campo.

Sin embargo, en la sede de Domenico Scarlatti ven poco recorrido a estas peticiones.

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