El Tribunal Supremo ha confirmado dos años de prisión para un capitán del Ejército de Tierra por desobediencia. Le comunicaron que debía irse de misión a Turquía, pero se negó a hacerlo, por lo que no cumplió con una orden recibida.
Los magistrados de la Sala de lo Militar, Clara Martínez de Careaga (ponente), Jacobo Barja, José Alberto Fernández, Fernando Marín y Ricardo Cuesta han resuelto en la sentencia 36/2024 de 8 de octubre el caso. Este delito está recogido en el artículo 44 del Código Penal Militar (CPM).
Según se explica en la resolución, el capitá recibió en la mañana del 30 de septiembre de 2021 la llamada de un compañero del cuerpo de intendencia. Éste le informó que había sido designado para llevar a cabo una misión para cubrir el puesto de Jefe de Sección Económico-Administrativa (SEA) en la Operación Apoyo a Turquía.
Tras hacerse oficial el nombramiento, el capitán comenzó a manifestar a sus mandos diversos inconvenientes para su despliegue. Por ejemplo, que tenía un corte en el pie, que carecía de pasaporte o que no estaba vacunado de coronavirus. También, que no iba a hacerlo porque su pareja estaba embarazada y que no estaba preparado para el puesto designado.
Insistían en que tenía que acudir a los cursos
El teniente coronel le comentó en su despacho que era una orden por escrito reflejada en el SIMENDEF -el sistema de mensajería oficial- del Cuartel General de la Fuerza Terrestre (CGFUTER). De modo que le insistieron en que debía acudir el lunes 4 de octubre de 2021 a Coruña para realizar unas jornadas previas al despliegue. El capitán, en esos momentos, manifestó que no iba a ir y que haría todo lo posible, dice la sentencia.
Comentó que iba a acudir a urgencias porque le estaban dando taquicardias y escalofríos por la situación que estaba viviendo. Ese mismo día, tanto el teniente coronel como el comandante se pusieron en contacto con el capitán a través de WhatsApp para interesarse por su estado. Les dijo que había solicitado la baja por un corte en el pie y que el lunes 4 de octubre -día en el que tenía que asistir a los cursos- la tramitaría.
Pero esta baja no estaba concedida porque no estaba presente en el informe médico ni había constancia de que fuera validada por el mando competente. Posteriormente manifestó al coronel jefe que «no se sentía capacitado para ir de misión» y que su cumplimiento podía afectar a su patrimonio.
Finalmente el 5 de octubre de 2021 el jefe del Estado Mayor de la Fuerza Terrestre relevó al capitán de la operación de apoyo a Turquía.
El capitán acudió a los tribunales
Por estos hechos, el Tribunal Militar Territorial Cuarto le condenó como autor responsable del delito consumado de «desobediencia». Por lo que decidió acudir al Tribunal Supremo para recurrir la sentencia.
Allí expuso cuatro motivos: vulneración del derecho de presunción de inocencia, valoración errónea de las pruebas, indebida aplicación del artículo 44 del CPM y, de forma subsidiaria, falta de proporcionalidad de la pena impuesta.
El abogado del capitán relató que no se negó a dar cumplimiento de la orden recibida, sino que «solamente procedió a exponer las circunstancias personales y profesionales» por si se tenían en cuenta.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso. Los magistrados han concluido que las pruebas aportadas, especialmente las declaraciones de sus superiores, demostraron una negativa explícita y abierta del capitán a cumplir la orden.
Además, se trataba de una misión enmarcada en el compromiso de España con sus aliados de la OTAN en temas de seguridad, vecindad y solidaridad.
Por lo que el incumplimiento de dicha orden revelaba «un escaso o nulo compromiso del capitán con la promoción de la paz y los derechos humanos en el ámbito global al tiempo que contraviene la imagen de España como un estado solidario y comprometido con la seguridad y el bienestar de la comunidad internacional».
A todo ello había que sumarle que los hechos habían tenido gran trascendencia tanto en su Unidad como fuera. Pues otro oficial tuvo que ser designado.