Orduña plantea que se elabore «un protocolo de actuación» que supervise la correcta evaluación de la solvencia en créditos al consumo
Francisco Javier Orduña, el segundo por la izquierda, con los coautores de la obra que ha dirigido. A la izquierda Eduardo Lafarga, presidente de la Comisión de Protección de Datos de ASNEF, a la derecha, Ignacio Pla, secretario general de ASNEF, y Jesús M. Sánchez, decano del Colegio de la Abogacía de Barcelona. Foto: Confilegal.

Orduña plantea que se elabore «un protocolo de actuación» que supervise la correcta evaluación de la solvencia en créditos al consumo

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25/10/2024 05:40
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Actualizado: 25/10/2024 08:16
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El catedrático de derecho civil y exmagistrado del Supremo, Francisco Javier Orduña, defendió esta propuesta durante la presentación de la obra colectiva –una monografía– titulada «Crédito Responsable y ficheros de solvencia patrimonial» (Tirant Innova), que él mismo ha dirigido y que fue presentada en Madrid en la Fundación Pons.

Un acto en el que también participaron tres de los coautores: Jesús M. Sánchez, decano del Colegio de la Abogacía de Barcelona, Ignacio Pla Vidal, secretario general de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF), y Eduardo Laffarga, presidente de la Comisión de Protección de Datos de ASNEF.

El profesor Orduña subrayó que la normativa europea apuesta, en definitiva, a que la evaluación de la solvencia del consumidor constituya una obligación contractual del prestamista, y que dicha evaluación resulte acorde con la función económico-social que desempeña el crédito al consumo.

No obstante, dicha normativa no concreta el marco de regulación de esta obligación. En nuestra legislación sectorial este marco también es difuso, con referencia a criterios generales que, a veces, parece entrar en contradicción con la propia función del crédito al consumo.

De ahí la necesidad de elaborar un «protocolo de actuación» para el sector que, respetando los intereses y bienes jurídicos en juego, dé una respuesta de seguridad jurídica en el cumplimiento de esta obligación a cargo del prestamista y, también, proteja a los clientes de posibles abusos o automatismos en la evaluación negativa de su solvencia.

Todo ello, con un perfecto anclaje en la normativa europea y nacional sobre protección de datos.

Estos protocolos, por tanto, resultan relevantes desde el plano preventivo, pues evitarían la excesiva litigiosidad en el sector derivada del incumplimiento de esta obligación que, sin duda, puede acarrear múltiples responsabilidades dada su naturaleza de información precontractual y su clara conexión con la nulidad del contrato y las consecuencias jurídicas derivadas.  

Además, recordó que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 15 de junio de 2023, ha allanado el camino para que los consumidores reclamen indemnizaciones derivadas de la nulidad de los contratos, en aplicación de la Directiva 93/13.

Francisco Javier Orduña Moreno, director de esta obra, es catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Valencia y exmagistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo. Foto: Confilegal.

CONTRATO MARCO

Jesús María Sánchez, decano del Colegio de la Abogacía de Barcelona y coautor en la misma obra, expresó su visión sobre el problema de la inseguridad jurídica en el sector financiero, coincidiendo en gran parte con el enfoque de Orduña, si bien le dio al protocolo un nombre distinto: contrato marco.

Según Sánchez, el mercado financiero está atrapado en un caos de interpretaciones legales contradictorias que generan incertidumbre y confusión tanto para los consumidores como para las empresas.

Esto crea un entorno de inseguridad jurídica que afecta negativamente a todos los involucrados.

Durante su intervención, destacó que el contrato marco es una solución clara y eficaz para poner fin a esta situación.

Un contrato marco sería un modelo estandarizado que ofrecería una estructura clara y fácil de aplicar. Tanto las entidades financieras, como los consumidores y los profesionales del derecho, podrían usarlo como una referencia común.

Esto evitaría que cada caso fuera interpretado de manera diferente por los jueces, lo que reduciría los conflictos y disputas derivados de la falta de claridad en la aplicación de las leyes.

Jesús M. Sánchez, decano del Colegio de la Abogacía de Barcelona, coautor de la obra, apuesta por un contrato marco para acabar con el actual estado de cosas. Foto: Confilegal.

Sánchez puso un ejemplo concreto para ilustrar el problema: una pareja que, sin una adecuada evaluación de su solvencia, acumuló 50 créditos y una deuda de 150.000 euros, teniendo ingresos de solo 500 euros al mes.

Este caso demuestra cómo la falta de un control adecuado en el sistema actual puede llevar a situaciones de sobreendeudamiento, algo que podría evitarse con un contrato marco que establezca normas claras para evaluar la capacidad de pago de los consumidores.

El decano también elogió el trabajo del Banco de España con su Guía de Gobernanza y Transparencia, que ofrece recomendaciones claras sobre cómo deben redactarse los contratos financieros para que sean más justos y transparentes.

Sánchez destacó la importancia de esta herramienta, afirmando: “Recomiendo la lectura de la Guía de Gobernanza y Transparencia del Banco de España, que es muy didáctica”.

Sin embargo, advirtió que aplicar las normativas actuales a contratos antiguos puede generar problemas.

“Lo que no puede ocurrir es que contratos del 2012, del 2014 y de los 2015 se les aplique la normativa del 2011, que fue modificada en 2020 regulando por primera vez el crédito ‘revolving’”, explicó. Para evitar estos desajustes, un contrato marco proporcionaría una guía uniforme y estable que mantendría la transparencia en todo el sistema financiero, sin crear confusiones entre las regulaciones pasadas y presentes.

De izquierda a derecha, Eduardo Laffarga, Francisco Javier Orduña, Ignacio Pla y Jesus M. Sánchez. Foto: Confilegal.

Ignacio Pla, secretario general de ASNEF, por su parte, habló sobre el tratamiento de datos personales en el crédito al consumo: “El tratamiento de datos personales constituye la base imprescindible de todo crédito responsable y por ello, ASNEF junto con sus entidades asociadas trabajan para facilitar al consumidor, el acceso de forma sencilla y clara a la información sobre el uso de los datos”, aseguró.

La intervención de Eduardo Laffarga, presidente de la Comisión de Protección de Datos de ASNEF, giró en torno a la guía de buenas prácticas en materia de protección de datos de ASNEF como ejemplo de responsabilidad proactiva, señalando que “no es posible el crédito responsable sin un uso intensivo de los datos personales y seguridad jurídica en el tratamiento de los mismos”.

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