El presidente de la Abogacía Española, Salvador González, junto al presidente del Senado, Pedro Rollán. Foto: CGAE

La Ley Orgánica del Derecho de Defensa ya es un hecho

Se publicará como ley en el BOE en los próximos días

30 / 10 / 2024 13:06

Actualizado el 30 / 10 / 2024 13:08

La suspensión del Pleno del Senado como consecuencia de la DANA que ha azotado el Levante ha supuesto de facto la aprobación definitiva del proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa, que entrará en vigor con el texto aprobado por el Congreso de los Diputados y que se publicará como ley en el BOE en los próximos días.

El Senado tenía previsto votar hoy el proyecto de ley con los cambios introducidos por algunos grupos parlamentarios, pero la suspensión ha impedido la votación, lo que ha provocado que mañana se excederán los plazos previstos para que la Cámara Alta pueda introducir modificaciones en el texto, según el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).

Ha sido el propio presidente de la Cámara, Pedro Rollán, quien ha explicado a los senadores la consecuencia de la citada suspensión.

El presidente de la Abogacía Española, Salvador González, que esta mañana ha asistido a la sesión del Senado como invitado y que ha mantenido previamente una reunión con su presidente, ha valorado muy positivamente el trabajo del Senado, así como el hecho de que la aprobación definitiva de la ley pueda hacerse efectiva antes de que concluya el año.

La ley del Derecho de Defensa consolida las garantías legales de los ciudadanos, dotando de una ley orgánica a un derecho esencial recogido en la Constitución. Además, ofrece nuevos instrumentos que deben facilitar el ejercicio profesional de la abogacía”, ha apuntado González.

En concreto, la nueva legislación reflejará que los Colegios “deberán amparar al profesional que se considere perturbado o presionado en el ejercicio de sus funciones y denunciar todas aquellas medidas normativas o actuaciones públicas o privadas que menoscaben el derecho de defensa”.

También contiene alusiones claras a la conciliación en el ejercicio de la abogacía o el derecho de los clientes a ser informados de los costes generales del proceso

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