Los casos de banca y el atentado de La Rambla y Cambrils, los temas que más han interesado a los jueces en 2024
Las sentencias que más han consultado en la extranet han sido las relacionadas con asuntos de banca y con el atentado de La Rambla el 17 de agosto de 2017.

Los casos de banca y el atentado de La Rambla y Cambrils, los temas que más han interesado a los jueces en 2024

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09/1/2025 05:35
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Actualizado: 10/1/2025 11:04
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Los jueces y magistrados se han interesado este 2024 por varios casos clave. Las sentencias que más han consultado en el ámbito interno de la extranet han sido las relacionadas con asuntos de banca y con el atentado de La Rambla el 17 de agosto de 2017, según los datos ofrecidos por el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) a Confilegal.

La primera de ellas es la 88/2024 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictada el 24 de enero. En ella estimaron el recurso de casación y reconocieron legitimación pasiva a 4FINANCE, a quien se extiende el pronunciamiento del juzgado de primera instancia que estimó la demanda contra Invest Capital Ltd. Recibió 1.829 visitas.

Los hechos se remontaban a julio de 2017. La mujer concertó un préstamo online de 800 euros que debía devolverse en 24 mensualidades. Tenía una TAE del 151% y un interés de demora del 1,76% diario sobre el importe impagado.

Tras poner la demanda al considerar que era usurario, la empresa quiso desentenderse alegando que el 20 de diciembre de 2018 había cedido el crédito a Invest Capital. En esos momentos, la afectada amplió la demanda.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº2 de Mieres le dio la razón y declaró que la clienta sólo estaba obligada a pagar la cantidad prestada y obligó a Invest a devolver el exceso cobrado de más. La mujer, disconforme, decidió presentar un recurso ante la Audiencia Provincial de Asturias tras haber absuelto a 4Finance al entender que tenía legitimación pasiva, pero los magistrados lo desestimaron.

La sentencia del Supremo, cuyo ponente fue Ignacio Sancho Gargallo, estableció que no le habían comentado que el préstamo se había cedido y extendió la condena a 4Finance.

Préstamo hipotecario

Por otro lado, los jueces se han interesado en la sentencia 565/2024 de 54 de abril, también de la Sala de lo Civil. Estaba relacionada con un préstamo hipotecario y fue consultada un total de 1.484 veces.

El origen del caso nació en 2010 cuando Caja Rural de Teruel atribuía al prestatario la totalidad de los gastos derivados de la operación hipotecaria. La afectada decidió demandar en 2021 solicitando la nulidad de dicha cláusula de gastos y la devolución de las cantidades abonadas.

El banco ingresó en la cuenta de la prestataria su importe, más sus intereses, al tiempo que le remitía una carta en la que aceptaba su reclamación. Además, se allanó antes de que transcurriera el plazo de contestación. El Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Teruel dio la razón a la afectada y le impuso las costas.

Sin embargo, recurrieron ante la Audiencia Provincial que, sin entrar a valorar las concretas circunstancias del allanamiento, consideró que, por aplicación del principio de efectividad del Derecho de la Unión Europea, debían imponerse en todo caso las costas a la prestamista. El Supremo también desestimó el recurso del banco en una sentencia cuya ponencia corrió de la mano de Pedro José Vela.

La sentencia del atentado de Cataluña

La tercera más leída ha sido la sentencia 873/2023 del Tribunal Supremo dictada el 24 de noviembre de 2023 ponencia de Javier Hernández. Recibió un total de 1.036 visitas.

En ella se confirmó la condena de los dos principales acusados de formar parte del grupo terrorista que el 17 de agosto de 2017 perpetró un atropello masivo en La Rambla de Barcelona. Acabó con la vida de 14 personas, mató a otro durante su huida y dejó otra víctima en Cambrils, Tarragona. Hubo también 140 heridos.

La Sala de lo Penal rechazó las pretensiones de nulidad del juico celebrado y descartó lesión del derecho al ejercicio de la acción penal. De modo que avaló 43 años de prisión para Driss Oukabir y 36 años para Mohamed Houli Chemlal. El atentado dejó 16 muertos y 140 heridos.

Se les atribuyeron los delitos de pertenencia a organización criminal con finalidad terrorista, fabricación y tenencia de explosivos y de estragos y lesiones imprudentes. Pero ninguno fue condenado como responsable de las 16 muertes.

Sin embargo, rebajó la pena a Said Ben Iazza de 8 años a 18 meses al entender que existían dudas razonables de que conociera con detalle que, con su participación, colaboraba con la organización terrorista.

Los recurrentes denunciaban la vulneración de las garantías del derecho de defensa porque se les privó de su derecho a designar abogado defensor durante el periodo de su detención y en su primera comparecencia ante el juez de instrucción. Basaban este motivo en la llamada ‘doctrina Atristain’ del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).   

La mencionada sentencia recogía que “pueden imponerse restricciones al acceso de un acusado a su abogado si existe una causa justificada. La cuestión relevante es si, a la luz del procedimiento en su conjunto, la restricción ha privado al acusado de un juicio justo”.

Además, el TS mencionó en sus 200 páginas de sentencia el ‘caso Ibrahim’ y otros contra Reino Unido en el que el TEDH avaló, por razones imperiosas, mantener incomunicados a 3 detenidos por los atentados terroristas de 7 de julio de 2005 en Londres donde se les aplicó la «Terrorist Act», la cual permite interrogatorios de seguridad sin presencia letrada.

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