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Opinión | Deontología para principiantes (IV)

Albino Escribano es decano del Colegio de Abogados de Albacete y una de las principales autoridades, a nivel nacional, de la ética y deontología profesional del abogado. Foto: AE.
20/1/2025 05:35
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Actualizado: 19/1/2025 21:51
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Couture. Mandamientos del Abogado.
Eduardo Couture fue un abogado y profesor uruguayo, con una importante obra en derecho procesal. Sin embargo, quizá sea más conocido por los llamados Mandamientos del Abogado, una breve obra de enorme contenido ético, en la que reseña un decálogo de actitudes esenciales en el ejercicio de la profesión, y cuya trascendencia normativa, deontológica, examinamos como parte básica de la deontología.
“4º. LUCHA: Tu deber es luchar por el derecho; pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia”
La lucha por el derecho hace que se conciba al abogado como un guerrero, el soldado del derecho. Un gran abogado y escritor albaceteño, José Salustiano Serna, señalaba que la abogacía es “la fuerza de choque, la que lucha en vanguardia, la infantería del derecho”.
La lucha del día a día por el derecho de nuestros clientes es lo que nos caracteriza.
Para explicar este mandamiento, hay que partir de la defensa de la abogacía por Couture respecto de opiniones que dudan de la virtud de la profesión y que han llegado a calificarla como intrínsicamente inmoral.
Exponía el profesor que la crítica responde a un error conceptual, a la confusión entre la abogacía y la defensa, señalando que la ley de la abogacía es la ley de la libertad.
«La actuación diaria se debe concebir y destinar no sólo a ganar simples batallas, sino una guerra, la de la justicia»
El abogado tiene libertad para aceptar o rechazar una causa (dice el artículo 2.4 del CDAE que la independencia de quienes ejercen la Abogacía permite no aceptar el encargo), pero si la acepta, su destino queda fijado al convertirse en su defensor, y como defensor ya ha perdido esa libertad en base a la lealtad a la causa que se ha obligado a defender (el artículo 12.A.9 CDAE obliga a llevar a cabo el encargo en su integridad).
Y debe llevar adelante su defensa hasta el día que entienda que la causa es indefendible.
En este ámbito hay que entender el mandamiento: el derecho no es un fin, sino un medio. La justicia es un fin en sí misma, siendo el derecho un medio de acceso a ella. Por ello la lucha ha de ser por la justicia.
La utilización del derecho fuera de su destino propio, servir a la justicia, supone una dejación de la independencia moral del abogado. Y afirma Couture que ningún abogado es tan rico como para rechazar asuntos justos porque sean chicos ni tan pobre como para aceptar asuntos injustos porque sean grandes.
Hay que tener la entereza de no realizar aquellas actividades que contravengan el valor de la justicia, así como rechazar aquellas causas que sean indefendibles, independientemente de la importancia del cliente o de la causa.
Nuestro Código Deontológico consagra que la obligación de tutelar los intereses que se nos confían no puede justificar la desviación del fin de Justicia al que la profesión se haya vinculada (artículo 10.1).
Cabe concluir el mandamiento de Couture diciendo que la vida del abogado como guerrero del derecho se marca por su trayectoria.
La actuación diaria se debe concebir y destinar no sólo a ganar simples batallas, sino una guerra, la de la justicia.
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