Los policías nacionales tienen derecho a cobrar trienios, incluso estando destinados en el extranjero
"Es una auténtica aberración", destacan fuentes del Sindicato Profesional de Policía (SPP) respecto a la negación del pago de trienios. Foto: EP

Los policías nacionales tienen derecho a cobrar trienios, incluso estando destinados en el extranjero

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19/2/2025 05:35
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Actualizado: 18/2/2025 18:33
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Los agentes de Policía Nacional podrán cobrar sus trienios mientras estén destinados a la Fundación Internacional e Iberoamericana. Ello, sin tener que pasar por los tribunales para ver reconocida su remuneración. Un allanamiento dentro del cuerpo policial que reconoce el derecho de estos agentes en el extranjero a percibir este complemento de antigüedad.

Juliano (nombre ficticio), agente de la Policía Nacional, acudía ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en 2023. Ello, para defender su derecho a percibir sus trienios, estando ‘destinado’ en el extranjero.

Un agente que, en septiembre de 2017, comenzó a desempeñar un puesto de trabajo en la Fundación Internacional y para Iberoamérica de la Administración y Políticas Públicas (FIIAPP). Ello, con autorización de la Dirección General de Policía.

Situación de «servicio activo» en el extranjero que, sin embargo, pronto se convertía en un elemento negativo económicamente para el policía. Y es que, a la vez que comenzaba a percibir las retribuciones por parte de la FIIAPP, «la Dirección General de la Policía dejaba de pagarle el complemento de antigüedad«.

Algo que Juliano llevaba ante los tribunales. En concreto, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM que, en su sentencia 682/2023, reconocía el derecho del trabajador a percibir sus trienios.

«Es una auténtica aberración», destacan fuentes del Sindicato Profesional de Policía (SPP) a Confilegal con respecto a la negación del pago de trienios.

Allanamiento de trienios para los agentes de Policía

Caso de Juliano que no ha sido el único que se ha producido en los últimos años. Y que han recibido el fallo favorable de los tribunales. Por ejemplo, en el caso de la sentencia 747/2019 del TSJM en relación a esta misma situación.

Agentes enviados como expertos a La Paz, en Bolivia, o como coordinador regional en Kirguistán que han logrado en los tribunales el cobro de sus trienios.

Fallos judiciales ante los que, en este mes de febrero, el Jefe de la División de Personal de la Policía Nacional, Guillermo Blázquez Blázquez, aprobaba el allanamiento de esta situación a todos los agentes afectados.

«Las recientes sentencias de distintos TSJ consideran que, dado que el recurrente se encuentra en la situación administrativa de «servicio activo», el abono de los trienios como funcionario del Cuerpo Nacional de Policía no deriva del contrato de trabajo ni de los servicios que desempeña, sino de la referida situación administrativa», explica en una misiva.

En consecuencia, «se considera que procede el allanamiento» de las pretensiones de los agentes. Una victoria ante una lucha de años en los contenciosos que celebraban desde SPP.

«Es un acierto de este nuevo Jefe de División de reconocer, de oficio, o bien allanándose en los procedimientos que ya están en marcha, para evitar costas a la administración. Y, sobre todo, demoras en el pago a los demandantes», destacan.

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