Así lo ha establecido hoy la resolución publicada por el BOE, firmada por la secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.
El 1 de julio nacerán los tribunales de instancia
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07/3/2025 19:17
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Actualizado: 07/3/2025 19:17
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El 1 de julio de 2025 entrará en vigor la transformación de los juzgados en tribunales de instancia, según lo establecido en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. La medida se aplicará de forma escalonada en tres diferentes fechas a lo largo del año.
FASES DE IMPLEMENTACIÓN
El próximo 1 de julio de 2025 los actuales juzgados de primera instancia e instrucción –también denominados mixtos– y los juzgados de violencia sobre la mujer pasarán a ser secciones civiles, de instrucción y de violencia sobre la mujer en aquellos partidos donde no existan otros tipos de juzgados.
El 1 de octubre los juzgados de primera instancia, los juzgados de instrucción y los juzgados de violencia sobre la mujer se transformarán en secciones civiles, secciones de instrucción y secciones de violencia sobre la mujer en los partidos judiciales donde no exista otro tipo de juzgados.
El 31 de diciembre todos los restantes juzgados, no comprendidos en los supuestos anteriores, se transformarán en las respectivas secciones conforme a lo que dice la ley.
Un nuevo modelo de organización
Esta reforma va acompañada de la implantación de una nueva Oficina Judicial, cuyo despliegue se realizará en paralelo a la constitución de los tribunales de instancia.
Esta oficina reorganizará los puestos de trabajo de la Administración de Justicia, según la relación de puestos aprobada por la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia.
Para ello, el Ministerio y las 12 Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia (Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja, Madrid, Navarra y País Vasco) tienen que elaborar las relaciones de puestos de trabajo de cada una de estas oficinas para su aprobación previa negociación con los sindicatos. Y después proceder a la posterior provisión de los puestos.
Objetivo de la reforma
El cambio responde a la necesidad de modernizar la justicia y hacerla más eficiente, facilitando una mejor distribución del trabajo y agilizando los procedimientos judiciales. Asimismo, busca reforzar la especialización de los jueces y mejorar la atención al ciudadano.
Este proceso supone una de las mayores reformas en la organización judicial española en los últimos años, con un impacto significativo en el funcionamiento de los tribunales y la administración de justicia en todo el país
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