Un juez de lo penal puede invalidar pruebas ilegales, aunque provengan de decisiones firmes de otros tribunales. Foto: Confilegal.
El Constitucional avala que un juez de lo penal decida sobre la validez de pruebas obtenidas en otra jurisdicción
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11/3/2025 05:35
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Actualizado: 10/3/2025 23:56
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El Tribunal Constitucional ha dejado claro que los tribunales penales tienen la última palabra sobre la validez de las pruebas de cargo.
En una sentencia unánime, la Sala Primera, compuesta por Cándido Conde-Pumpido, presidente, Ricardo Enríquez Sancho, ponente, Concepción Espejel, María Luis Segoviano, Juan Carlos Campo y Mario Macías, ha dictaminado que un juez de lo penal puede anular pruebas obtenidas en registros ordenados por jueces de lo contencioso-administrativo si vulneran derechos fundamentales.
El caso: una absolución revocada por la Audiencia
La demandante, Wenzhou Zeng, fue acusada de delitos contra la Hacienda Pública. La prueba clave en su contra: documentos incautados en el registro de su empresa, ordenado diez años antes por un juzgado de lo contencioso-administrativo.
El Juzgado de lo Penal la absolvió, declarando nula la prueba por falta de motivación en la orden de registro.
El abogado del Estado y el Ministerio Fiscal recurrieron en apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que tumbó la sentencia de la primera instancia ordenando repetir el juicio con otro juez, sin excluir dicha pruega.
La acusada recurrió al Tribunal Constitucional, alegando que la Audiencia ignoró su derecho a una defensa efectiva. Sostenía que la orden de registro era ilegal porque se dictó sin que existiera un procedimiento de inspección tributaria previo, como exige la doctrina del Tribunal Supremo.
En consecuencia, el Constitucional ha amparado a la mujer al reconocer que la sentencia de la Audiencia Provincial vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva, reafirmando la firmeza de las resoluciones y el efecto de cosa juzgada, evitando contradicciones entre órganos judiciales.
No puede anularse la orden del juez contencioso-administrativo, pero sí declararse ilícita la prueba obtenida si vulnera derechos fundamentales.
Y eso es competencia del juez de lo penal.
La sentencia anula sus resoluciones y ordena repetir el juicio, pero esta vez con un análisis claro sobre la legalidad de la prueba.
Consecuencias: golpe a pruebas fiscales obtenidas sin garantías
Este fallo refuerza la protección de los derechos fundamentales en procesos penales. Un juez de lo penal puede invalidar pruebas ilegales, aunque provengan de decisiones firmes de otros tribunales.
También lanza un mensaje a la Agencia Tributaria y al Ministerio Fiscal: no todo vale para conseguir condenas. Si una prueba se obtiene sin respetar las garantías legales, no sirve.
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