Luis Medina y Alberto Luceño, durante una de las sesiones del juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Madrid.

Medina y Luceño, absueltos de estafar al Ayuntamiento de Madrid en la venta de mascarillas en la pandemia

Los magistrados sí condenan a Luceño a tres años de cárcel por un delito contra la Hacienda Pública y a otros ocho meses por falsedad en documento oficial y a una multa de 3 millones y medio de euros

19 / 03 / 2025 11:00

Actualizado el 19 / 03 / 2025 11:14

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Luis Medina y Alberto Luceño del delito de estafa agravada y falsedad en documento mercantil del que les acusaba la Fiscalía de Madrid por engañar al Ayuntamiento de Madrid en la venta de material sanitaria en marzo de 2020, en plena pandemia del Covid.

En una sentencia notificada este miércoles, los magistrados sí condenan a Luceño a tres años de cárcel por un delito contra la Hacienda Pública y a otros ocho meses por falsedad en documento oficial y a una multa de 3 millones y medio de euros.

La sentencia ha sido entregada a las partes y a los propios acusados en la secretaria de la sección séptima.

El juicio quedó visto para sentencia el pasado 27 de febrero tras los alegatos finales de las defensas, quienes reclamaron al tribunal la absolución de sus clientes al no acreditarse la estafa al Consistorio madrileño.

La vista oral llegó a su fin tras ocho sesiones en las que declararon diversos funcionarios del Ayuntamiento de Madrid, entre ellos la entonces jefa de compras del Consistorio en la pandemia y el director gerente de Madrid Salud, peritos de la Agencia Tributaria y peritos de la Policía Municipal de Madrid.

En sus declaraciones, los procesados dejaron claro que nunca hablaron con Elena Collado, jefa de compras del Ayuntamiento durante la pandemia, de las comisiones, en contra de los manifestado por ésta, y que el precio de las mascarillas las fijó la empresa malaya Leno, el proveedor del material que se suministró.

El abogado de Luis Medina, el letrado José Antonio Choclán, solicitó una sentencia absolutoria al considerar que la acusación de estafa carece de fundamento en primer lugar porque no se podía calcular un sobrecoste de los precios de las mascarillas debido a que el mercado estaba roto sin oferta y no hay incumpliendo de los contratos porque «el fin era traer ese material» sanitario.

NO SE OCULTÓ EL DINERO

El abogado de Alberto Luceño se sumó a los alegatos de su compañero Choclán en relación al delito de estafa agravada, que se imputa a ambos procesados, apuntando que no ha habido ocultación de los cinco millones que recibió en concepto de comisión.

En sus conclusiones, el fiscal mantuvo las penas de nueve y quince años de cárcel a imponer por los delitos de los que les acusa –estafa agravada, falsedad en documento mercantil, falsedad documental y delito fiscal–, agregando la inhabilitación para el ejercicio del comercio durante los años que dure la condena.

En su informe, el fiscal subrayó que han quedado probados todos los hechos de los que se les acusa y de la prueba se acreditan acreditados todos los elementos del delito.

En cuanto a la estafa, consideró que el ánimo de lucro ha quedado «más que probado» por una serie de datos como un correo en el que se dice «pá la saca» y que la operación es un «pelotazo», así como la cuantía de las comisiones.

«La comisión que se llevaron fue del 149% en el caso de las mascarillas, de 244% en el caso de los test y en el caso de los guantes del 426%. Es difícil encontrar mayor ánimo de lucro en este tipo de operaciones», recalcó.

Sobre el engaño, el fiscal destacó que está acreditado que hubo una ocultación de las comisiones y que se quiso dar la creencia que actuaban de forma altruista y de que no se llevaban comisiones, tal y como consta en un correo que manda Elena collado el 22 de marzo en el que escribe que no percibirían dinero por esa operación.

«El precio se incrementa para aprovecharse de las circunstancias, lo que es un elemento nuclear del engaño. Luis Medina y Luceño dijeron que tenían experiencia en comercio exterior cuando no firmaron ninguna operación en esos dos años», reseñó.

Noticias relacionadas:

Aldama declara el jueves como investigado ante el juez Moreno por los contratos de mascarillas de Baleares

¿Hubo organización criminal en el caso Koldo? El Supremo afronta el nudo central de la sentencia que definirá el futuro penal de Ábalos

«10.000 euros mensuales, ¡qué barato que soy!»: Ábalos cierra el juicio con un alegato airado ante el Supremo y el caso queda visto para sentencia

Aldama reconoce los delitos que se le achacan, y pide que se «premie» su colaboración con la Justicia

La administración tributaria no podrá cobrar deudas si no actúa durante los litigios, según el Supremo

El Tribunal Supremo inadmite el recurso del Ayuntamiento de Madrid sobre la Zona de Bajas Emisiones

Lo último en Tribunales

herencia tribunal supremo

El Supremo cambia las reglas sobre qué ocurre cuando un heredero muere sin aceptar una herencia

violación

Condenado por una violación cometida en 2018 gracias al relato de la víctima de 12 años: el testimonio fue único y verosímil

Müller

El «fraude del CEO» no libra del despido: el TSJ balear avala el cese de una empleada que pagó 14.000 euros pese a las advertencias

CARA

Crear una imagen de una chica desnuda con IA es un tratamiento de los datos personales, según la AEPD

elisa mouliaá instagram playa

Elisa Mouliaá carga contra los «jueces fascistas» desde la playa una semana después de estar «en busca y captura»