El TGUE avala prohibir asesoramiento jurídico al Gobierno de Rusia y a sus entidades
El TGUE En concreto, mantiene la multa de 172,4 millones a UBS y reduce las de Namura y UBS a 125,6 millones y 65 millones, respectivamente (frente a los 129,6 millones y 69,4 millones que había impuesto la Comisión Europea.

El TGUE confirma las multas a UBS, Nomura y Unicredit por manipular deuda pública durante la crisis financiera

26 / 03 / 2025 11:28

Actualizado el 26 / 03 / 2025 11:28

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha confirmado este miércoles las multas impuestas a las entidades financieras UBS, Nomura y Unicredit por manipular el mercado de bonos soberanos entre 2007 y 2011, durante la crisis financiera, aunque ha rebajado ligeramente la cuantía de la sanción a las dos últimas.

En concreto, mantiene la multa de 172,4 millones a UBS y reduce las de Namura y UBS a 125,6 millones y 65 millones, respectivamente (frente a los 129,6 millones y 69,4 millones que había impuesto la Comisión Europea cuando en 2021 sancionó las prácticas ilegales de un total de siete bancos). Así, las tres nuevas multas ascienden a 363 millones de euros.

El contexto de estas sanciones se remonta a la investigación de la Comisión Europea, dirigida en aquel momento por Margrethe Vestager, que descubrió un cártel en el mercado de deuda pública.

La Comisión identificó que empleados de estos bancos intercambiaban información comercial sensible a través de chats virtuales, actualizándose sobre precios y volúmenes antes de las subastas de deuda y en el mercado secundario.

La sentencia también señala a otros bancos como Bank of America y Natixis, quienes evitaron sanciones al haber prescrito los delitos, y a Natwest, que fue exonerado por haber colaborado con las autoridades revelando la existencia del cártel.

Por otro lado, Portigon no recibió multa alguna debido a que reportó pérdidas el año anterior.

El fallo del TGUE, que aún puede ser objeto de apelación, respalda en gran medida las conclusiones de la Comisión Europea. No obstante, ajustó las multas a Nomura y Unicredit, considerando errores en el cálculo inicial de las sanciones, como el uso incorrecto de datos por parte de Bruselas y discrepancias en las fechas de inicio de las prácticas ilegales reportadas.

El cartel desarrolló una «infracción única y continua»

El TGUE confirma que el cartel desarrolló una «infracción única y continua» en la que «los intercambios de información sensible desde el punto de vista comercial y las prácticas de fijación de precios y de reparto de la clientela (…) presentan un grado particularmente elevado de nocividad para la competencia».

Este caso reafirma la postura firme de las autoridades europeas contra las manipulaciones de mercado y la responsabilidad corporativa en contextos financieros complejos.

Además, el fallo añade que «los eventuales comportamientos contrarios a la competencia de un empleado son imputables a la empresa de la que forma parte», lo que significa que «los bancos son responsables de la conducta de sus operadores»

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