Un abogado condenado a seis meses de prisión por estafar a una clienta en un recurso de casación que no presentó
El tribunal destaca que, en este caso, concurren los elementos del delito de estafa en la conducta del abogado, “como se pone de manifiesto a través de la prueba testifical, documental y de la declaración del acusado prestada en juicio, prueba de la que emerge, sin duda alguna razonable, la perpetración del mismo”. Foto: Confilegal

Abogado condenado a 6 meses de prisión por estafar a una clienta en un recurso de casación que no presentó

16 / 04 / 2025 00:45

Actualizado el 17 / 04 / 2025 00:30

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La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un abogado a seis meses de prisión por estafar a una clienta durante la supuesta tramitación de un recurso de casación que nunca presentó.

El tribunal, además, lo ha inhabilitado para el ejercicio de la profesión de abogado durante el tiempo de la condena y le ha impuesto el pago de 5.595 euros a la víctima. 

La Sala, formada por los magistrados Manuel Cid, Ricardo Pailos y Ángela Galván, considera acreditado que el acusado, a sabiendas de que no iba a presentar un recurso de casación frente a una sentencia que afectaba a la víctima, “con ánimo de obtener un enriquecimiento injusto, le hizo creer que el procedimiento seguía sus trámites, de manera que le fue exigiendo determinadas cantidades de dinero para trámites que nunca realizó”.

Por ello, recibió 1500 euros en concepto de provisión de fondos para gastos derivados de recuso de casación por unificación de doctrina tramitado ante el Tribunal Supremo (TS), 1495 euros en concepto de pago segunda fase de recurso de casación ante el TS proveniente del TSJ de Galicia.

Además, percibió 1525 euros en concepto de procedimiento ante TSJ de Galicia y TS ante el señalamiento y firmeza de sentencia en TSJ originados en Juzgado de lo social.

Un recurso de casación que no se interpuso

Además de estas cantidades percibidas con base al recurso de casación que no se interpuso el acusado durante el procedimiento recibió de su clienta, en noviembre de 2017, 900 euros por un informe pericial para presentar en segunda instancia en el recurso de suplicación a sabiendas que no podía practicarse pericial en segunda instancia.

Asimismo solicitó a su clienta dinero para abonar los gastos de procurador en primera instancia (175 euros), dinero que no entregó a la procuradora.

El tribunal destaca que, en este caso, concurren los elementos del delito de estafa en la conducta del abogado, “como se pone de manifiesto a través de la prueba testifical, documental y de la declaración del acusado prestada en juicio, prueba de la que emerge, sin duda alguna razonable, la perpetración del mismo”.

Igualmente, señala que «No cabe sino inferir despliegue de comportamiento engañoso por parte del acusado en el sentido de ocultamiento o alteración sustancial de la realidad en cualquiera de sus formas, utilizada como apariencia para ganar la voluntad de la denunciante; deduciéndose de lo actuado que en el instante de anunciar la interposición del recurso de casación discutido no tenía el propósito de llevarlo realmente a efecto.»

El fallo no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.

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