Pedro Sánchez
Los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo han adoptado esta decisión al considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de un delito de prevaricación o de malversación. Foto: EP

El Supremo rechaza investigar a Pedro Sánchez por usar a la Abogacía del Estado para querellarse contra el juez Peinado

7 / 05 / 2025 17:17

Actualizado el 07 / 05 / 2025 17:18

El Tribunal Supremo ha archivado tres querellas que presentaron Vox, Hazte Oír e Iustitia Europa contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por usar a la Abogacía del Estado para querellarse contra el juez Juan Carlos Peinado, conocido por dirigir la investigación contra la esposa del líder socialista, Begoña Gómez.

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo han adoptado esta decisión al considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de un delito de prevaricación o de malversación.

Aseguran que el hecho en sí de interponer una querella no puede dar lugar a un delito de prevaricación y rechazan entrar a valorar el mayor o menor rigor de la querella, su fortaleza o debilidad, «o el acierto o desacierto de la grave decisión de formular una querella contra un juez de instrucción basada en un procedimiento aún en trámite».

Lo que analizan son los intereses aducidos para justificar la legitimación de la Abogacía del Estado para presentar la querella contra el juez, explican los magistrados. Y añaden: «Su iniciativa procesal, no sin cierta razón, aunque sea por lo inédito e insólito del supuesto, le pareció extravagante al Tribunal Superior de Justicia de Madrid».

Igualmente, consideran que la decisión analizada «puede ser discutible jurídicamente», si bien «no resulta groseramente ilegal y adoptada con desdén o indiferencia frente al ordenamiento. No estamos ante una resolución arbitraria, dictada a sabiendas de su injusticia».

«Podríamos diferir profundamente (…) de la valoración que hacía la querella sobre la eventual afectación al prestigio» de la Presidencia del Gobierno «supuestamente derivada de la prestación de testimonio presencial por quien ostenta ese puesto», añade el Supremo.

Sin embargo, deja claro que «es un enfoque no es arbitrario, ni puede ser tachado de disparatado o absolutamente irracional: defender a la cúspide del Poder Ejecutivo frente a lo que se consideraba -infundadamente, según resulta del auto de inadmisión (del Tribunal Superior de Justicia de Madrid)- una indebida merma de las condiciones y garantías que rodean su estatus por un miembro de otro poder».

Noticias relacionadas:

El Supremo amnistía a Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, pero acusa al Constitucional de invadir sus competencias

Revés judicial para Vito Quiles: inadmitida su querella contra Begoña Gómez por un defecto procesal

Jaime Campaner, abogado de Begoña Gómez, presenta en Londres su libro “El derecho a la asistencia letrada eficaz en el proceso penal”

Opinión | Los socios responden antes que el administrador por las deudas tributarias de una sociedad extinguida

La Audiencia de Madrid reabre la causa contra Vito Quiles por presuntas coacciones a Begoña Gómez

Ábalos recurrirá al Constitucional su condena a 24 años de cárcel y acusa al Supremo de «crear normas»

Lo último en Profesionales

Colegio notarial Cataluña

Notarios, abogados y otros colegios profesionales reclaman un pacto transversal ante la crisis de la vivienda en Cataluña

Barrio del Olmo

Los notarios, premiados por los autónomos: “Cuando hablamos de ellos, hablamos de nosotros mismos”

Patricia Jaén

Afianza ficha a Patricia Jaén de la Vega como Chief People Officer para impulsar su estrategia de crecimiento

BDO Abogados

BDO Abogados refuerza sus áreas Legal, Fiscal y Outsourcing con el nombramiento de cinco nuevos socios

Vivienda

Los cambios en la legislación de vivienda disparan las consultas y la incertidumbre en los despachos de abogados