El Supremo decidirá si el nuevo Reglamento de Extranjería vulnera derechos fundamentales
En su recurso ante el Tribunal Supremo las tres asociaciones impugnan 31 artículos clave del Reglamento de Extranjería. Foto: Confilegal.

El Supremo decidirá si el nuevo Reglamento de Extranjería vulnera derechos fundamentales

|
18/5/2025 05:35
|
Actualizado: 17/5/2025 15:34
|

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por las asociaciones Extranjeristas en Red, Coordinadora de Barrios y la Asociación Pro Derechos Humanos de España contra el Real Decreto 1155/2024, por el que se aprobó el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

La demanda, formalizada ante la Sección Quinta de la Sala Tercera impugna un total de 31 artículos y disposiciones del Real Decreto 1155/2024, por considerar que su redacción contradice leyes, directivas y tratados internacionales en vigor.

De esta forma, el Supremo decidirá si el nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por el Gobierno en noviembre de 2024 –y que entra en vigor el 20 de mayo próximo– vulnera derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española y en la normativa europea.

¿Qué se impugna y por qué?

Las asociaciones recurren normas que afectan a derechos esenciales como la vida familiar, la igualdad ante la ley, el derecho a la educación o la seguridad jurídica. Entre los puntos más destacados del recurso se encuentra la exclusión automática de menores extranjeros del visado para cursar estudios no universitarios —como bachillerato o FP—, al exigirse que tengan más de 18 años.

Esta condición, denuncian, discrimina a menores y contradice el marco legal europeo e internacional sobre infancia y educación.

También es objeto de impugnación el nuevo “estatuto del familiar de ciudadano español”, que —lejos de ofrecer un trato igual o preferente— impone más obstáculos que el régimen aplicable a los familiares de ciudadanos de otros países de la Unión Europea.

Según las asociaciones de defensa de los derechos humanos, esto genera una desigualdad injustificada y vulnera el artículo 14 de la Constitución, que garantiza el principio de igualdad ante la ley.

Otro de los bloques más delicados del recurso tiene que ver con la incompatibilidad entre la solicitud de protección internacional (asilo) y los procesos de arraigo.

El nuevo reglamento impide que el tiempo pasado como solicitante de asilo se tenga en cuenta para acceder al arraigo, lo que —según los demandantes— vulnera la Convención de Ginebra, la Directiva europea de procedimientos comunes de asilo y recomendaciones del Defensor del Pueblo.

Por ello, se solicita al Supremo que plantee una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE.

A esto se suman otras medidas que las asociaciones consideran absurdas o desproporcionadas, como la exigencia de que un niño nacido en España deba esperar seis meses para regularizar su situación, o que se prohíba cambiar de permiso a colectivos especialmente vulnerables (personas asiladas, víctimas de trata, guerra o violencia sexual).

Críticas al proceso y advertencia sobre el impacto

En un comunicado hecho público por las entidades recurrentes también apuntan a que la redacción final del reglamento supone una ruptura respecto a la línea mantenida anteriormente por el propio Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social, y genera un marco normativo “confuso y desordenado”.

Sostienen que el reglamento defraudó las expectativas generadas y que, como en ocasiones anteriores, acabará siendo efímero si el Supremo obliga a corregir sus puntos más problemáticos.

Además, denuncian que no se han tenido en cuenta ni las observaciones presentadas por ACNUR durante la elaboración del texto, ni otras advertencias de expertos y organismos independientes.

Y reclaman una reorientación de la política migratoria basada en la garantía de derechos y recuerdan que sigue bloqueada en el Parlamento una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por la regularización extraordinaria de personas migrantes, que respaldan firmemente.

Una cuestión de país

Aunque este conflicto se presenta ante la jurisdicción contencioso-administrativa, sus efectos pueden ir mucho más allá del plano técnico o legal. Está en juego el acceso a derechos fundamentales de miles de personas: menores, familias mixtas, trabajadores extranjeros o solicitantes de protección internacional. Pero también se cuestiona qué modelo de justicia y de integración defiende España.

Si el Supremo estima total o parcialmente la demanda, el Reglamento tendrá que ser corregido, lo que marcaría un precedente relevante.

Las asociaciones insisten en que garantizar una justicia respetuosa con los derechos humanos no es solo una obligación legal, sino también una necesidad para fortalecer la imagen internacional del país, atraer inversión y proteger la cohesión social.

“Una justicia moderna, justa y eficiente es un pilar de la democracia. Este reglamento, tal como está redactado, debilita ese pilar”, concluyen los recurrentes.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales