Opinión | Dentología para principiantes (VIII)

Albino Escribano, decano del Colegio de Abogados de Albacete y uno de los grandes especialistas en deontología profesional de la abogacía, aborda una octava entrega sobre esta temática. Foto: AE.

19 / 05 / 2025 05:35

En esta noticia se habla de:

 Couture. Mandamientos del Abogado.

Eduardo Couture fue un abogado y profesor uruguayo, con una importante obra en derecho procesal. Sin embargo, quizá sea más conocido por los llamados Mandamientos del Abogado, una breve obra de enorme contenido ético, en la que reseña un decálogo de actitudes esenciales en el ejercicio de la profesión, y cuya trascendencia normativa, deontológica, examinamos como parte básica de la deontología.

“8º. TEN FE: Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como destino bondadoso de la justicia; y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni justicia, ni paz”.

Recoge Couture en su octavo mandamiento la fe como conjunto de creencias de la profesión de la Abogacía, y nos traslada la necesidad de tenerla en el derecho como instrumento de convivencia, el más adecuado que ha encontrado el ser humano hasta la fecha, y sin el cual se hace difícil pensar en una sociedad ordenada; también debemos tener fe en la justicia, la cual, a pesar de sus desviaciones, basadas en principios necesarios de paz social y seguridad jurídica, supone la realización del contenido normal del derecho.

La Administración de Justicia constituye el cauce a través del cual se hace efectivo el derecho y se declara la justicia, de ahí que nuestras normas nos exijan defender en derecho sin apartarnos del fin de la justicia, cumpliendo con los fines de su recta administración. Cabe recordar que Couture, en su cuarto mandamiento, señala nuestro deber de luchar por el derecho, pero si éste se encuentra en pugna con la justicia, hay que luchar por esta, al no ser el derecho un fin en sí mismo, sino un medio para conseguir aquella.

La fe en la paz es una exigencia del objetivo final del derecho: la convivencia y la paz social; a ella contribuye la abogacía no sólo haciendo efectiva la obligación de concordia en su asesoramiento y consejo, sino también mediante la función social que está llamada a desempeñar y que realiza día a día como exigencia derivada de su vinculación con la ciudadanía, respecto de la cual ejerce la defensa de sus derechos e intereses legítimos.

Concluye con la fe en la libertad. Sin libertad no hay derecho, ni justicia ni paz. Por ello se consagra en nuestro Estatuto Profesional el especial compromiso con el reconocimiento y la defensa de los derechos humanos. La libertad, junto con la independencia, es el elemento que define a nuestra profesión, sin la cual no se puede concebir.

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