Ante la falta de pruebas que confirmen la versión de la denunciante, el juzgado absuelve a la mujer acusada de un delito de lesiones. Foto: Confilegal
Mujer contra mujer: una pelea en plena calle que no es delito de lesiones por no haber pruebas del enfrentamiento
|
23/5/2025 05:35
|
Actualizado: 23/5/2025 00:34
|
El testimonio de la mujer demandante no coincidía con las palabras ofrecidas por la demandada; una situación de «mujer contra mujer» ante la que el juzgado tomaba la decisión de absolver a la acusada del delito leve de lesiones que pesaba sobre ella. Y es que las condiciones en las que se produjo el conflicto no eran suficientemente explicativas para estimar o desestimar ninguno de los testimonios ofrecidos por las intervinientes.
Una noche de fiesta y diversión que acababa en los tribunales. Así fueron las vivencias de Sol (nombre ficticio) el día 17 de septiembre de 2024.
La mujer se encontraba en la zona de ocio nocturno de Bilbao, donde había acudido con un amigo. «En algún momento del tramo entre las 8 y las 10 horas dela mañana, tuvo un enfrentamiento con varias personas, iniciado por una discusión en el interior de uno de los locales».
Un enfrentamiento que se volvía a producir en el exterior de los locales. Lugar donde, según la denunciante, otra mujer, la denunciada, «le daba fuerte».
Situación desagradable que vivía después de una noche de fiesta que Sol decidía llevar ante los tribunales. En concreto, ante un juzgado de Bilbao, donde aseguraba haber sido víctima de un delito leve de lesiones.
Sin embargo, sus palabras no coincidían con el testimonio de la presunta agresora. Segunda mujer que negaba por completo los hechos.
«Niega haber sido la persona que le agredió, aduciendo que fue otra persona la que se enfrentó a la denunciante», explica ahora la sentencia del 16 de abril de 2025.
La mujer denunciada, absuelta por no haber pruebas
Diversidad de versiones, entre denunciada y denunciante, que lleva al Juzgado a absolver a la mujer acusada. Ello, poniendo de manifiesto las circunstancias en las que se produjeron los hechos.
«El incidente tuvo lugar en un contexto de ocio nocturno, en el exterior de unos locales, pronto en la mañana. Y por lo tanto, no en las mejores condiciones para tener certidumbres en sucesos que son tensos y traumáticos», destaca el juzgado.
Algo que hace que, para el magistrado, no sea posible «considerar que ha existido suficiente grado de certeza sobre los hechos que sustentan la hipótesis acusatoria». Una falta de certeza que también existe en el caso de la versión de la mujer denunciada.
«Los litigantes sostienen versiones contradictorias, sin que hayan existido elementos probatorios de los que inferir que los hechos denunciados deban ser considerados probados», asegura el juzgado. Una falta de pruebas ante la que «es difícil justificar que una versión deba resultar favorecida frente a otra».
Situación que lleva al juzgado a no hacer prevalecer ninguna de las dos versiones ofrecidas sobre los hechos. Y así, fallar a favor de la mujer denunciada. Ello, absolviéndola del delito leve de lesiones que pesaba sobre ella.
Noticias Relacionadas: