Francisco Martínez Vázquez
La defensa de Francisco Martínez no ha dudado en presentar un recurso que, en nueve puntos, argumenta su libertad provisional. Foto: EP

Francisco Martínez presenta 9 motivos contra la prisión incondicional dictada por la magistrada María Tardón

5 / 06 / 2025 05:35

La Audiencia Nacional tomaba la decisión de enviar a prisión incondicional al exsecretario del Estado de Seguridad del Partido Popular Francisco Martínez. Una decisión de la instructora del caso, María Tardón, ante la que la defensa del expopular ha planteado un recurso de hasta nueve puntos. Escrito en el que se busca que se revoque esta decisión. Y así, se acuerde la libertad provisional sin fianza para Martínez.

La ‘Operación Borraska’ daba un giro hace unas semanas, cuando la Policía llevaba a cabo diversas detenciones. Todas ellas, centradas en el influencer y youtuber ‘Valyrio’, Álvaro Martín. También sobre el hacker Alcasec, José Luis Huertas.

Un youtuber el que, con ayuda de los otros tres detenidos, formaría parte de una red dedicada a atacar empresas, tanto públicas como privadas. Ello, para conseguir millones de datos de usuarios. Datos que, posteriormente, venderían en el mercado negro.

Entramado en el que salía a la luz con su detención Francisco Martínez, exsecretario de Estado del Partido Popular. Y es que, según las investigaciones, el expopular habría ayudado en el proceso de blanqueo de los beneficios, a través de la creación de «estructuras societarias y servicios de consultoría».

Un caso que ahora se encuentra ante la Audiencia Nacional. Tribunal ante el que ya compareció Martínez, y donde aseguró que , en su participación, no conocía el origen ni la finalidad de las empresas creadas.

Declaraciones que, sin embargo, no parecen haber sido suficientes para la instructora del caso, María Tardón, que acordaba la prisión incondicional para el expopular. Ello, con el objetivo de evitar el riesgo de destrucción o alteración de pruebas.

9 motivos para la libertad provisional de Francisco Martínez

Situación ante la que la defensa de Francisco Martínez no ha dudado en presentar un recurso de reforma y subsidiario de apelación que, en nueve puntos, argumenta la necesidad de poner en libertad provisional al expolítico, tal y como ha podido saber Confilegal.

Punto 1: «Para el auto recurrido, Francisco desempeña un «rol central en la consolidación y sostenibilidad de la organización criminal». Sin embargo, «no contiene ni una sola acción» que muestre su implicación en este entramado.

Punto 2: Existe una referencia del interrogatorio del Ministerio Fiscal en el que «se puso de manifiesto que la intervención jurídica de Francisco se había limitado a la constitución de dos sociedades». Sin que, posteriormente, aparezca un acto «de gestión, administración, dirección o apoderamiento» de las mismas.

Punto 3: Ni en el auto ni en el traslado de los «elementos esenciales» de la causa aparece mención alguna al «rol central» de Martínez. Algo que, tal y como explicó el propio Martínez, su papel «podría tratarse perfectamente de una consulta profesional».

Punto 4: según se desprende de los apuntes anteriores, la defensa señala que «no se supera el universo de la especulación» en la participación de Francisco Martínez.

Punto 5: La prisión provisional viene fundamentada en evitar la destrucción de pruebas. Pruebas que destaca la defensa, se encuentran en el servidor suizo de José Luis Huertas.

Punto 6: «No existe ni un solo elemento en el auto recurrido del que se infiera la capacidad de Francisco para acceder a las fuentes de prueba de este caso y destruirlas» , destaca el escrito.

Punto 7: pese a la justificación de la prisión provisional para evitar que Francisco accediera a los documentos relacionados con la investigación, lo cierto es que, en el registro, él mismo «facilitó todas las claves» a la policía. También «su colaboración plena e inmediata».

Punto 8: se especifica que Francisco no cuenta con los conocimientos informáticos con el «alto grado de sofisticación» que se necesitarían par ala autodestrucción de las pruebas digitales de la cuenta suiza de Huertas.

Punto 9: como resumen, asegura la defensa que «las circunstancias son a todas luces insuficientes para sustentar una medida tan drástica y excepcional» . Y, de haber elementos que lo sustenten, esas mismas pruebas «se han omitido», vulnerando los derechos fundamentales a la defensa y a la libertad del acusado.

Y es por ello por lo que, en su conclusión, solicita que se revoque esta decisión. Algo que conllevaría la libertad provisional y sin fianza de Francisco Martínez.

Noticias relacionadas:

La Audiencia Nacional confirma la imputación de Jéssica Rodríguez, expareja de Ábalos, en el ‘caso Koldo’

Pedraz rechaza por ahora investigar al PSOE al no existir un “principio de prueba” suficiente

Biedma declara ante Pedraz que se sintió “perseguida” y “angustiada” por la «trama Leire»

Anticorrupción ve indicios contra el PSOE en el caso Leire Díez, pero considera prematura su imputación

Beatriz Biedma, la jueza amenazada por el caso del hermano de Pedro Sánchez, declara en el «caso Leire Díez»

La AN solicita «con urgencia» las llamadas de Vivas a Sánchez tras las versiones contradictorias de Ceuta y La Moncloa

Lo último en Tribunales

CANTORNÉ

El adelanto electoral deja sin aforamiento a Cantorné y Moscoso y obliga al Supremo a decidir el futuro de sus causas

PLUS ULTRA

Calama cita a Verhoeven, señalado por la UDEF como gestor de la red de blanqueo vinculada al rescate de Plus Ultra

Baltasar Garzón, abogado de Fergie Chambers —en prisión preventiva en España por una solicitud de extradición de Estados Unidos—, sostiene que la reclamación estadounidense encubre una persecución política vinculada a su activismo propalestino.

La Audiencia Nacional mantiene en prisión a Fergie Chambers: su fortuna le permitiría huir a un país que no lo entregue a EEUU

Documentos legales ante la Audiencia de Girona

A juicio por poner su correo electrónico en el contrato de «leasing»: la comunicación es suficiente para acreditar el MASC

Las causas para la recusación y la abstención de un juez en una causa se encuentran perfectamente tasadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y –como ha señalado el Tribunal Supremo– han de ser interpretadas de forma estricta. La foto corresponde al grupo escultórico que culmina el Supremo, compuesto por la Ley, en el centro, flanqueada por la Justicia, a la izquierda, y el Derecho. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

El adelanto electoral fuerza al Supremo a decidir ya sobre el voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’