Firmas

Opinión | Inversiones rusas, sanciones y «anti-suit injunctions» en Inglaterra y Gales

Opinión | Inversiones rusas, sanciones y «anti-suit injunctions» en Inglaterra y Gales
Josep Gálvez, abogado español y "barrister" de la Chambers de 4-5 Gray's Inn Square de Londres, cuenta el caso JP Morgan y VTB Bank, un banco ruso, que trató de pasarse por el arco una cláusula arbitral con resultados muy negativos. Foto: JG.
10/6/2025 05:41
|
Actualizado: 10/6/2025 07:46
|

A finales de los noventa, durante unas negociaciones, descubrí una costumbre muy rusa que, según parece, consiste en discutir con la misma pasión que durante la defensa de Stanlingrado bajo asedio del Sexto Ejército de la Wehrmacht.

Recuerdo con nitidez cómo mi interlocutor, con un marcado acento eslavo, me iba indicando la postura de su cliente sobre una cláusula arbitral con unos sutiles gritos hipohuracanados que harían palidecer al mismísimo Mariscal Paulus.

Y es que, en un país acostumbrado a la suave brisa siberiana, tan impredecible como cruel, los foros internacionales de arbitraje se han visto desde antaño como un auténtico reducto de salvación.

O al menos eso creía yo, hasta que que leí la sentencia en el caso JP Morgan y VTB Bank.

Porque lo que allí se ventila no es sólo una disputa contractual al uso, sino un choque de trenes entre el orden internacional y el armazón jurídico de una nación en guerra.

Así que, como diría el camarada Zhúkov mientras golpea la mesa con su puño de hierro:

“¡Basta ya de tonterías y pongámonos a trabajar!”.

UNOS CONTRATOS DE AUTÉNTICO ‘HEAVY METAL’

Como en toda buena contienda mercantil, los protagonistas de esta historia no son improvisados.

A un lado del cuadrilátero tenemos al gigante estadounidense JP Morgan Chase & Co, coloso de las finanzas globales, presente en medio mundo y con sede en Nueva York.

A través de su conglomerado de filiales, especialmente la sucursal londinense, este famoso banco de inversión ofrece toda clase de productos financieros.

Y ahí tenemos desde derivados exóticos hasta las más habituales cuentas en metales preciosos.

Al otro lado del ring, ni más ni menos que VTB Bank PJSC, un enorme banco ruso de capital mayoritariamente estatal, que durante años ha actuado como uno de los hercúleos brazos financieros del Kremlin.

Con sede en Moscú y una clientela que incluye desde inquietantes gasistas siberianos hasta ministerios del gobierno ruso, VTB es todo menos un don nadie.

Pues bien, durante años, JP Morgan y VTB mantuvieron una relación comercial fluida y mutuamente muy beneficiosa mediante distintos acuerdos financieros.

Uno de los contratos era el llamado “Unallocated Metals Account Agreement”, firmado en abril de 2002, mediante el cual VTB abría una cuenta para operar con metales preciosos en Londres.

¿Y por qué en Londres?

Pues porque en la ‘City’ es donde se ubica la famosa London Metal Exchange, el mayor mercado de futuros y opciones sobre metales.

Y es que, al igual que existen mercados de derivados especializados en acciones o en productos agrícolas, la LMA fue fundada en 1877 para apostar exclusivamente sobre el valor de los metales.

Todo ello, claro está, bajo ley inglesa y con una cláusula arbitral a favor de la London Court of International Arbitration.

A este acuerdo se le sumaban otros contratos tanto o más sofisticados, incluyendo distintos derivados financieros de gran complejidad, también con cláusulas arbitrales sometidas a Londres.

A pesar de la maraña contractual, todos estos documentos compartían un hilo conductor: pactos firmes, derecho inglés y arbitraje en la capital británica.

Pero la guerra lo cambia todo.

En efecto, desde 2022 y con las tortas ucranianas recién salidas del horno, el VTB se ha convertido en el blanco predilecto de las sanciones internacionales impuestas por el Reino Unido, Estados Unidos y la UE.

Y con las sanciones en vigor, JP Morgan viene obligada a congelar activos de VTB por valor de 156 millones de dólares.

Pero claro está, a los rusos no les hace ni pizca de gracia y su respuesta no se hace esperar.

UN COMPLEJO ESCENARIO PROCESAL INTERNACIONAL

En efecto, VTB considera que la retención de su dinero es injusta, abusiva y, en su opinión, contraria a los contratos suscritos.

Pero en vez de respetar los acuerdos, decide ir directamente a los tribunales de Moscú, donde presenta una demanda contra JP Morgan.

Es decir, ignora las cláusulas arbitrales firmadas, como si nunca hubieran existido.

Y como si eso no fuera suficiente, VTB hace saber que intentará ejecutar cualquier sentencia favorable en otras jurisdicciones fuera de Rusia.

Claramente, el oso ruso está buscando forzar a JP Morgan a comparecer ante los tribunales moscovitas.

¿Y qué hace JP Morgan?

Pues lo que haría cualquier persona sensata: se va directamente a la ‘Commercial Court’ de Londres para activar el famoso arsenal procesal inglés y solicita lo siguiente:

Por un lado, una ‘anti-suit injunction’ para prohibir a VTB continuar los procedimientos en Rusia, ya que contravienen las cláusulas arbitrales pactadas.

Y por el otro, una ‘anti-enforcement injunction’, para evitar que VTB ejecute una eventual sentencia rusa en otros países.

Como ya saben, estas medidas no existen ni en España ni en la mayoría de los código del continente europeo, siendo especialidades propias de la gastronomía procesal británica.

Viendo las orejas al lobo, VTB se presentó ante la ‘High Court’ y bajo los coros del glorioso ejército rojo, desplegó una estrategia clásica para tratar de desligarse de la cláusula arbitral por supuestas razones políticas, territoriales o simplemente prácticas.

Así que entre espectaculares bailes en zancadillas y saltos acrobáticos de todo tipo, como guinda del pastel, VTB alegó la famosa doctrina del “forum non conveniens”.

Según su interpretación, el tribunal inglés debe abstenerse de intervenir, porque el proceso en Moscú es el foro natural de la disputa ya que, en definitiva, VTB no deja de ser un banco ruso.

LA SENTENCIA DE MR JUSTICE FOXTON: UNA CLASE MAGISTRAL DE FIRMEZA JURÍDICA

La sentencia  JP Morgan Securities PLC & Ors v VTB Bank PJSC [2025] EWHC 1368 (Comm),de 103 páginas no tiene desperdicio.

El juez Mr Justice Foxton, sin duda, uno de los grandes talentos de la judicatura mercantil inglesa, no sólo confirmó que las cláusulas de arbitraje eran válidas y vinculantes, sino que calificó los procedimientos rusos de VTB como ‘vexatious and oppressive’.

Esta exigencia, propia del derecho inglés, traducida al lenguaje castizo viene a significar: “se están ustedes pasando los acuerdos por la Plaza Roja”.

Según explicó el juez, permitir que VTB prosiguiera su litigio en Rusia supondría tolerar un incumplimiento del acuerdo arbitral y dejar sin efecto el principio de autonomía de la voluntad de las partes, base de todo arbitraje serio.

Además, señaló que permitir la ejecución de cualquier sentencia rusa fuera de Rusia sería dar carta blanca a otras jurisdicciones que igualmente ignoran la voluntad contractual de las partes.

Y así, con esa contundencia sosegada que caracteriza al mejor estilo inglés, Mr Justice Foxton otorgó las medidas cautelares solicitadas.

Es decir, no sólo prohibe a VTB continuar su demanda en Rusia, sino que le impide ejecutar cualquier sentencia derivada de la misma fuera del país.

Un auténtico blindaje al arbitraje inglés que encierra al oso ruso y dinamita su ofensiva moscovita.

Pero el caso JP Morgan y VTB no es una rareza.

Es la tercera vez en apenas un año que los tribunales de Inglaterra y Gales acuerdan medidas tan severas frente a maniobras procesales rusas en la oscuridad que intentan eludir cláusulas arbitrales.

Por tanto, el mensaje es inequívoco: en tiempos de sanciones y guerra, el derecho inglés sigue siendo un bastión del orden jurídico y el respeto contractual.

Y mientras tanto, uno no puede evitar comparar esta resolución con lo que pasaría en España.

Me los imagino discutiendo sobre si hay que someterse a mediación o acudir antes al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para discutir el alcance del arbitraje.

No sea que haya algo del acervo comunitario en grave peligro de extinción.

Aquí, en cambio, en una sola resolución se ha ratificado la competencia, interpretado el alcance de múltiples contratos de inversión, valorado peritajes en derecho ruso y resuelto el tema con contundencia y sin rollos.

Y es por eso que, amigos míos, aunque haga frío, llueva sin tregua y una pinta cueste más de seis pavos, Londres sigue siendo el foro preferido de quienes aún creen en que la justicia no debe llegar tarde y mal.

Hasta la semana que viene, mis queridos anglófilos.

Josep Gálvez es «barrister» en las Chambers de 4-5 Gray’s Inn Square en Londres y abogado español. Está especializado en litigios comerciales complejos y arbitrajes internacionales. Interviene ante los tribunales de Inglaterra y Gales, así como en España, y actúa también como ‘counsel’ y árbitro en disputas internacionales en las principales instituciones de arbitraje.

Otras Columnas por Josep Gálvez:
Últimas Firmas