Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, ha tomado la misma decisión que los magistrados instructores del Supremo, en los casos fiscal general del Estado y Koldo García: no entregar a las partes copias copias de las actas audiovisuales de las declaraciones realizadas por los investigados en la causa para impedir que se filtren y que terminen en los programas de televisión de actualidad y en los medios de Internet.
A diferencia de los magistrados Ángel Luis Hurtado, en el primer caso, y en el de Leopoldo Puente, en el segundo, Peinado no ha ordenado que se transcriban las declaraciones para su entrega a las partes.
En una providencia, el magistrado de las dos causas en las que se investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, a Cristina Álvarez, su asistente, y al delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid –antes empleado en el complejo de La Moncloa–, Francisco Martín Aguirre, solo permite la consulta de las grabaciones en la Secretaría del Juzgado.
LAS GRABACIONES AUDIOVISUALES SON HOY LO QUE ANTES ERAN LAS ACTAS QUE ELABORABAN LOS LAJS
Las grabaciones audiovisuales sustituyeron en 2009 a las actas escritas que completaban los letrados de la Administración de Justicia (antes secretarios judiciales) en los juicios. La Ley 13/2009 institucionalizó la supresión de dichas actas escritas sustituyéndolas por las actas audiovisuales, que son grabaciones en video y audio, tanto en los interrogatorios a encausados, testigos y peritos como en los juicios.
Un material que después se entrega a las partes en formato CD o DVD o al que se tiene acceso a través de la plataforma de extranet judicial.
Esta normativa se vio reforzada con la modificación de los artículos 743 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y 147 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que convirtieron a estas grabaciones audiovisuales en el medio oficial para documentar tanto los interrogatorios como las vistas orales.
Peinado se escuda para defender esta anomalía en un auto de la Audiencia Provincial de Madrid. De acuerdo con el magistrado, su deber es el de proteger «el derecho a la imagen de todas las partes», que se vería afectado por una previsible filtración, y mantener el carácter reservado de la instrucción.
«Se trata de actuaciones reservadas como toda actuación practicada en fase de instrucción», cita textualmente la resolución superior. Una barrera legal que frustra tanto a la defensa de Gómez como a la acusación popular de Hazte Oír.
La alternativa que ofrece el instructor es limitada: que los representantes legales de las partes «tomen las oportunas notas» durante la consulta presencial. Un método que ralentiza el trabajo de las partes y complica el análisis detallado de las declaraciones.
Otra solución podría haber sido pedir a Madrid Digital, el servicio que da soporte informático a la Administración de Justicia madrileña –es una de las 12 Comunidades Autónomas con competencias transferidas en esta materia–, la entrega solo de la grabación de audio en el mismo soporte CD o DVD.
JUICIO POPULAR EN EL HORIZONTE
La decisión coincide con otra resolución clave: Peinado ha comunicado su intención de transformar parte del procedimiento para que, en caso de juicio por malversación de caudales públicos, sea un jurado popular quien juzgue a los investigados.
Esta medida afectaría a las tres personas mencionadas: la propia Begoña Gómez, su asesora en Moncloa Cristina Álvarez y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre. El delito en cuestión se centraría en irregularidades en la contratación de la asistente.
La investigación arrancó en abril de 2024 con una denuncia de Manos Limpias. La acusación inicial: utilizar su posición como esposa de Sánchez para favorecer a empresarios en licitaciones públicas, especialmente al investigado Juan Carlos Barrabés.
Desde entonces, el sumario ha crecido como una hidra judicial. Nuevas querellas de Hazte Oír y Vox han abierto líneas de investigación adicionales: irregularidades en el registro de ‘software’ de una cátedra de la Universidad Complutense que dirigía Gómez y supuestas anomalías en la contratación de su asesora.
El resultado: cinco presuntos delitos pesan sobre Begoña Gómez. Malversación, por una parte en una pieza separada, y tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo, por otra.
La estrategia del juez Peinado parece clara: mantener el control absoluto sobre la información sensible mientras prepara el terreno para un eventual juicio que, de llegar, tendría un formato excepcional con jurado popular.
Esta actitud, sin embargo, podría inducir a las partes a la presentación de quejas ante el poder judicial al tener un acceso cercenado a las actas audiovisuales.