El juez Peinado cita a Begoña Gómez para notificarle que será juzgada por jurado popular por todos los delitos investigados: tráfico de influencias, corrupción, apropiación indebida e intrusismo.

Peinado ha citado a Begoña Gómez hoy a las 17.30 para comunicarle que lo que habrá al final es un jurado popular

6 / 10 / 2025 00:45

El magistrado Juan Carlos Peinado ha convocado para hoy lunes, a las 17:30 horas, a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, para notificarle un cambio sustancial en el procedimiento: si finalmente es juzgada, lo será por un jurado popular y no solo por el delito de malversación, como inicialmente se acordó.

La modificación abarca todos los delitos investigados: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo.

Es la sexta vez que Gómez comparece ante el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid. En las dos primeras ocasiones guardó silencio, amparándose en su derecho constitucional.

En la tercera y cuarta optó por responder únicamente a las preguntas de su abogado. La quinta vez, el pasado 27 de septiembre, ni siquiera acudió personalmente: su letrado, el exministro socialista Antonio Camacho, la representó.

Una ausencia amparada en la normativa

Aquella incomparecencia se justificó con una circular de la Fiscalía del 29 de diciembre de 1995 sobre el proceso ante el tribunal del jurado, que establece que la presencia de los investigados en la comparecencia del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado «no es indispensable».

Peinado, sin embargo, ha matizado su convocatoria de este lunes. Según el auto, tanto Gómez como su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, el delegado del Gobierno en Madrid, exsecretario general de Presidencia, Francisco Martín Aguirre, y el empresario Juan Carlos Barrabés —los cuatro abocados al juicio por tribunal del jurado— deben «comparecer necesariamente» con sus respectivos letrados.

Fuentes de la defensa consultadas indican, no obstante, que consideran esta citación similar a la de septiembre, por lo que es probable que Gómez vuelva a delegar su presencia en su abogado.

Se espera que las defensas soliciten el archivo de la causa, mientras las acusaciones populares —lideradas por Hazte Oír— reclamarán nuevas diligencias. Fuentes jurídicas adelantan que Iustitia Europa planea pedir la imputación del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, lo que obligaría a Peinado a elevar exposición razonada al Tribunal Supremo.

En la comparecencia anterior ya solicitaron su declaración como testigo.

El instructor fundamenta su decisión en que «las acciones llevadas a cabo por Gómez, derivadas de su relación de parentesco con el actual presidente del Gobierno, es la causa que se considera fundamental para poder apreciar la posible concurrencia del delito de tráfico de influencias» y los demás delitos investigados.

Un año y medio de instrucción

La investigación arrancó en abril de 2024 tras una denuncia de Manos Limpias que acusaba a Gómez de aprovechar su condición de esposa del presidente para favorecer a empresarios como Barrabés en licitaciones públicas.

Peinado la imputó entonces por corrupción en los negocios y tráfico de influencias. Este último delito resulta clave: al estar incluido en la lista de competencias exclusivas del jurado popular, arrastra al resto de acusaciones.

Posteriormente se abrieron nuevas líneas tras una querella de Vox por presuntas irregularidades en el registro del software de una cátedra de la Universidad Complutense que codirigía Gómez. Aquí el juez añadió los delitos de apropiación indebida de marca e intrusismo.

En octubre de 2024, la Audiencia Provincial de Madrid respaldó la investigación sobre los contratos adjudicados a Barrabés —excluyendo aquellos financiados con fondos europeos, que investiga la Fiscalía Europea— y los hechos relacionados con la cátedra.

El tribunal consideró «llamativa» y «verdaderamente significativa» la «variación, cuantitativa y cualitativa» de la relación de las empresas del grupo Barrabés con la administración pública «en proximidad temporal con la obtención de la cátedra y despegue de los másteres».

Sin embargo, en enero la Audiencia anuló el registro practicado en agosto en el domicilio y oficinas de Barrabés, al estimar que Peinado no fundamentó adecuadamente la orden de entrada.

Actualmente, Gómez y Álvarez aguardan la respuesta de la Audiencia a los recursos presentados contra la pieza separada de malversación, la imputación por este delito y la decisión de juzgarlo con jurado popular.

La defensa niega todas las acusaciones

A lo largo de la instrucción, Gómez se ha desvinculado de los contratos a Barrabés. Admitió haber firmado dos cartas de recomendación —habituales en procesos de contratación pública, según su versión—, pero insistió en que no apoyaban a la UTE de Barrabés, sino que destacaban la importancia del proyecto licitado. Otras instituciones como el Ayuntamiento de Madrid y empresas como Microsoft o IBM firmaron la misma carta modelo.

También negó la apropiación indebida de marca al inscribir el logo «TSC Transformación Social Competitiva» y el software de la cátedra, financiado por empresas privadas. Explicó que fue la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Complutense quien le indicó cómo registrar el dominio transforma.org. Subrayó que no recibió retribución alguna por codirigir la cátedra.

Respecto a la malversación, su defensa sostiene que no hay indicios de participación de Gómez en el nombramiento de Álvarez «ni en el pago de emolumentos». Además, argumenta que la esposa del presidente no puede considerarse «funcionaria pública a los efectos de la comisión del delito de malversación»: «Es indiscutible que como cónyuge del presidente del Gobierno ni tiene mando o jurisdicción propia ni participa en el ejercicio de funciones públicas».

Su abogado añade que es «habitual en el ámbito laboral» que los trabajadores gestionen asuntos personales en horario laboral, como enviar un correo electrónico. «Difícilmente puede entenderse que, si esos trabajadores son funcionarios públicos, con ello se está cometiendo un delito de malversación».

La defensa recalca que «no existe un Estatuto de la cónyuge del presidente del Gobierno», una figura «no regulada». Así, considera que «la interpretación y distingo» de Peinado entre actividades privadas e institucionales «no se ajusta a los usos que se vienen desarrollando desde el advenimiento de la democracia».

Sobre los correos intercambiados entre la asesora de Moncloa y la UCM, el letrado insiste en que «hay multitud de correos» que demuestran que era Gómez «quien trabajaba en esta materia». «Por lo tanto, la labor puntual de Cristina en la misma era de auxilio administrativo, nunca encargarse de la misma con exclusividad».

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