İbrahim Özden Kaboğlu, decano del Colegio de Abogados de Estambul, y los 11 miembros de su Junta de Gobierno han sido absueltos hoy por unanimidad en el proceso penal que se ha venido celebrando contra ellos por defender el Estado de derecho y los derechos fundamentales.
La acusación, formulada por el Ministerio Fiscal, se sustentaba en el artículo 7.2 de la Ley Antiterrorista turca, imputando a los acusados un delito de propaganda a favor de organización terrorista, lo que está castigado con penas de entre 3 y 12 años de cárcel.
Según la Fiscalía, el Colegio de Abogados de Estambul hizo público un comunicado institucional el 21 de diciembre de 2024 tras la muerte de dos periodistas en el norte de Siria. En dicho comunicado la organización colegial denunciaba vulneraciones de derechos fundamentales y reclamaba respeto al Estado de derecho. Además, pedía una investigación efectiva sobre lo sucedido.
Las autoridades turcas consideraron que dicha declaración suponía “propaganda terrorista”, por lo que la Fiscalía abrió un proceso penal contra el decano y su Junta de Gobierno que ahora ha culminado con este desenlace.
Un núcleo esencial de la función de los colegios de abogados
El Tribunal Penal de Primera Instancia de Estambul, con sede en el complejo penitenciario de Silivri, fuera de los tribunales ordinarios –algo que ha sido objeto de crítica por limitar la publicidad y transparencia del juicio–, ha rechazado de forma clara y expresa la interpretación de la Fiscalía turca.
Los magistrados consideran, en su sentencia, que la defensa pública de los derechos humanos y de las garantías democráticas forma parte del núcleo esencial de la función institucional de los colegios de abogados, descartando que tales pronunciamientos puedan ser subsumidos en el tipo penal antiterrorista.
El proceso judicial se ha prolongado durante varios meses, desde la apertura de la causa y la formulación de cargos hasta la celebración de las vistas y el dictado de sentencia.
Durante ese tiempo había generado una notable preocupación en la comunidad jurídica internacional por el posible impacto del procedimiento sobre la independencia de la profesión.
Para las abogacías europeas y las organizaciones internacionales presentes, la resolución constituye una victoria relevante, aunque acompañada de la advertencia de que la presión judicial sobre la profesión sigue siendo una realidad que exige vigilancia y solidaridad constantes.
El juicio ha contado con una observación internacional permanente, integrada por 30 colegios de abogados que representaban a abogados de 83 países diferentes, y 17 asociaciones jurídicas internacionales. Entre ellos la Abogacía Española, en cumplimiento del mandato del Observatorio Internacional de la Abogacía en Riesgo (OIAD).

La absolución unánime dictada por el tribunal de Estambul supone un respaldo expreso a la independencia de la abogacía y a su derecho —y deber— de pronunciarse cuando se ven comprometidos los derechos fundamentales.
Al mismo tiempo, para las abogacías europeas y las organizaciones internacionales presentes, la resolución constituye una victoria relevante, aunque acompañada de la advertencia de que la presión judicial sobre la profesión sigue siendo una realidad que exige vigilancia y solidaridad constantes.