La sentencia que se produzca en el Tribunal Supremo no podrá ser apelada mientras que la de la Audiencia Nacional, en este nuevo escenario, sí. Foto: EP.

La renuncia de Ábalos a su escaño de diputado conlleva que el caso Koldo pase a la Audiencia Nacional

28 / 01 / 2026 14:36

Actualizado el 28 / 01 / 2026 14:38

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La dimisión de José Luis Ábalos como diputado del PSOE por Valencia –anunciada hoy en su cuenta de la red social X– redistribuye el mapa de las competencias del Supremo sobre el caso Koldo.

Porque al perder su condición de aforado, la parte de la investigación sobre supuestos amaños en obra pública dejará de ser competencia del magistrado instructor del Alto Tribunal, Leopoldo Puente, y pasará a la Audiencia Nacional.

Al seguir está línea en fase de investigación y no haberse dictado todavía auto de apertura de juicio oral, la competencia deja de ser del Supremo.

Sin embargo, el juicio por la trama de las mascarillas, previsto para el próximo mes de abril, se celebrará en el Alto Tribunal.

El caso Koldo está dividido en dos: el caso mascarillas…

En su origen, el llamado caso Koldo se dividió en dos líneas de investigación cuando llegó al Supremo en 2024. La primera, se centró sobre las irregularidades encontrados en los contratos de mascarillas durante la pandemia.

Esta está lista para su enjuiciamiento. Las partes presentaron sus escritos y se fijó el 12 de febrero para una vista preliminar. Aunque todavía no hay fecha para su celebración, todo apunta en que será el próximo mes de abril.

La Fiscalía Anticorrupción solicita 24 años de cárcel para Ábalos, 19 para su exasesor, Koldo García, y 7 para el empresario Víctor Aldama. Las acusaciones populares, representadas por el PP, elevan las peticiones hasta 30 años.

Esta pieza permanecerá en el Supremo. La jurisprudencia establece que una vez abierto el juicio oral, el tribunal mantiene su competencia aunque el acusado pierda el aforamiento.

La Sala de lo Penal ya ha conformado el tribunal que juzgará los hechos.

…y el caso de las adjudicaciones de obra pública

La segunda línea investiga los supuestos amaños de adjudicaciones de obra pública del Ministerio de Transportes que habrían beneficiado a empresas como Acciona y Servinabar, vinculada a Santos Cerdán, número tres del PSOE y exdiputado.

Esta parte, aún en fase de instrucción, es la que se remitirá a la Audiencia Nacional, previsiblemente al Juzgado Central de Instrucción 2, cuyo titular es el magistrado Ismael Moreno, cuando el Congreso notifique formalmente la renuncia de Ábalos.

Moreno actualmente instruye el resto esta línea de adjudicaciones de obra pública que no afectaban a Ábalos. Ahora será el competente para todo.

Bajo la batuta de Moreno permanecen imputados altos cargos de Puertos del Estado y Adif que gestionaron los contratos de mascarillas, además de la expresidenta de Adif, Isabel Pardo de Vera, y el exdirector general de Carreteras, Javier Herrero.

La Audiencia también mantiene bajo secreto de sumario una pieza separada que investiga blanqueo de capitales relacionado con dinero que el PSOE entregó a Koldo García, así como el incremento patrimonial de este y de Víctor Aldama.

En estas diligencias están imputados desde el inicio Patricia Úriz, expareja de Koldo, y su hermano Joseba García, acusados de ocultar presuntas ganancias ilícitas.

La «ventaja» de la Audiencia Nacional

La «ventaja» que Ábalos tiene con esta renuncia a su acta de diputado es que, como justiciable, tendrá la posibilidad de gozar de las tres instancias de enjuiciamiento de cualquier ciudadano: primera instancia, apelación y casación.

Lo que no ocurrirá en el juicio de las mascarillas. El ya exdiputado y el resto de los imputados serán juzgados por siete magistrados del Supremo y su sentencia será firme desde el momento en que se pronuncie.

No habrá apelación ni casación. Sólo un previsible recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Una clara desventaja del aforamiento.

El caso Koldo «nació» en la Audiencia Nacional

El caso vio la luz en la Audiencia Nacional en septiembre de 2023. Su origen fue una querella de la Fiscalía Anticorrupción sobre la compra de mascarillas desde Puertos del Estado y Adif, entidades dependientes del Ministerio de Transportes.

Cuando la instrucción apuntó a Ábalos, que entonces era diputado, la Audiencia se inhibió ante el Supremo por competencia de aforamiento.

Por esa razón, el magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo, Leopoldo Puente, asumió todo lo relacionado con el exministro: su implicación en los contratos, el pago del alquiler de una vivienda de lujo para su expareja Jésica Rodríguez, el supuesto enchufe de esta en Ineco y Tragsatec, y una presunta repatriación de dinero desde República Dominicana.

Durante la instrucción, la Guardia Civil detectó irregularidades en adjudicaciones de obra pública. Puente abrió una nueva línea e imputó a Santos Cerdán y varios empresarios.

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