El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado el despido procedente de un trabajador, después de que éste fuese «pillado» aprovechando su flexibilidad horaria para irse de bares en su horario de trabajo. Un despido que el hombre llevaba ante los tribunales.
Salvador (nombre ficticio) trabajaba para Carretillas Mayor S.A. desde marzo de 2012, con categoría de profesor, siendo «responsable de formación», teniendo entre otras actividades, la de «impartir cursos formativos, y la búsqueda, captación y fidelización de clientes».
Un puesto de trabajo en el que, sin embargo, en enero de 2024 comenzaba a acumular enfado y malestar por parte de otros trabajadores. Ello, debido a que Salvador «no contestaba a los correos electrónicos, y desconocían qué funciones estaba realizando».
Una situación ante la que la compañía decidía contratar los servicios de un detective privado. Y así, comprobaban las actividades del trabajador durante su jornada laboral.
«Tras salir de su domicilio, condujo el mismo vehículo hasta el bar, donde consumió una copa de vino blanco. Desde allí, condujo hasta otro bar, en el que permaneció hasta las 14:15 horas. Tras recoger a una mujer, se dirigió a otro establecimiento, en el que se tomó una cerveza», exponía el informe del detective.
Una «ruta de bares» que el trabajador repitió durante varias mañanas. Ello, mientras que aseguraba en el trabajo estar cumpliendo con sus responsabilidades laborales.
«El trabajador había informado de que tenía prevista una visita comercial presencial» o «dijo que tenía programada una actividad formativa», son algunas de las explicaciones que había dado el trabajador.
Algo que hacía que, el 29 de mayo de 2024, la empresa comunicara al trabajador su despido disciplinario , considerando que estos hechos suponían infracciones del Estatuto de los Trabajadores.
Despedido nuevamente con los tribunales
Finalización del contrato laboral que el trabajador despedido llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº5 de Valladolid.
Juzgado que, en su sentencia de 14 de mayo de 2025, desestimaba la demanda presentada, confirmando el despido disciplinario del empleado.
Un caso que llegaba ante el TSJCyL. En concreto, ante la sala compuesta popr los magistrados Manuel María Benito López (presidente y ponente), María Belmonte Saldaña y Carla García del Cura.
Tribunal ante el que el trabajador despedido alegaba que no había cometido «ningún incumplimiento», ya que «prestó servicios» en los días que el detective asegura haberle seguido. Y, además, asegura que sus actividades se pueden justificar debido a su flexibilidad laboral.
Una valoración que no comparte el tribunal.
«El hecho de contar con flexibilidad horaria por su trabajo, no justifica para nada que incumpliera su jornada de trabajo de forma recurrente, siendo consciente, o debiera serlo, de la obligación de acudir a su centro de trabajo los días que no contaba con formaciones o visitas que realizar», expone el TSJCyL.
Especialmente, tras reportar a la empresa información incorrecta o falsa para tratar de ocultar su conducta.
Acciones ante las que el tribunal vuelve a desestimar las pretensione del trabajador, desestimando el recurso de suplicación. Y así, confirma el despido procedente.