En 1696, un tipo delgado y más conocido por ver caer manzanas que por perseguir delincuentes fue nombrado ‘Warden of the Royal Mint’, es decir, responsable de la Casa de la Moneda británica.
Pues sí, era Isaac Newton y, lejos de limitarse a mirar monedas con aire distraído, se tomó el cargo con una seriedad que hoy pondría a temblar a los ministros de algún país que no quiero mencionar.
Newton utilizó sus amplios conocimientos de química para garantizar que la plata y el oro producidos bajo su supervisión fueran de la calidad adecuada y que nadie se quedara con comisiones y demás choriceos.
Por si fuera poco, durante más de una década Newton se dedicó a perseguir, interrogar y procesar a los mayores falsificadores de su época, creando una red de chivatos que llegaba hasta la cárcel de Newgate.
Se sabe que incluso él mismo costeaba la ropa de los testigos para que comparecieran con apariencia respetable ante jueces y jurados, asegurando así la soga para bribones tan célebres como William Chaloner, falsificador consumado que tuvo la insolencia de presentarse como perito en la materia.
Así era el Londres de entonces, donde el mismo tipo podía formular la ley de la gravitación universal por la mañana y mandar al patíbulo a un mangante por la tarde.
Por eso algunos dicen que no fue una manzana precisamente lo que le ayudó a formular la ley de la gravedad, sino el cuerpo de Chaloner colgando como un jamón, con toda la pedagogía vertical del derecho inglés.
La anécdota, real como pocas, viene muy al pelo porque los ingleses entendieron pronto que el dinero no es sólo una cifra.
Que una moneda no es un simple número pintado en un papel, ni una promesa simpática con la cara de un monarca con jeta de bonachón.
Al contrario, los bancos, el mercado y los países depositan en la moneda su confianza, su riesgo e incluso su soberanía, que no es poca cosa.
Por eso, nos preguntábamos la semana pasada, cuando alguien dice que pagar en euros equivale económicamente a pagar en dólares, el derecho inglés levanta una ceja, pide el contrato y pregunta:
¿Equivale según quién y para qué?
Porque muchas cláusulas de ‘Force Majeure’ exigen que la parte afectada haga ‘reasonable endeavours’, es decir, esfuerzos razonables, para superar el obstáculo que pueda surgir.
Ahí apareció el caso que hoy vamos a resolver, RTI Ltd v MUR Shipping BV, una disputa que iba de bauxita, sanciones yanquis y pagos en dólares.
Recordemos la pregunta, aparentemente sencilla.
Si un contrato dice que hay que pagar en dólares, y por culpa de unas sanciones ese pago se complica, ¿puede la otra parte verse obligada a aceptar euros si el resultado económico final es prácticamente el mismo?
Pues el Supremo del Reino Unido contestó a la pregunta en su sentencia de 15 de mayo de 2024, y la respuesta tiene mucha pólvora para los pleitos que puedan venir de Ormuz.
DEL VALOR AL PRECIO HAY UN TRECHO
Aunque pueda sorprender a algunos, el ‘Supreme Court’ dio la razón a MUR.
Y lo hizo de forma clara, diciendo que los ‘reasonable endeavours’ en una cláusula de ‘force majeure’ no obligan a aceptar una prestación distinta de la pactada, salvo que en el contrato se ponga con palabras claras.
Los jueces entendieron que esos “esfuerzos razonables” sirven para intentar superar el impedimento dentro del margen del contrato, no para imponer su sustitución.
En otras palabras, MUR debía hacer lo razonable para cumplir con lo pactado, pero no estaba obligada a aceptar algo diferente, aunque económicamente pudiera parecer equivalente.
De hecho, la lógica del tribunal es muy elegante y muy inglesa.
Primero, porque si una parte invoca una cláusula de fuerza mayor bajo derecho inglés, no basta con decir que ha ocurrido algo muy grave.
Además, tiene que demostrar que ese problema está cubierto por el contrato y que fue realmente la causa que le impidió cumplir, no una excusa para tapar su propia incompetencia.
Por eso, si el contrato exige ‘reasonable endeavours’, la parte afectada debe intentar resolver el problema, pero siempre dentro de lo que el propio contrato permite.
Y si el contrato decía que había que pagar en dólares, pues ofrecer euros no es cumplir, sino ofrecer otra cosa distinta.
Ahí es donde muchos litigantes continentales empiezan a sudar la toga.
Además, el Supremo británico recordó una idea bastante sencilla, y es que nadie tiene que aceptar un pacto distinto del que firmó.
Por eso, si se pactó pagar en dólares, una parte no puede imponer el pago en euros sólo porque le resulte más cómodo o porque diga que, al final, el valor es casi el mismo.
Si se pactó entregar en un puerto concreto, sólo podrá usarse otro puerto si el contrato lo permite o si la otra parte lo acepta, claro está.
Porque en el derecho inglés, la seguridad jurídica pesa mucho y lo importante es que las partes puedan confiar en lo firmado y no que después alguien intente cambiarlo porque le conviene.
Imaginen si se obligara a aceptar cualquier alternativa que pareciera más o menos equivalente.
Cada caso acabaría convirtiéndose en una discusión eterna sobre si los euros valían lo mismo que los dólares, si este otro banco era igual de seguro que el otro, si el riesgo de esta otra ruta era el mismo o si había tantos o más costes, según quien lo proponía.
El resultado sería más incertidumbre, más pleitos y más facturas por pagar.
Una maravilla para los ‘barristers’, pero un desastre para el comercio bajo el derecho de Inglaterra y Gales.
La conclusión, por tanto, fue que MUR podía mantener su derecho a cobrar en dólares y no estaba obligada a aceptar el pago alternativo en euros.
Esto no significa que las partes no puedan pactar lo contrario; claro que pueden.
El derecho inglés no prohíbe la flexibilidad, sólo exige que se pacte, no que aparezca después como un conejo de la chistera.
Y si quieren que una cláusula de ‘force majeure’ obligue a aceptar monedas alternativas, otros posibles puertos de descarga, rutas alternativas o prestaciones equivalentes, pues que lo pongan negro sobre blanco.
Pero sobre todo, que lo escriban bien, no con esas aberraciones de corta, pega y colorea que luego dan para tres arbitrajes, dos nulidades y un disgusto en la próxima junta.
ORMUZ, EL APAÑO Y EL PRECIO DE NO HABER ESCRITO BIEN
Ahora bajemos todo esto al estrecho de Ormuz, dejando paso al petróleo, al gas, a los buques parados y a los correos electrónicos escritos con sudor frío matutino.
Como habrán visto, estos días hay navieras que, tras anunciarse una reapertura parcial del estrecho, siguen pidiendo aclaraciones antes de cruzar, e incluso de barcos que intentaron salir del Golfo sin éxito.
De momento, las primas de seguro de guerra se han disparado y Estados Unidos ha llegado a plantearse reasegurar pérdidas en la zona por miles de millones de dólares.
Vamos, un problemón comercial de primera división.
Y aquí es donde precisamente la sentencia de ‘RTI y MUR’ resulta muy útil.
Porque si un contrato sometido al derecho inglés dice que hay que entregar en un puerto concreto, no basta con proponer otra cosa y soltar aquello de “pues macho, esto viene a ser lo mismo”.
A lo mejor el otro puerto sirve o la otra ruta es razonable, pero la pregunta será siempre la misma:
¿Esto estaba previsto en el contrato o estamos improvisando otra cosa?
Esto no quiere decir que la parte afectada tenga que permanecer inmóvil.
Y si la cláusula de ‘force majeure’ exige ‘reasonable endeavours’, habrá que demostrar que se hicieron esos esfuerzos reales para superar el problema. Pero, ojo, sin cambiar lo expresamente pactado.
Por eso, en futuras reclamaciones sobre Ormuz, la pregunta no será sólo si hubo peligro, bloqueo o sobrecoste.
La verdadera pregunta será si la solución estaba permitida por el contrato o si, en realidad, era otra cosa.
Y esas soluciones serán válidas si el contrato las permitía o si la otra parte las aceptó libremente después.
Pero no bastará con decir que eran “razonables” o “prácticas”.
Porque como una divisa no vive sólo del vil metal, sino también de confianza, el derecho inglés sigue diciendo algo parecido.
Que los contratos no viven sólo del valor económico aproximado, sino de la confianza en que las palabras pactadas significan algo.
Que si se pactó una ruta, pues no fue por poesía náutica.
Y si Ormuz se convierte en un avispero, pues que nadie pretenda burlar la gravedad del contrato.
Porque Newton ya nos enseñó que las cosas, tarde o temprano, caen por su propio peso.
Hasta la semana que viene, mis queridos anglófilos.