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El Ministerio de Justicia tiene razón y el CGAE también en el conflicto del turno de oficio

El Ministerio de Justicia tiene razón y el CGAE también en el conflicto del turno de oficio
15/12/2019 00:00
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Actualizado: 15/12/2019 00:00
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Vamos a decir las cosas claras: El Ministerio de Justicia tiene razón al plantear que no tiene por qué pagar aquellas asistencias del turno de oficio que no han sido aprobadas como justicia gratuita.

Y mucho menos abonar el trabajo de los abogados del turno de oficio que hayan representado a las personas jurídicas –empresas– en procesos judiciales, como el de la Gürtel, que han durado un año.

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) por su parte, tiene también toda la razón en reclamar que se paguen todas las asistencias realizadas por los abogados del turno de oficio, hayan sido autorizadas o no como justicia gratuita.

Y también las realizadas a las empresas encausadas.

Así de simple.

¿Es contradictorio?

Sí, pero es que a veces la realidad es así, contradictoria.

La Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita dice que los ciudadanos tienen derecho a justicia gratuita y, por lo tanto, a disponer de un abogado del turno de oficio, es decir, un abogado gratis, «cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar».

Y especifica los términos que deben de cumplir para que se conceda.

Si no los cumplen, se lo tienen que pagar los justiciables de su propio bolsillo.

Nada dice esta Ley, tampoco, sobre la aplicación de la justicia gratuita a las empresas encausadas como personas jurídicas.

Es lógico. Esta figura fue introducida en el Código Penal en 2010, 14 años después.

Hasta ese momento imperaba el axioma «Societas delinquere non potest». Una sociedad no puede delinquir. Ahora ya sí.

¿Y qué pasa cuando una empresa encausada no tiene fondos?, por poner el más extremo de todos los casos.

Este escenario no lo contempló el legislador cuando hizo esa reforma a través del artículo 31 bis del Código Penal.

Todo este «quilombo», que dirían mis compañeros argentinos, se ha montado después de que la actual administración del Ministerio comprobara que se habían pagado las defensas de varios acusados que no tenían concedida la justicia gratuita así como de varios abogados que habían representado a varias empresas en el caso Gürtel con base a un convenio previo negociado con el CGAE.

¿TRABAJAR POR AMOR AL ARTE? NO, HUELGA

La Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a los colegios de abogados a proveer de abogado y procurador de oficio a aquellas personas investigadas, si no nombran los suyos, si así lo dicta la autoridad judicial. 

Una decisión aplicable también a las personas jurídicas encausadas.

Es decir, en todos estos casos, y en otros, como las euroórdenes o las extradiciones, los abogados del turno de oficio tendrían que trabajar, a partir de ahora, por amor al arte.

¿Es esto viable?

El sentido común te dice que no.

De mantenerse este curso de acción en las cinco Comunidades Autónomas en las que el Ministerio de Justicia tiene competencia directa (Extremadura, Murcia, Castilla-La Mancha, Castilla-León e Islas Baleares, además de los órganos centrales –Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y Audiencia Nacional–) la consecuencia va a ser una huelga general de efectos insospechados de los abogados del turno de oficio. 

Cientos o miles de procesos penales se verían afectados de forma directa porque, como es lógico, si los abogados del turno de oficio se niegan a trabajar por amor al arte.

Y los jueces no podrían seguir adelante con ningún procedimiento.

Así de simple.

Colapso. 

Cuando digo esto no lo digo como adivino sino como buen conocedor del terreno que piso.

CHOQUE DE TRENES

Visto lo visto, todo el guión de la película que se está montando apunta a eso, a un un futurible choque de trenes entre el Ministerio y el CGAE.

El pasado jueves el Ministerio de Justicia anunció que la Intervención delegada en el Ministerio de Justicia había pedido a la Intervención General del Estado que auditara los pagos a la Abogacía por el servicio de asistencia gratuita.

Lo que calentó aún más los ánimos entre los abogados.  

En la nota que distribuyeron no explican desde cuándo.

¿Desde 1996?, cuando se aprobó la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, por ejemplo. ¿Desde 2004? ¿Desde 2011?

Las 12 Comunidades Autónomas con competencias transferidas, donde operan diferentes convenios que cubren estos «agujeros negros», ¿también se verían afectadas en la proclamada auditoría?

¿Y qué consecuencias legales tendría el resultado? 

Pongamos, además, que una de las conclusiones es que los 24 colegios de abogados afectados tienen que devolver las cantidades abonadas «erróneamente» de la subvención –porque estos pagos son una subvención–.

¿Qué van a hacer desde la Administración del Estado?

¿Exigirán a los abogados del turno de oficio que devuelvan el dinero?

¿Desde hace cuántos años atrás?

Por el lado del CGAE, también han desenterrado el hacha de guerra.

El viernes hicieron público un comunicado anunciando que en el Pleno de ese día se había decidido «emprender acciones legales contra el Ministerio de Justicia por el anunciado impago de los servicios que el Turno de Oficio prestó por designación judicial el pasado mes de octubre sin estar reconocidos posteriormente como Justicia Gratuita en la denominada zona Ministerio».

Fue una decisión unánime de los decanos de los 83 colegios de abogados de toda España que, además, reclamaron la «dimisión de la ministra de Justicia, Dolores Delgado, por su ‘enfrentamiento con el conjunto de la Abogacía'».

«En el transcurso del debate, los consejeros y consejeras han considerado oportuno que los Servicios Jurídicos del Consejo estudien si la reclamación al Ministerio de Justicia por lo que considera ajeno al sistema de Justicia Gratuita debe hacerse atendiendo a ese baremo o si, por el contrario, deben requerirse los honorarios de libre mercado de los abogados que han recibido una designación judicial para intervenir en un proceso», añadía la nota.

«En todo caso, la reclamación exigirá la liquidación de los intereses generados hasta que se resuelva el pleito y abre la puerta a que aquellos Colegios de Abogados que por cualquier causa no hubieran pasado al cobro este tipo de actuaciones, lo hagan con las correspondientes a los cuatro últimos años«.

“El Gobierno no puede eludir su responsabilidad en el pago de servicios públicos a particulares amparándose en un agujero legislativo que nadie ha visto en los últimos 40 años”, remachaba el CGAE.

UN «AGUJERO LEGISLATIVO» QUE SE PUEDE AFRONTAR CON LA FUTURA LEY DEL DERECHO DE DEFENSA

Si los ánimos no se calman por ambas partes, las consecuencias habrá que lamentarlas.

Ambas partes tienen razón. Los vuelvo a decir, alto y claro.

Y ambas partes saben que este estado de cosas tiene una solución que los dos conocen muy bien: el proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa, de la que ya existe un borrador –lo tienen el Ministerio y el CGAE en sus respectivos cajones–.

A lo que hay que añadir la reforma de la Ley de Justicia Gratuita, obsoleta después de 23 años de su entrada en vigor.

¿Por qué Ministerio y CGAE no enfrían sus ánimos y se sientan a trabajar sobre ambos textos legales para que el Parlamento pueda comenzar los trabajos cuanto antes y solucionar este quilombo?

Una huelga general e indefinida de los abogados no beneficia a nadie. Ni al Ministerio, ni a los abogados. Ni mucho menos a los ciudadanos, para quien ambos trabajan. 

Se saca mucho más por las buenas que por las malas. Lo dice la experiencia.

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