6 meses de prisión a un sargento de la Guardia Civil por trato degradante a una cabo

6 meses de prisión a un sargento de la Guardia Civil por trato degradante a una cabo

7 / 07 / 2015 00:00

Actualizado el 13 / 09 / 2017 13:46

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, la cúspide de esta jurisdicción, ha ratificado la condena de 6 meses de prisión impuesta al sargento de la Guardia Civil, por el Tribunal Militar Territorial Quinto. Por un delito consumado de «abuso de autoridad» en su modalidad de trato degradante a inferior. Se sentía sexualmente muy atraído hacia ella.

El tribunal, formado por los magistrados Francisco Menchén (ponente), Fernando Pignatelli, Benito Gálvez, Jacobo López Barja y Ángel Calderón, presidente, a su vez de la Sala, consideró probado que entre enero de 2011 y mayo de 2012, el sargento -destinado en la Sección Fiscal del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, al igual que la cabo- sometió a la agente a un acoso permanente.

La sentencia es la respuesta del Alto Tribunal al recurso de casación presentado por el letrado del sargento, que entendía que los hechos no habían sido probados por lo que la condena del Tribunal Militar Territorial Quinto, publicada el 27 de octubre de 2014 debía anularse.

«La sentencia debió haber sido absolutoria, debiendo aplicarse el principio ‘in dubio pro reo’ a todos los hechos, ya que no existen testigos ni pruebas que incriminen a mi cliente directamente». Tampoco, según la defensa, existen en ningún caso «pruebas de cargo que puedan desvirtuar el principio de presunción de inocencia que establece el artículo 24.2 de nuestra Constitución».

Los cinco magistrados que componen el tribunal consideraron, sin embargo, probados los hechos.

«Sobre septiembre de 2011, a raíz de un problema que la cabo primera G. C. tuvo con su pareja sentimental -tratando de ganarse su confianza diciéndole que como superior jerárquico debía preocuparse por sus problemas personales- le pregunto con qué frecuencia hacía el amor con su pareja; qué tipo de depilación corpora llevaba; si cuando estaba soltera le gustaba ligar mucho», dice la sentencia. «Sobre el mes de marzo de 2012, con ocasión de un servicio de patrulla prestado únicamente por el acusado y la cabo primero G. C., a quél comenzó a preguntarle a ésta con qué frecuencia hacía el amor, si era infiel a su pareja, si era de las de hacer cosas con un chico el primer día de conocerle; qué tipo de depilación llevaba, si la línea de la línea de bikini o la de tipo brasileño».

«Entre diciembre de 2011 y abril de 2012, el acusado dijo a la cabo primero G. C., en presencia de al menos el Guardia Civil , que tenía mucho pecho, que lo tenía bonito, que podía lucirlo y no como otras compañeras del cuerpo que eran gordas y feas, añadiendo que era de las Guardias Civiles más guapas que había visto», dice más adelante el fallo.

«El acusado hizo público y difundió en la Unidad de su destino dos sueños que decía haber tenido que él protagonizaba con la cabo primera G. C.; en el primero, veía a aquella rodeada de leones en una jaula, y él se metía en ella y la salvaba y abrazaba; y en el segundo, rescataba a la cabo primera del mar y se abrazaban».

En otro momento, el sargento, tras regresar de un curso, le dijo: «confirmado, eres la guardia civil más guapa que he visto, todas las sargentos son muy veas. Vi una gorda feísima, feísima, tenías que haber venido al curso conmigo».

«El acusado efectuó más de veinte llamadas telefónicas a la cabo primera G. C., cuando se encontraba en su domicilio y fuera de servicio, para comunicarle información o datos peregrinos, con la intención de incordiarla y de acosarla. La cabo primera dio cuenta de la situación de persecución a las siguientes personas entre el verano de 2011 y hasta el 5 de abril de 2011: Al cabo primero Taboada de la Fuente, al sargento primero Mato Mato, al subteniente Alcaide Caravantes, al guardia civil Liñán Rodríguez, y, finalmente, al teniente Ferrándiz Sánchez, jefe de la Sección Fiscal y Jefe Interino de la tercera compañía».

«La cabo primera G. C. apreció que el acusado minó su crédito y su prestigio profesional ante sus subordinados guardias civiles de la Sección Fiscal, acosándola durante el servicio, sintiéndose humillada, vejada,y denigrada como mujer y como cabo primero de la Guardia Civil».

La sentencia de la Sala de lo Militar termina declarando que el sargento primero recibió un juicio justo, que no se había producido ninguna vulneración del principio de presunción de inocencia y lo declara responsable de un delito consumado de «abuso de autoridad«, en su modalidad de trato degradante e inferior, previsto y penado en el artículo 106 del Código Penal. «Sentencia que declaramos firme».

 

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