El TEDH condena a España por no investigar las torturas a un presunto miembro de EKIN

El TEDH condena a España por no investigar las torturas a un presunto miembro de EKIN

31 / 05 / 2016 15:22

Actualizado el 06 / 04 / 2021 12:25

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado hoy a España por no investigar las torturas denunciadas por el presunto miembro de EKIN, Xabier Beortegi Martínez,  durante sus cuatro días de detención en 2011, al que el Estado deberá indemnizar con 23.500 euros.

El recurrente, Javier Beortegui denunció ser maltratado por cuatro guardias civiles durante el periodo en el que permaneció en régimen de incomunicación bajo custodia policial, en enero de 2011, tras ser detenido por un presunto delito de pertenencia a EKIN, el brazo político de la organización terrorista ETA.

Al igual que ha ocurrido con otros similares que han llegado al Tribunal de Estrasburgo, la Sala ha declarado por unanimidad que se ha producido una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos por una deficitaria investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales.

Además, el TEDH ha considerado como resultado de la falta de una investigación exhaustiva y efectiva de las autoridades nacionales, no existe suficiente evidencia para determinar si el recurrente fue efectivamente sometido a una situación que pudiera incurrir en la prohibición de tortura y trato degradante que prohíbe el artículo número 3 del Convenio.

MEDIDAS RECOMENDADAS POR LA CPT

Por ello, la Corte Europea insta a España a adoptar las medidas recomendadas por la Comisión Europea por el Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) con el fin de mejorar la calidad de los reconocimientos forenses de particulares en régimen de incomunicación bajo custodia policial.

En la sentencia, se solicita también a España que elabore «un código de conducta claro para los funcionarios encargados de la supervisión» de este tipo de detenidos con el fin de garantizar su integridad física.

Beortegui fue detenido la del 17 al 18 de enero de 2011 en el contexto de una investigación judicial por un presunto delito de pertenencia a EKIN. Según su denuncia, durante el viaje en coche tras su detención fue  objeto de amenazas y insultos y fue golpeado en la cabeza, los testículos y las costillas por los cuatro agentes de la Guardia Civil que le acompañaban. Asegura que las torturas siguieron durante su estancia en la sede del Instituto Armado.

Añade que tuvo que memorizar su declaración ante el juez de la Audiencia Nacional, quien no acordó contra él ninguna medida cautelar y le dejó en libertad. Denunció el supuesto maltrato ante un Juzgado de Pamplona, que lo archivó al no encontrar pruebas.

Posteriormente, la Audiencia Provincial de Navarra solicitó una investigación a fondo, no permitió al denunciante aportar todas las pruebas que éste reclamaba para sostener su denuncia. Finalmente el Tribunal Constitucional inadmitió su recurso de amparo.

El TEDH reprocha al Juzgado de Pamplona haberse limitado a examinar los informes de los expertos médicos forenses, la médico de cabecera del solicitante y un psicólogo que lo había examinado, si bien rechazó incluir en su instrucción las grabaciones de cámaras de seguridad en los locales donde se había detenido y citar a los guardias civiles implicados.

Rechaza que los casi cuatro meses que Beortegui tardó en denunciar lo ocurrido tras su liberación pongan en duda la seriedad de esta denuncia e insiste en que, cuando hay motivos  razonables para creer que los actos de malos tratos se han cometido, «las autoridades competentes del Estado tienen el deber de iniciar una investigación de oficio sin demora».

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