El Foro Judicial Independiente ve «insuficientes» las explicaciones del CGPJ sobre su actividad inspectora

El Foro Judicial Independiente ve «insuficientes» las explicaciones del CGPJ sobre su actividad inspectora

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28/2/2017 18:34
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Actualizado: 28/2/2017 18:34
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El Foro Judicial independiente (FJI) considera «insuficientes» las explicaciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en relación con las diligencias contra el magistrado Manuel Ruiz de Lara, porque «no ha despejado las graves dudas que arroja la indicada actividad inspectora», e insisten en su «petición de asunción de responsabilidades».

Desde esta asociación judicial, y a través de un comunicado al que a tenido acceso Confilegal, valoran «positivamente que el CGPJ haya atendido las demandas de las Asociaciones Judiciales y de los Jueces Decanos y haya explicado públicamente, y de forma exhaustiva, la actividad inspectora realizada sobre el magistrado Manuel Ruiz de Lara«.

Sin embargo, subrayan que estas explicaciones nos «parecen insuficientes».

El Foro Judicial independiente (FJI) indica que el CGPJ reconoce que ya en el año 2015 estuvo inspeccionando al magistrado en cuestión, con elaboración de informe incluido, pero omite haber incoado procedimiento alguno que ampare dicha actividad y haber puesto en conocimiento del inspeccionado la existencia de dicho informe.  Un hecho que consideran «muy grave» sobre todo si, como en este caso y tal y «como indica el propio CGPJ, ese informe se incorpora unas diligencias informativas abiertas un año más tarde por, aparentemente, otro motivo».

Todo este asunto «Causa intranquilidad que los miembros de la carrera judicial puedan ser objeto de investigaciones reservadas«, subrayan el Foro en su comunicado.

Además, desde el FJI subrayan que «una vez incoadas las diligencias informativas, sin que el motivo de su apertura ni el modo de su inicio queden suficientemente justificados, de la nota del CGPJ tampoco queda clara la razón por la cual las mismas se extienden durante ya casi siete meses, y aún continúan abiertas»

En este sentido señalan que ese periodo de tiempo «amparado por la falta de regulación de este tipo de diligencias, resulta excesivo a todas luces, comparado el plazo de seis meses previsto para la instrucción de los delitos o los seis meses para caducidad de los mismos expedientes disciplinarios».

Otro de los asuntos que preocupa a esta asociación judicial es que del mismo comunicado del CGPJ se desprende que con declaraciones del investigado y de terceros, con preguntas aparentemente ajenas al objeto de las informativas, requerimientos a organismos públicos y privados, etc… la actividad inspectora del CGPJ va «mucho más allá de lo que debieran ser unas simples informativas, siendo más bien propias de una instrucción disciplinaria en toda regla, pero sin las garantías de la misma».

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