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¿Cuál es el futuro de la Ley de la Ley Integral contra la Violencia de Género?

¿Cuál es el futuro de la Ley de la Ley Integral contra la Violencia de Género?
Susana Gisbert es fiscal en la Audiencia Provincial de Valencia. Twitter: @gisb_sus.
05/4/2017 04:58
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Actualizado: 31/3/2022 13:44
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Hace más de doce años que se publicó la Ley Orgánica 1/2004, Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, más conocida como “Ley de Violencia de Género” o abreviadamente como “ley integral”.

Doce años en los que, si bien el número de mujeres asesinadas ha descendido moderadamente, no lo ha hecho en la medida en que todos hubiéramos esperado y deseado.

Aunque no se puede dejar de reconocer la dificultad de hacer un balance real de la evolución de estos delitos, dado que las estadisticas que lo tratan de modo separado no existen hasta 2003. Por ello, es muy difícil establecer con datos fidedignos cuál ha sido la evolución de la violencia de género a partir de la entrada en vigor de dicha ley. No obstante, si se pueden aventurar algunas conclusiones.

La primera de ella, por desgracia, es que la violencia de género ni ha cesado ni tiene visos de hacerlo a corto o medio plazo, y que las medidas puestas en marcha han sido a todas luces insuficientes. Otra cosa es desentrañar las razones por las que así ha sido.

Y a ello dedicaré estas líneas.

No deja de ser llamativa una paradoja que se da en relación a esta materia.

Siendo como es una de las pocas leyes aprobadas por todos los partidos del arco parlamentario de entonces, sigue siendo una de las más contestadas, tanto por un extremo como por otro.

De un lado, están quienes denostan la regulación y el espíritu de la misma, partiendo de diferentes premisas que en algunos casos no pasan de ser mitos repetidos una y otra vez como si se tratara de verdades absolutas.

Cualquiera ha podido leer hasta la saciedad argumentos negacionistas, que parten de la base de que la violencia de género no existe como tal, y que es una simple modalidad de la violencia doméstica que no merece un tratamiento diferenciado y, llevando hasta el extremo este razonamiento, cuestionan la ley porque a su juicio discrimina al varón respecto de la mujer.

No voy a detenerme demasiado en rebatir tales disertaciones, que han sido y son contestadas constantemente tanto con criterios cualitativos –por la especificidad de la raíz de estos delitos, el machismo- como cuantitativos –la cifra de mujeres asesinadas y víctimas de estos delitos es infinitamente mayor que la de hombres víctimas de violencia de género-.

Lo que sí es ilustrativo es que tales posturas lo que hacen es desviar el foco de atención de una manera que no sucede en nigún tipo de delito.

Cualquier queja, grito o petición de medios en relación con la violencia de género es rápidamente contestada por alguien arguyendo que también existen hombres maltratados y denuncias falsas, como si el verdadero problema estuviera en eso y no en la escalofriante cifra de mujeres asesinadas con las que cerramos cada año, ni en todas las mujeres que día a día sufren en silencio un verdadero infierno. Como decía, una situación que no se da en ningún otro tipo de delito.

Sería impensable, por ejemplo, que ante la alarma que causa la corrupción y las medidas que se toman contra la misma alguien argumentara que no se protege a las víctimas de siniestralidad laboral o seguridad vial. Una cosa no quita a la otra, pero en esta materia siempre chocamos con el mismo escollo.

Y me temo que ahí seguiremos.

Pero, siendo preocupante esta vertiente, no lo es menos la otra a la que hacía referencia. La de quienes atacan la ley desde el otro lado, esto es, la de quienes desde posiciones beligerantes en la lucha contra la violencia de género, estiman que no es suficiente y reclaman una reforma legal.

Y ahí es donde quería incidir.

La Ley integral constituyó en su día una herramienta útil y novedosa para luchar contra la Violencia de Género. Fue la primera vez que en nuestro país se reconoció la violencia de género como tal, y constituyó una referencia para las legislaciones de otros países.

Podríamos decir que la ley sentó los cimientos de un edificio fuerte y moderno y que estaba llamado a perdurar en el tiempo. Pero, como todos los edificios, necesitaba su mantenimiento, y ahí es donde ha empezado a fallar, porque las labores de mantenimiento han sido a veces tan escasas que nos arriesgamos a que el edificio tenga aluminosis si no ponemos remedio.

Sin ir más lejos, la propia ley establecía la obligatoriedad de una revisión anual de las medidas llevadas a cabo para su implantación, y solo se llevó a cabo el primer año.

De otra parte, establecía tres pilares sobre los que pivotaba el edificio: la prevención, la protección y la punición, y sin embargo, solo la parte judicial, la que afecta a la punición, fue ampliamente desarrollada en perjuicio de esos otros dos pilares, haciendo que el edificio se mantenga en un equilibrio inestable.

Pero es que ni siquiera esa parte judicial ha sido objeto del desarrollo que necesitaba, puesto que todavía no se ha pasado de  la primera fase de creación de juzgados.

Una ley no desarrollada del todo

Se suponía que la coexistencia de juzgados exclusivos y de los llamados mixtos compatibles sería paliada poco a poco a poco a favor de los primeros, los realmente especializados.

Y, sin embargo, la situación es la misma que hace años: la inmensa mayoría de juzgados de violencia sobre la mujer siguen siendo mixtos y, entre los exclusivos, muy pocos cuentan con horario de atención permanente.

Obviamente, la suerte –o mejor dicho, la mala suerte- de la paralización de creación de juzgados en nuestra Justicia ha afectado también a esta jurisdicción.

De ahí que la primera conclusión que se debe sacar es que, más que la ley, lo que ha fallado son los medios para su desarrollo. Y cualquier edificio, por bien cimentado que esté, soporta mal una situación de abandono.

Así las cosas, hay quien se plantea si es necesaria una nueva ley o, por el contrario, es suficiente con reformar la ya existente. Y la respuesta creo que se infiere de lo ya dicho. La ley estableció un buen andamiaje, pero todavía queda mucho por alicatar para que quede niquelada. Y, en algunos puntos, parece que dieron vacaciones a los obreros.

Por un lado, la sociedad y el estado de la legislación, y en particular, de la de carácter transnacional, no es la misma que cuando la ley entró en vigor.

De entonces a acá no solo ha evolucionado la sociedad, sino que España ha suscrito convenios que le obligan a revisar estas materias. Por una lado, sin ir más lejos, lo relativo a la orden de protección europea, un instrumento que debería ser muy útil y está siendo infrautilizado.

No se han ampliado delitos

Por otro, y esencialmente, el Convenio de Estambul, que obliga a determinados cambios que aún no se han realizado, como la ampliación del ámbito de la violencia sobre la mujer a delitos como la trata, los matrimonios forzados o la mutilación genital, o que se ha llevado a cabo de manera muy cicatera y limitada, como ocurre con el acoso.

También ha entrado en vigor, de acuerdo con los compromisos suscritos por españa, el Estatuto de la Víctima, cuyas previsiones no se pueden llevar a efecto en la práctica en muchos casos por falta de medios, No olvidemos que el propio Estatuto contenía una Disposición Adicional que establecía que su entrada en vigor no supondría dotación de medios personales ni materiales.

Y, mientras tanto, quedan muchos frentes por cubrir, no específicos de la ley integral pero sí relacionados con ella.

Entre ellos, la dispensa a declarar, basada en un precepto decimonónico pensado para otras circunstancias y otra sociedad y que a día de hoy constituye el asidero legal de una de las bestias negras de la violencia de género: las mal llamadas retiradas de denuncias.

Otras cuestiones son simplemente de logística o intendencia. La necesidad de especialización y formación en todos los profesionales que intervienen en esta materia, la amplicación de efectivos, la adecuación de sedes, la puesta en marcha dee Unidades de Valoraión Integral y del protocolo de valoración del riesgo, entre otras muchas cuestiones.

Realidades para las cuales no se necesita cambiar la ley sino cambiar la voluntad de aplicarla. Y voluntad de aplicar es mucho más que apelar constantemente a un pacto de estado que parece no llegar nunca.

En definitiva, la ley integral, como todo edificio, necesita pasar sus inspecciones periódicas y sus buenas capas de chapa y pintura. Pero su estructura es firme y puede mantenerse sin fisuras con una buena obra.

Solo hay que acometerla con ganas y un  presupuesto en condiciones.

Todo los demás son parches.

Y, como sabemos, los parches acaban reventando por sus costuras y dejando las grietas al descubierto

No olvidemos que en esta materia, el tiempo es oro. Tanto, que cada día cuenta. Si tenemos en consideración que este año cada cinco días asesinan a una mujer, es obvio que la cosa urge. Y mucho.

@gisb_sus

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