España condenada por séptima vez en el TEDH por no escuchar a los acusados en apelación

Magistrados y jueces sustitutos demandan al Estado español ante el TEDH por discriminación

12 / 04 / 2017 14:56

Actualizado el 12 / 08 / 2020 10:44

Un grupo de jueces y magistrados sustitutos de Cataluña han demandado el Estado español ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por abusar de la contratación eventual, creando «situaciones de discriminación», y por vulnerar varios artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), entre los que se encuentran el «derecho a un procedimiento equitativo, a la prohibición de trato degradante y a la libertad de asociación profesional y sindicación».

De acuerdo con un comunicado hecho público hoy, hasta 2012 constituían el 20 por ciento del colectivo total de jueces y magistrados y eran los responsables del 30 por ciento de todas las sentencias que se dictaban en todo el país.

Cubrían vacantes de los jueces de carrera por bajas por maternidad, enfermadas, plazas estructurales no cubiertas por carencia de persona y otras contingencias.

Todo esto cambió radicalmente a finales de ese año. «La aprobación de la Ley Orgánica 8/2012, impulsada por Alberto Ruiz-Galardón, quien fuera ministro de justicia, suponía la condena al ostracismo» de este colectivo. «Al imponer a los jueces de carrera la práctica obligación de hacerse caro de las sustituciones de sus compañeros», dicen en su nota de prensa.

Esto, desde su punto de vista, ha agravado hasta «límites absolutamente intolerables la situación de endémico colapso de la Administración de Justicia». Por esta causa, se han producido situaciones de «superación en un 150 por ciento de la carga máxima de trabajo por juzgado fijada por el Consejo General del Poder Judicial»; en algunos Juzgados Mercantiles, aseguran, han superado el 600 por ciento.

Muchos han tenido que abandonar

La decisión tomada por Ruiz-Gallrdón ha obligado a buena parte de los 1.500 jueces y magistrados sustitutos «a abandonar sus funciones y renunciar, sin prestaciones ni indemnización, a la posibilidad de acabar seguir ejerciendo su profesión como miembros de pleno derecho de la carrera judicial».

La inmensa mayoría de los componentes de este colectivo, según el comunicado, se han visto atrapados en un callejón sin salida.

Porque se les aplica el mismo régimen de incompatibilidades que a los jueces profesionales y prohibiciones; tienen que estar disponibles, de forma absoluta, para cuando les llamen los órganos de gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia -cada vez menos-, sin poder realizar ninguna actividad retribuida al margen de esta.

Mantienen, además, que el cálculo de sus retribuciones no contempla los días que dedican a estudiar los asuntos y redactar los autos y sentencias, ni el tiempo que emplean en deliberar cuando son órganos colegiados.

Cotizan, por último, a la Seguridad Social sólo por los días que celebran vistas.

Referencia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asesorados por el Colectivo Ronda, los jueces y magistrados sustitutos demandantes, consideran que la actual situación «supone una evidente y grosera vulneración de la Directiva Comunicativa 1999/70 que pone límite a la contratación eventual e impide la pervivencia de situaciones de discriminación o asimetría en los derechos entre profesionales que realizan la misma tarea por el mero hecho del carácter temporal de la contratación».

Este hecho, recuerdan fue objeto de severa recriminación desde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 14 de septiembre pasado a través de tres «contundentes sentencias» que condenaban el carácter abusivo «y, por lo tanto, fraudulento, de la utilización de la contratación temporal (incluidos nombramientos de personal estatutario temporal, funcionarios interinos y trabajadores eventuales) por parte de las Administraciones Públicas y el Estado español».

En consecuencia, reivindican verse equiparados en condiciones laborales y de Seguridad Social a las figuras de Jueces de Adscripción Territorial y Jueces con expectativa de destino, contempladas en el ordenamiento jurídico.

Noticias relacionadas:

El presidente del TEDH alerta que las amenazas a los jueces ponen en riesgo la democracia en su visita al Constitucional

Los casos de España resueltos en el TEDH en 2025: renovación del CGPJ, insultos al Rey o malos tratos policiales

El deber de informar del médico antes de una cirugía a examen en Europa con la participación de la Organización Colegial Médica

El TEDH sentencia que el Supremo no vulneró los derechos políticos de Junqueras, Turrul y Jordi Sànchez

La Ley de Segunda Oportunidad exonera a una deudora de buena fe de pagar 71.594 euros

El Supremo obliga a AENOR a pagar la gratificación íntegra de jubilación a una trabajadora en jubilación parcial

Lo último en Tribunales

corrupción(2)

El 72% de las sentencias por corrupción dictadas hasta marzo fueron condenatorias, según el CGPJ

alberto gonzález amador

González Amador confirma la versión de Miguel Ángel Rodríguez en la presunta difusión de datos de dos periodistas

operación kitchen fernández díaz

Anticorrupción sostiene que la operación Kitchen fue un «operativo parapolicial criminal»

Álvaro García Ortiz

Las acusaciones populares del caso Leire Díez piden a Pedraz que cite como testigo al exfiscal general Álvaro García Ortiz

Begoña Gómez

Begoña Gómez pide al juez Peinado permiso para viajar a Turquía y Reino Unido días después de la retirada de su pasaporte