Mario Conde acusa a un teniente de la UCO de arrogarse funciones del juez instructor de su caso
Los fondos provenientes de Suiza eran el fruto de la intermediación de Conde en la venta de Antibióticos y Laboratorios Abelló, según los informes del perito de la AEAT y de la Fiscalía de Ginebra, cosa que ha quedado probada; no procedían de Banesto.

Mario Conde acusa a un teniente de la UCO de arrogarse funciones del juez instructor de su caso

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28/6/2017 18:37
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Actualizado: 28/6/2017 18:39
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Mario Conde ha remitido a Santiago Pedraz, titular del Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional –el competente sobre su caso-, un escrito en el que acusa a un teniente de la Unión Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil de arrogarse funciones que sólo pertenecen al juez de instrucción de su caso, según el texto, al que ha tenido acceso Confilegal.

A los dos fiscales anticorrupción del caso les censura por proteger, con su silencio, lo que considera una “clara y rotunda usurpación de funciones judiciales”.

De acuerdo con el expresidente de Banesto, el teniente Israel Neira, con número de identificación L75733Z, ha venido citando “por su cuenta y riesgo a determinadas personas” para que acudieran a prestar declaración ante él “como testigos o como investigados”.

Hasta un total de 10 personas.

En una causa que está judicializada, la única autoridad que tiene la potestad para llevar a cabo ese tipo de citaciones, y de imputaciones, es el magistrado del caso.

A un hombre, cuenta Conde, llegó a tomarle declaración como “testigo” y a dos mujeres como “imputadas”, por los delitos de blanqueo de capitales, organización criminal y frustración en la ejecución.

Ninguna de las dos mujeres figuran como investigadas o imputadas en el procedimiento.

Estos hechos fueron denunciados por el abogado Manuel Santaella, que representa a la secretaria de Mario Conde, mediante el preceptivo escrito presentado ante el juez Pedraz el 27 de mayo.

Las explicaciones de la UCO

El magistrado pidió explicaciones a la UCO, a lo que respondió directamente el funcionario L75733Z -el teniente Neira-, con un informe que Mario Conde define como  “terminante a estos efectos” porque el agente:

  • Reconoce que ha creado por su decisión nuevos imputados” (investigados).
  • Que les ha citado a declarar en las dependencias de la Guardia Civil como tales “imputados”.
  • Que lo son por delitos de blanqueo de capitales, organización criminal y frustración de la ejecución.
  • Quien decide esos delitos y sus presuntos autores es el citado funcionario.
  • Que les advierte a los ‘investigados’ que venga acompañados de letrado.
  • Que si no nombran letrado el citado funcionario por su orden cuenta y riesgo les nombrará un letrado de oficio.
  • Además cita a otra serie de personas como ‘testigos’.
  • Indica que manda copia a la Fiscalía Anticorrupción de su escrito”.

Tras la lectura del escrito, Pedraz ordenó, mediante providencia, que “urgentemente” dicha unidad policial cesara “en las citaciones y declaraciones que está llevando a cabo, y que, en cualquier caso, serán resueltas por este instructor”. Por ser competencia exclusiva suya.

Para el exbanquero esa decisión supone una “ilegalidad manifiesta de la actuación del funcionario” de la Guardia Civil.

“Es de notar que, como el propio funcionario agente L75733Z indica en su escrito”, se ha “autoatribuido una competencia genérica de ‘seguir avanzando en la investigación –como si fuera impulsor/instructor/fiscal y juez de garantías a la vez- y una competencia específica que consiste, ni más ni menos, que la potestad de citar a testigos ante sí y por sí y lo que resulta más increíble: crear imputados por delitos graves a personas respecto de las cuales no se ha formulado querella alguna ni existe resolución judicial alguna que les sitúe en semejante posición”, añade.

El silencio de los fiscales Anticorrupción del caso

El hecho de que ni la fiscal Elena Lorente ni Miguel Serrano hayan recurrido la providencia de Pedraz supone, desde el punto de vista del banquero, que “aceptan la ilegalidad de la actuación” del teniente de la Guardia Civil.

El exbanquero tiene toda la seguridad de que ambos fiscales anticorrupción eran conocedores de estas prácticas.

Por ello, Conde solicita a Pedraz que remita los informes de actuación del teniente de la Guardia Civil a su superioridad para que le instruyan el correspondiente “expediente disciplinario” por su conducta, que, según el exabogado del Estado, encaja también en el artículo 508 del Código Penal, el cual castiga con suspensión de empleo o cargo público de 1 a 3 años al funcionario público que se arrogare atribuciones judiciales.

El exbanquero investigado, asimismo, solicita al juez que expida testimonio de todas las personas a las que se refiere en su escrito para en el caso de que decida emprender acciones legales contra el teniente Neira.

La actuación del mencionado teniente, afirma, finalmente, “estaba orientada a construir pruebas ilícitas con las que sustentar una acusación contra D. Mario Conde Conde a la vista del desmoronamiento de las ‘conclusiones’ del ‘informe elaborado por él y que fue seguido al literis por los fiscales Lorente Pablo Pablo y Serrano Solís”.

Mario Conde fue detenido el 12 de abril de 2016, e imputado, junto a seis personas más, entre los que se encontraban sus dos hijos, por los delitos de blanqueo de capitales, contra la  Hacienda Pública, pertenencia a organización criminal y frustración de la ejecución.

Pasó tres meses en prisión provisional. Y, actualmente, está en libertad bajo fianza.

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