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Ni la UCO ni la UDEF tienen la culpa

Ni la UCO ni la UDEF tienen la culpa
La "preimputación", por parte de la UCO, de Rodrigo Rato de los delitos de cohecho, malversación y prevaricación dio pie a un auto muy duro del juez Antonio Serrano-Arnal, "corrigiendo" a esa unidad de investigación de la Benemérita.
28/6/2017 05:00
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Actualizado: 09/7/2018 18:37
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Lo avanzo aquí, al comienzo, para que a nadie le quede la menor duda: La Unidad Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional no tienen la culpa de lo que está ocurriendo.

La culpa la tienen aquellos jueces de instrucción y fiscales que les piden que vayan más allá de dónde jamás antes habían ido. De que elaboren lo que se conoce como «informes de preimputación», en los que, además de describir los hechos se lanzan a calificarlos jurídicamente, labor que no les corresponde en absoluto. Esto, en «petit comité». Porque jamás admitirán que lo han dicho.

Lo que deviene, en algunos casos, en un abuso de calificaciones jurídicas.

Esto ha desembocado en lo que muchos jueces y fiscales ya describen como una «subcontratación de la instrucción», algo que ha venido ocurriendo desde 2010 en muchos asuntos importantes, y, particularmente, en casos de supuesta corrupción política (seamos cautos en las definiciones).

Así, la UCO y la UDEF, aparte de llevar a cabo las investigaciones que les corresponde -porque aquí investigan los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, llamemos a las cosas por su nombre, no los jueces y los fiscales-, ahora, en muchos casos, asumen la construcción jurídica que jamás antes habían tenido. Porque les era terreno vedado.

Ahora ya no.

No es una práctica ampliamente extendida, avanzo.

Pero existe.

A veces, dichos informes van «complementados» con un listado de preguntas para hacer a los investigados, de las que sus señorías pueden hacer uso libremente, o no, según su parecer.

A muchos jueces de instrucción eso de que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado se sobrepasen en sus atribuciones no les gusta, nada.

Pero nada.

Zapatero a tus zapatos

Como el titular del Juzgado de Instrucción 31 de Madrid, Antonio Serrano-Arnal Domper, quien en un auto, de fecha 24 de mayo pasado, «puso en su lugar» a la UCO, tras recibir el atestado 64/2017 por un supuesto delito de blanqueo de capitales cometido por Rodrigo Rato, mientras era vicepresidente del Gobierno, el cual era un «informe de preimputación» en toda regla.

Serrano-Arnal recordaba en el mismo, lo primero de todo, que hay que acotar en el tiempo y el objeto de la instrucción.

Segundo, señalaba que las últimas reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal proscribían las «investigaciones prospectivas».

¿Por qué lo escribiría el señor juez en su auto?

Debe evitarse «la práctica de diligencias sin base objetiva o tendentes a la acreditación de hipótesis delictivas carentes de sustento fáctico o de imposible acreditación, siendo criterio de la propia Fiscalía Anticorrupción impedir las investigaciones abocantes a una ‘inquisitio generalis’ sobre la persona del investigado, vedado constitucionalmente y difícilmente compatibles con los límites y fines de un Estado de Derecho».

Lo que Serrano-Arnal hacía era lo mismo que un médico: describir los síntomas que presentaba «el enfermo».

Luego, tras analizar el atestado en profundidad, afirmaba que «no existen indicios de cohecho», tampoco de malversación de fondos públicos ni de blanqueo de capitales. Ninguna de las acusaciones tenían, por lo tanto -desde su punto de vista- «sustento básico alguno».

«Pretender que -decía el magistrado- en base a la documentación aportada, con el condicional empleado en los innumerables párrafos «podría señalarse», «habría que preguntarse», «habría que cuestionarse», «parecería razonable», «habría que determinarse que», se pueda construir una acusación, no tiene sentido.

Las pruebas -o indicios- presentados, no eran tales.

«Se trata, por tanto, de sospechas, suposiciones y conclusiones que no van más allá, como así se manifiesta en el atestado, de ofrecer una perspectiva global que ayude a interpretar conductas supuestamente delictivas», añadía Serrano-Arnal, para luego decretar el archivo provisional del asunto.

Absoluta falta de rigor

El recurso de apelación, contra dicho archivo, presentado por la fiscal Anticorrupción, Elena Lorente, dio pie a que el propio Rato arremetiera contra ella, reprochándola que acogiera las «disparatadas» conclusiones de la UCO sin hacer «la más mínima labor de contraste» y con una «absoluta falta de rigor».

Un ejemplo claro de «subcontratación de la instrucción», o, dicho con más simpleza, el «corta y pega» del que también se queja amargamente Ignacio Peláez, abogado de Mario Conde, que va, según él, del informe de la UCO al escrito de acusación del Ministerio Fiscal contra su cliente.

Y no son los únicos casos.

Pero es que, la verdad, debe ser muy difícil resistirse cuando te dan el trabajo hecho y el caso puede terminar en la prensa entre grandes titulares laudatorios.

Fácil y cómodo.

Con esto quería, precisamente, acabar el dimitido fiscal jefe Anticorrupción, Manuel Moix.

De raíz.

Eloy Velasco, titular del Juzgado Central de Instrucción 6 hasta el pasado lunes, se resistió a la tentación de abrir todos los telediarios, como en la «Operación Lezo», con el informe que la UCO le presentó el 16 de mayo pasado.

En el mismo se atribuía a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, la comisión de los supuestos delitos de prevaricación y cohecho en relación con las adjudiaciones del servicio de carfetería, cocinas y comedores de la Asamblea de Madrid al empresario Arturo Fernández en los años 2009 y 2011, cuando era vicepresidenta de la Asamblea de Madrid.

El informe de la Guardia Civil, fechado en 1 de marzo, afirmaba que esas adjudicaciones podían estar amañadas. Información que tuvo una enorme repercusión en los medios de comunicación que recogieron su contenido previamente.

Velasco finalmente lo archivó. No vio delito alguno.

Celo profesional

Nadie pone en duda el celo profesional de la UCO ni de la UDEF. Los primeros son policías que se rigen por una disciplina militar, que se entregan a lo que hacen en cuerpo y alma, pero a veces no se dan cuenta de que pueden traspasar las líneas rojas y, entonces, saltan todas las alarmas.

Como ocurrió el pasado 8 de junio, precisamente con el caso de Mario Conde.

El titular del Juzgado Central de Instrucción 1, y decano de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, tuvo que ordenar a los investigadores de la UCO, de forma imperativa, que cesaran de convocar a investigados y testigos de ese caso para ser interrogados, algo que tienen vedado hacer.

Una vez que se judicializa un asunto, el único que puede convocar a unos o a otros para realizar esas diligencias es el propio juez de instrucción.

Ese mismo celo profesional fue el que mostró por la UDEF la mañana del miércoles, 13 de abril de 2016, con la detención del entonces alcalde de Granada, José Torres Hurtado, al que, además, registraron su domicilio.

«La Fiscalía ha informado favorablemente la práctica de todas las diligencias solicitadas por el cuerpo policial, salvo la relativa a la detención y la entrada y registro en el domicio particular del alcalde de Granada», apuntó el Ministerio Fiscal en un comunicado después.

Las investigaciones de las macrocausas, o la detención de gente conocida, con gran despliegue informativo en medios, le viene bien a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Crea espíritu de cuerpo, forja una reputación pública de eficacia y es fuente de condecoraciones pensionadas.

También beneficia a los medios de comunición de masas. Porque es audiencia y lectores.

Lo malo es que muchas de esas operaciones, cuando llegan a juicio, se quedan en agua de borrajas.

¿Ejemplos?

El caso Mercasevilla, iniciado en 2009 y resuelto la pasada semana con la absolución de los 10 imputados por fraude, exaccioness ilegales y prevaricación; el caso Polverino, iniciado en 2006 y terminado en 2008, en el que 20 personas acusadas de blanquear dinero de la Camorra napolitana, fueron absueltos en mayo de 2016; el caso de los seis policías del caso Gaoping, para los que se pidió de 1 a 9 años de prisión por delitos de cohecho, tráfico de influencias y revelación de secretos, que fueron también absueltos en diciembre del año pasado; el caso Eurobank, cuyo juicio tuvo lugar en abril pasado, en el que, después de 14 años de comenzada la instrucción, se absolvió a 11 de los 13 encausados; o el caso Guateque…

Cada uno conoce cuáles son suyos.

Pero hay muchos más. Eso es lo que queda, muchas veces, cuando el polvo mediático, pasados los años, finalmente se posa y la justicia hace su trabajo.

No todos son éxitos.

¿Por qué los medios no recogen esos desenlaces negativos? Evidente.

Ciertamente, algo no está funcionando.

Habría que reflexionar sobre el tema en profundidad, me decían ayer un magistrado y un fiscal, en conversaciones individuales.

Sobre las «investigaciones prospectivas», sobre la «subcontratación de la instrucción», sobre los «informes de preimputación» y sobre el «abuso de las calificaciones jurídicas» en informes y atestados por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Y reflexionar, sobre todo, con voluntad de acabar con esas prácticas que, aunque sin estar generalizadas y ser minoritarias, existen y son muy peligrosas para lo que se pretende defender, que no es ni más ni menos que el Estado de Derecho y la propia democracia.

Y lo vuelvo a repetir, para que quede más claro aún: Ni la UCO ni la UDEF tienen la culpa.

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