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La Abogacía debe mucho a Dionisio Moreno, el letrado del caso Aziz

La Abogacía debe mucho a Dionisio Moreno, el letrado del caso Aziz
Dionisio Moreno, el abogado de Aziz.
19/3/2018 06:10
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Actualizado: 24/6/2020 17:32
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Esta semana se han cumplido cinco años de la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de La Unión Europea (TJUE) de 14 de marzo de 2013, asunto C-415/11, caso Aziz.

Hay que hacer un «flash back», para recordar el momento histórico que se vivía en ese instante, cientos de miles de procedimientos ejecutivos en marcha en los que era nulo el derecho de defensa, apenas se podía discutir un error de cálculo de la reclamación, familias lanzadas sin alternativa habitacional, presión popular de los movimientos sociales y la Iniciativa Legislativa Popular por la dación en pago retroactiva, alquiler social, la moratoria de desahucios promovida por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) y por otros colectivos sociales que recogió 1.402.854 firmas secundando la misma.

En silencio, sin hacer ruido, de forma ermitaña, analizando todo lo que iba aconteciendo, estaba el abogado Dionisio Moreno, que en un momento de estrés emocional, tras su divorcio y fallecimiento de su padre, quién en su lecho de muerte le solicitó que ayudara a su amigo Mohammed Aziz, Dionisio cumpliendo las últimas voluntades de su padre, de manera hasta terapéutica se zambulló de lleno en ayudar a la familia del Sr. Aziz para que no la lanzaran de su vivienda gracias al procedimiento de ejecución hipotecaria que se turnaba en un juzgado de Martorell instado por la entidad Caixa Catalunya.

Y así interpuso la demanda de procedimiento ordinario con medidas cautelares solicitando la paralización del desalojo en los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, repartiéndose en el número 3, pero el magistrado José María Fernández Seijo no pudo suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria de Martorell, la ley no se lo permitía. Ante esta injusticia, decidió cuestionar el procedimiento de ejecución hipotecaria con el planteamiento de Cuestión Prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo tras algunas pautas marcadas por Dionisio Moreno.

Mientras se iba desarrollando el procedimiento de demanda ordinario, ya lanzado el señor Aziz, su familia y habiendo perdido su hogar, miles de protestas en la calle por el reclamo al derecho de una vivienda digna, personas afectadas por el procedimiento de ejecución hipotecaria poniendo su cuerpo para paralizar los desalojos forzosos-

El 08 de noviembre de 2012 se notificaban las conclusiones de la abogada general de la Unión Europea Juliane Kokkot, en las que concluía que era incompatible con la Directiva  93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores un procedimiento ejecutivo en el que un consumidor no pudiese obtener la tutela conferida en esa Directiva Comunitaria por haber instado un procedimiento ordinario y en el que éste no pudiera suspender dicha ejecución.

Al día siguiente, el 9 de noviembre de aquél año, se suicidaba una exconcejala socialista de Barakaldo cuando iban a practicar el desalojo forzoso de su vivienda.

La Comisión Jurídica de la PAH, tenía programada su reunión anual, y se decidió preparar un modelo de paralización de los procedimientos ejecutivos hasta el dictado de la Sentencia del TJUE.

Y así fue, hasta el Consejo General de la Abogacía Española avaló el escrito que habíamos realizado y los Colegios de Abogados lo secundaron también. De manera directa o indirecta se silenciaron los procedimientos de ejecución hipotecaria en todo el Estado español.

Y ahí seguía Dionisio Moreno, nervioso, expectante, preocupado por el ruido que se había levantado con el Informe de la Abogada General de la UE, el escrito de paralización de desahucios y por la decisión que pudiera tomar el Tribunal.

Fue en ese momento que comenzó nuestra relación de amistad.

Y llegó el gran día, la fecha en la que se notificaba la Sentencia del TJUE del caso Aziz. Dionisio me había invitado a su casa para que le acompañase, y estuviese a su lado compartiendo ese momento, recuerdo que la primera foto que hice fue, a su rincón, a su mesa con su silla reciclada.

También estaba Mohammed Aziz y el periodista jurídico Jesús García Bueno.

Y allí delante de los ordenadores, mirando el reloj a las 09.00 am, diciéndonos que debían estar leyendo el fallo en la Curia, llegaba al poco rato la ansiada notificación, nos fuimos rápidamente al final de la sentencia para leerlo, efectivamente el Tribunal de Luxemburgo confirmaba el Informe de la abogada general de la Unión Europea, y en el que declaraba que los procedimientos ejecutivos en el Reino de España vulneraban la Directiva 1993/13.

La emoción floreció, y el abrazo en el que se fundieron Dionisio y Aziz hacía que las lágrimas nos brotaran de nuestros ojos sin poderlas controlar.

En ese instante, cuando me abrazó Dionisio miles de imágenes pasaban por mi mente, mis compañeros/as de lucha desde el año 2009 en la PAH, las personas afectadas, y como podrían beneficiarse con esa sentencia en defensa de un procedimiento sin garantías y en la protección de su vivienda.

De repente un sinfín de medios de comunicación empezaron a asomarse en la casa de Dionisio, del todo inesperado, se plantaron todas las cadenas televisivas, entrevistas por la radio, telefónicas, no había dado tiempo a leer la sentencia para ir digiriéndola y ya estaban preguntando qué decía la sentencia. R

ecuerdo ir leyéndola y rápidamente ir apuntando a Dionisio para que pudiese hacer declaraciones con propiedad.

Acabamos agotados de la emoción y de recibir a los medios hasta las 19 horas de la tarde.

Pero esa ilusión duró poco, el legislador con su mayoría absoluta destrozó la sentencia de Luxemburgo, pasando de puntillas con la transposición en la famosa Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, y en el que en vez de modificar los artículos de la Ley procesal introdujo en los procedimientos de ejecución una comparecencia, que ni siquiera vistilla en el que se podía mencionar algunas cláusulas abusivas de los préstamos hipotecarios pero que apenas se puede practicar medios de prueba suficientes.

En vez de blindar la vivienda de las personas consumidoras decidió seguir protegiendo los intereses del poder financiero.

Y en cuanto a la moratoria de lanzamiento recogida en esa ley, la misma ha tenido que ser modificada en varias ocasiones porque entre otros motivos de acogimiento, el legislador discriminaba a los menores de edad para soportar el desalojo en función de si eran menores o mayores de 3 años.

Y ahora está en tramitación la futura Ley de Contratación de Crédito Inmobiliario, y vemos como el legislador no está resolviendo el problema de fondo, sigue empantanando la situación, sigue sin blindar la vivienda que el Tribunal de Luxemburgo ya la catalogó hace años como derecho fundamental.

Esta semana también ha sido el Día Mundial de Consumidor, diferentes encuentros de juristas en todo el Estado Español se han celebrado y en varios de ellos se sigue recordando el caso Aziz, pero aunque Dionisio Moreno físicamente esté ausente, por más que pese, siempre estará presente, porque fue el abogado valiente que sin un duro en su bolsillo y con graves problemas económicos se fue a Luxemburgo a pleitear para sorpresa de muchos.

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